Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812
A modo de introducción, en el contexto de la Guerra de la Independencia (1808-1814), las Cortes de Cádiz protagonizaron un significativo intento de transformación socioeconómica y política en España, culminando en la redacción de la Constitución de 1812, conocida popularmente como «La Pepa».
Contexto Histórico y Formación de las Cortes
Centrándonos en el desarrollo del tema, las abdicaciones de Bayona y la invasión napoleónica provocaron la transición de la soberanía desde el poder absoluto del monarca hacia los ayuntamientos y, posteriormente, a las juntas provinciales, conduciendo a la formación de la Junta Suprema Central en Cádiz.
Las diferentes corrientes de pensamiento entre los patriotas reflejaron las tendencias divididas entre:
- Reformistas ilustrados (jovellanistas): Partidarios de reformas moderadas.
- Liberales: Partidarios de las ideas de la Revolución Francesa.
- Absolutistas: Representantes de los principios del Antiguo Régimen y pertenecientes a los estamentos privilegiados.
Los representantes abarcaban desde la baja nobleza y el clero hasta la emergente burguesía. Las Cortes Generales, convocadas en 1810, reunieron representantes de todos los españoles mediante un complicado sistema electivo.
La Constitución de 1812 y sus Reformas
El 19 de marzo de 1812 se aprobó la Constitución, que proclamaba la soberanía nacional, reconociendo a los españoles como ciudadanos con derechos y deberes comunes e iguales. El sistema social estamental fue reemplazado por uno de clase, basado en la capacidad individual y el poder adquisitivo.
El régimen político se definió como una monarquía constitucional hereditaria, con cierta potestad legislativa para el monarca, pero ejercida principalmente por un parlamento unicameral elegido por sufragio universal masculino. España se definió como un Estado unitario y centralizado, desestimando las pretensiones americanas de un modelo federal, y declarando la oficialidad de la religión católica.
Se intentó establecer un modelo fiscal común y un Ejército formado por la Milicia Nacional. Se promulgaron decretos para destruir los fundamentos del Antiguo Régimen, tales como:
- Abolición de los señoríos jurisdiccionales.
- Garantía de la libertad de imprenta.
- Eliminación de los gremios y establecimiento de la libertad económica.
- Saneamiento de la Hacienda mediante la desamortización de tierras comunales.
- Derogación de los privilegios de la Mesta.
Conclusión del Periodo Gaditano
En conclusión, a pesar de su impacto teórico, las Cortes de Cádiz enfrentaron dificultades prácticas debido a la guerra, la autonomía de las juntas americanas y el retorno al absolutismo con Fernando VII en 1814. La Constitución gaditana estuvo vigente durante el Trienio Liberal (1820-1823) y mientras se preparaba la Constitución de 1837. Considerada una de las constituciones más liberales de su tiempo, influyó notablemente en otras europeas y en las proclamadas en la América independiente.
El Reinado de Isabel II (1833-1868)
A modo de introducción, el reinado de Isabel II se enfocó en la modernización económica y la consolidación del modelo liberal en España, a pesar de las luchas internas y los enfrentamientos políticos. Este periodo se dividió en dos fases principales:
- Las Regencias (1833-1843): María Cristina y Espartero.
- El Reinado Efectivo: Subdividido en la Década Moderada (1844-1854), el Bienio Progresista (1854-1856) y el retorno del moderantismo (1856-1868).
Las Regencias y la Guerra Carlista
Centrados en el desarrollo del tema, durante la Regencia de María Cristina (1833-1840), la Guerra Carlista marcó este periodo, siendo una lucha entre carlistas (absolutistas) y liberales (isabelinos). La Expedición Real y la figura de Zumalacárregui destacaron, culminando en el Convenio de Vergara (1839), que puso fin a la contienda. A pesar de ello, las tensiones carlistas persistieron durante el siglo XIX con la Segunda y Tercera Guerra Carlista.
La obra política de la primera regencia se caracterizó por:
- La organización estatal en 49 provincias.
- La desamortización de Mendizábal (1836).
- El Estatuto Real (1834).
Aunque surgieron conflictos como el «Motín de la Granja» y la Constitución de 1837, la Ley de Ayuntamientos (1840) provocó la renuncia de María Cristina y la asunción de la Regencia por el general Espartero.
La Década Moderada y el Bienio Progresista
La Década Moderada (1844-1854) se fundamentó en la Constitución de 1845, que incrementaba el poder de la Corona y del Gobierno. Se impuso el bipartidismo entre progresistas y moderados, liderados por Espartero y Narváez respectivamente. Se llevaron a cabo reformas significativas como:
- La Ley Fiscal de Mon-Santillán.
- La redacción del Código Civil y Penal.
- La creación de la Guardia Civil (1844).
- El Concordato con el Vaticano (1851).
El Bienio Progresista (1854-1856), dirigido nuevamente por Espartero, implementó reformas como la desamortización de Madoz (1855) y la Ley Bancaria (1856). Sin embargo, la reacción del moderantismo, liderada por O’Donnell, llevó al fin del autoritarismo progresista.
El Ocaso del Reinado y la Crisis Final
El retorno del moderantismo (1856-1868) trajo de nuevo a Narváez y restableció la Constitución de 1845. Se reorganizó el sistema educativo con la Ley de Educación o Ley Moyano (1857). Destacó el «gobierno largo» de O’Donnell (1858-1863) y la creciente intervención de España en asuntos exteriores, como la Guerra de Crimea y diversas aventuras coloniales.
La crisis económica, la oposición obrera, los partidos marginados y republicanos, así como los intentos de pronunciamientos, culminaron en el Pacto de Ostende (1866) y el inicio del Sexenio Revolucionario.
Conclusión del Reinado de Isabel II
En conclusión, marcando el fin del reinado de Isabel II tras la revolución de 1868, se puede afirmar que, a pesar de las constantes disputas, su reinado consolidó el modelo liberal en España y dejó una impronta política que perduró durante el resto del siglo XIX y el primer tercio del XX.