Organización Política E INSTITUCIONES EN EL REINO DE Castilla y en la corona de Aragón

TEMA-3 LA APARICIÓN DEL ESTADO MODERNO
ORÍGENES DEL ESTADO MODERNO
Nos basaremos en dos autores: Joseph Strayer Sobre los orígenes medievales del estado moderno y Naef La idea de
estado en la Edad Moderna
.
Strayer establece unos orígenes muy remotos de algunos rasgos del estado moderno basándose en las experiencias
británica y francesa:
En Inglaterra concreta el 1066, año en que desembarca en Inglaterra (donde los antiguos reinos ingleses se habían
erosionado por las invasiones vikingas) Gillermo de Normandía y la incorpora a su reino estableciendo un peculiar
sistema señorial (régimen manorial) que favorecía al poder real, ya que concedíó a los nobles tierras y derechos
dispersos, y el rey también tenía derechos y tierras dispersos (por lo que había un delegado del rey en cada regíón
inglesa conocido como Sheriff encargado de cobrar las rentas del rey y de participar en la administración de la
justicia1), además de que la mayor parte de la soberanía política pertenecía a la Corona. La Carta Magna establecía
unas bases que ratifican este sistema. Este embrionario estado entró en una profunda crisis tanto con el fin de la
guerra de los 100 años como con la guerra de las dos rosas, cuyo matrimonio que solventó la situación y creó la
dinastía Tudor profundizó en estos rasgos heredados. Enrique VII creó dos instituciones que ampliaban las
anteriores: un consejo real como órgano de gobierno y un tribunal supremo que exclusivamente dependía de la
corona, la Cámara Estrellada, que tenía potestad para entender de aquellos pleitos de mayor importancia o evocarse
cualquier pleito que estuviese en un tribunal.
El caso francés es más lento, ya que hacia principios del siglo XII no hay nada parecido a una embrionaria
Los reyes de Francia sólo gobiernan aquellos territorios que
controlan completamente sin intermediarios (ille-de-France), mientras que el resto de territorios está en manos de
una casta feudal cuyas obligaciones de auxilium y consilium eran más teóricas que prácticas. A medida que avanza el
Siglo XII en el reinado de Felipe Augusto y sus sucesores, al amparo de la bonanza económica, se inicia una lenta
política de incorporación de feudos (acabará en el Siglo XVI) al patrimonio real por diversas vías: matrimonio entre
miembros de la realeza y de la nobleza, por compra, por aplicación del derecho feudal (si un señor cae en felónía).
Las tierras patrimoniales de la monarquía, por tanto, se irán incrementando paulatinamente, esto, no obstante,
provocó que, en las zonas con un importante peso urbano, donde existían instituciones regionales (estados
provinciales o asambleas estamentales y el parlamento, que detentaba funciones de gobierno regional y actuaba
como tribunal de justicia), los monarcas implantaran unas instituciones reales encargadas de gobierno y milicia, y del
cobro de impuestos, creando una serie de dificultades derivadas de este doble nivel de administración. La monarquía
francesa se fortalece básicamente gracias al final de la guerra de los 100 años que demostró la necesidad de un
ejército profesional y centralizado (compañías blancas) y unos impuestos más o menos generalizados en todo el
territorio (Talla).
Por su parte el profesor Naef define el estado de los siglos XVI y XVII como un estado estamental definido también
Estado estamental porque los estamentos participan de la soberanía con el rey: la soberanía era compartida entre el
rey y los estamentos en las Cortes, donde el rey preside y se manifiesta esta soberanía como capacidad política
Esta manifestación de poder compartido entre rey y estamentos se dio por primera vez en León en el 1088
con las Cortes de León, que evolucionaron a las de Castilla, también en Inglaterra (Carta Magna de 1215), Corona de
Aragón (Cortes de Aragón, de Cataluña, de Valencia, y de Cerdeña), Francia (Estados Generales2), o el Sacro Imperio
Romano (donde el emperador compartía la soberanía con los nobles mediante las dietas), pero esta soberanía
compartida no lo era al 50 % ni estaba claramente regulada, generando conflictos. En general, los estamentos se
1 Así se conseguía la presencia del rey tanto en cuestiones económicas como en cuestiones jurídicas, transmitiendo la adhesión de la población a la monarquía.
Más tarde se transformará esta administración periférica en central y se crearán dos instituciones: el Exchequer, que controla las rentas que en nombre del rey
recaudan los sheriffs y sus gastos, y la Cancillería, oficina en la que un ministro del rey manténía la correspondencia del rey con sus delegados en los distintos
territorios para cuestiones judiciales.
2 Los últimos fueron convocados en 1789, en vísperas de la Revolución Francesa, y llevaban sin convocarse desde 1614 por el período de Monarquía Absoluta.
caracterizaban por refugiarse en criterios jurídicos y tradicionales, su razón de ser eran privilegios antiguos y, por
tanto, su visión de la cosa pública era antigua y hasta cierto punto arcaizante, y con dos carácterísticas: sus
dificultades, precisamente porque su legitimidad era antigua, a la hora de modernizar las leyes que le daban
participación en la soberanía; estas asambleas estamentales, centradas esencialmente en lo legislativo y en la
tradición, dejaban de lado materias crecientemente importantes en un continente más integrado económicamente y
en una administración que cada vez tenía más ámbitos de competencia, básicamente estos ámbitos eran la
planificación económica (cuyo obstáculo primordial era la política económica de la competencia con otros estados) y
el estado nacional, que generó una multitud de funcionarios y militares que dieron fuerza a la Corona que se apropió
de estas competencias. Al apropiarse la Corona de estos elementos vanguardistas, quedaron los estamentos
Una tercera carácterística que hace que la relación entre estamentos y monarquía en la
soberanía compartida no sea entre iguales son los conflictos entre interestamentales, que caían en una pugna
interna al partir de situaciones jurídicas distintas (como ocurríó en los Estados Generales de Francia de 1789),
aprovechados por la Corona para hacerse con el control del poder. No obstante, en esta disputa por la soberanía
encontramos distintas experiencias: en algunas la porción de soberanía que se apropia la asamblea representativa al
final del proceso es mayor, y en otras será la Corona quien se apropie de esta mayor porción de soberanía.
Encontramos tres casos claramente diferenciados:
-Las asambleas se apropian de la mayor parte de la soberanía como ocurríó en Inglaterra: En 1215 la Carta
Magna establecía un pacto entre Corona y estamentos que duraría hasta la instauración de la dinastía Tudor
tras la Guerra de las Dos Rosas, cuando la Corona se apropió del Consejo y la Cámara Estrellada. Enrique VII
fortalece su estado proclamándose soberano de la iglesia de Inglaterra, así consigue que ningún pleito
pudiera ser apelado a la Santa Sede, convirtiéndose el rey en la última fuente de justicia, no obstante, no
establece impuestos ni quita poder al parlamento. Pese a esto, el verdadero conflicto vendrá cuando el hijo
de Jacobo I de Inglaterra y VI de Escocia (Jacobo era sobrino y heredero de Enrique VII, y era un convencido
absolutista) intenta imponer impuestos sin contar con el Parlamento y llegará a cerrarlo, llegando a cambiar
los jueces del tribunal superior a su favor, entonces se producirá un levantamiento encabezado por
Cromwell que desencadenará en una Guerra Civil que se debatirá entre una monarquía absoluta con el poder
del rey y una monarquía parlamentaria con el poder de los estamentos. Cromwell ganará la guerra y se
proclamará Lord Protector, cerrando el parlamento nuevamente, no obstante, su experiencia a la larga
será beneficiosa para los estamentos, sobre todo después de una nueva revolución conocida como La
Otro lugar en el que triunfan las asambleas sobre la Corona son los Países Bajos: En Flandes, un conjunto de
ciudades cada una de ellas con una normativa propia, sus propios estados provinciales y con una gran
vitalidad municipal, a finales del Siglo XV, la frontera indefinida nacida del Tratado de Verdún del 843 hace
que Francia se proponga ser soberana de los Países Bajos tras la Guerra de los 100 años. Así es que María
(señora de Borgoña y de Flandes) se casará con Maximiliano de Austria, provocando que esta zona que iba a
ser para la monarquía francesa pase a estar bajo el dominio y protección de la Casa de Austria. Los monarcas
de la Casa de Austria serán respetuosos con las peculiaridades de la zona hasta que, en 1556, con Carlos V, la
situación cambiará: En los Países Bajos se había infiltrado el calvinismo3, por lo que Carlos V envió una
guarnición al lugar y, para hacer frente a la bancarrota, precisará de las riquezas generadas por la actividad
El absolutismo imperial de Carlos V
chocaba con la perspectiva calvinista de que debían gobernar aquellos que estaban predestinados a la
salvación, es decir, los ricos. Estas condiciones unidas a la influencia inglesa y a las torpezas de Felipe II
generarán un caldo de cultivo para la revuelta. Ante las distitntas oposiciones, Felipe II optará por crear 17
obispados más en Países Bajos para poder controlar la asamblea. Todas estas imposiciones, unidas a los
En los años 80 del Siglo XVI la zona se dividirá en dos: el norte calvinista enfrentado a Felipe II en la Uníón de
Es en Holanda donde se
3 Si bien la reforma luterana era beneficiosa para la nobleza, ya que era Dios quien colocaba a los príncipes gobernantes como jefes del estado y de la iglesia,
Calvino, al admitir que, puesto que Dios es omnipotente y omnisciente estamos predestinados o no a la salvación, aquellos que se han de salvar reciben
protección de Dios visible gracias a la benevolencia económica, está fomentando la inversión y el capitalismo encontrando en Flandes un terreno ideal para su
reactualiza un pensamiento republicano en donde triunfarán las asambleas representativas de los
-Zonas en las que se impondrá la monarquía en su intento de apropiarse de la mayor parte de la soberanía
como Castilla: En Castilla siempre los reyes habían participado en mayor grado de la soberanía que los
estamentos, incluso podían legislar tal y como si las leyes hubiesen sido aprobadas en Cortes (cosa
impensable, por otra parte, en la Corona de Aragón), esto se daba por que a lo largo de la época medieval
Castilla ha liderado la Reconquista, es decir, una actuación militar, que se caracterizaba por la unidad de
bando, pero además, en la historia castellana muy pronto se asumieron como propios principios políticos del
derecho romano. Ya en el Siglo XII, en las siete partidas de Alfonso X el Sabio se establecía claramente lo que
era potestad de la Corona, asumiendo implícitamente regalías, es decir, competencias que sólo el rey puede
ejercer, impregnando el principio llegado a Occidente de las transcripciones del Corpus Iuris Civilis: el rey en
su reino es llamado emperador. El rey en Castilla tiene, por tanto, un margen de maniobra superior al resto
En el Siglo XIV Alfonso XI el Justiciero (1300-1325) profundiza esta senda consiguiendo que las
Con la
crisis bajomedieval la nobleza querrá ganar protagonismo con el establecimiento de mayorazgos y la
apropiación de tierras y potestades de la Corona, teniendo como consecuencia el derrocamiento de Pedro I
el Cruel y el superior poder de la nobleza durante el Siglo XV. A finales del Siglo XV la guerra entre Juana la
Beltraneja (supuesta hija de Enrique IV) e Isabel la Católica, se trata de un conflicto político ya que Isabel
representaba una monarquía más débil y fácil de controlar por la nobleza, mientras que Juana como esposa
La victoria de Isabel, quien pretendía hacer de
las Cortes la piedra angular de la soberanía, genera una monarquía que, junto con Fernando, contaba con las
ciudades, aunque esto será temporal, ya que progresivamente la monarquía irá adquiriendo más y más
A la llegada de Carlos I se convocarán Cortes para
pedir un servicio a condición de que no se volviera a pedir durante tres años, a la muerte de Maximiliano
Carlos pretende presentarse a Emperador, lo que precisaba de un gasto monetario para ganar la elección,
con lo que convoca nuevamente Cortes para pedir un servicio aún haberse comprometido a no hacerlo. Los
ayuntamientos pretendían dar a sus procuradores poderes cerrados para evitar que diesen dinero al
monarca, mientras que el rey prefería que tuviesen poderes abiertos. Las Cortes, celebradas en la Coruña,
aprueban el servicio, un servicio que nunca se pagará ya que en 1520 comienza la revuelta comunera en la
Corona de Castilla, en la que las ciudades demandaban mayor soberanía. No obstante, cuando el
movimiento comunero comienza a ser un movimiento no contra la autoridad real, sino contra toda
autoridad, los nobles organizarán un ejército para enfrentarse a los comuneros en la batalla de Villalar de los
A partir de entonces las ciudades han sido derrotadas militarmente y su poder será muy
reducido, y, sobre todo, tras la reforma de Cortes de 1538 éstas perderán aún más dinamismo y se reducirán
a una asamblea cuya casi única finalidad es aprobar los servicios pedidos por el rey, sólo pueden emitir tras
A los procuradores se les
Esta situación era
imposible en la Corona de Aragón donde existían unos fueron antiguos de gran autoridad. Entre los fueros y
el rey, tras los episodios de crisis, la victoria del elemento real sobre los estamentos no se dará hasta el final
de la Guerra de Sucesión, cuando Felipe V suprime los fueros argumentando la caída de sus súbditos
En el caso de Francia existía la soberanía compartida entre el rey y los estamentos, representados en los
Estados Generales (Cortes) y en el Parlamento de París (cámara gubernativa y tribunal de justicia). En el siglo
XV con Luís XII la Corona se había arrogado la facultad de la justicia suprema, pero quien inicia el período de
fortalecimiento de la Corona frente a los estamentos será Francisco I por medio de una serie de estrategias:
Existía desde tiempo atrás un Consejo real que actuaba como gobierno y tribunal supremo, Francisco I
fortalece y amplía la plantilla de este consejo, pero estaba además la posibilidad del uso de las asambleas de
notables como estados generales. La asamblea de notables (más reducida y en la cual era el rey quien elegía
a los representantes de los estamentos) también se consideraba representante de los estamentos, y gracias
a ella podía controlar los estados generales. También creará otra institución a su favor, la Lit de Justice, si el
rey daba una orden el parlamento de París había de registrarla, pero si el aprlamento consideraba que una
normativa iba en contra de otra, podía negarse a registrarla, así la Lit de Justice servía para dirimir estos
casos, decisión en la que el rey escuchaba al parlamento argumentar el motivo del no archivamiento y
En las ciudades se crea la figura del comisario, enviado del rey para solucionar problemas
en las ciudades o regiones u que vuelve a París para responder ante el rey, en el Siglo XVII los intendentes
serán el producto de la estabilización de la figura del comisario, un representante del rey permanente e
Finalmente, en el Siglo XVII, Luís XIV establecerá que la
función del Parlamento es la justicia y la baja justicia, apropiándose de cualquier competencia política del
Parlamento de París reducíéndolo a un mero tribunal de justicia, es la completa identificación entre Corona y
soberanía (lEtat cest moi).
-El caso alemán y el polaco:
El caso alemán e caracteriza no porque haya una dialéctica entre el emperador y unas asambleas generales
del Imperio, sino que la dialéctica se da más bien entre el emperador y la nobleza. La nobleza tenía
instrumentos jurídicos más o menos asamblearios, por lo que encontramos una doble dialéctica entre el
káiser y la nobleza alemana, y los príncipes con los estados de cada principado alemán, debido a esta
estructura federal del Imperio y al carácter electivo de la dignidad imperial, aunque tradicionalmente desde
Esto hacía que el poder del emperador fuera más
nominal que práctico, y se derivaba más bien de la fuerza de aquellas tierras patrimoniales suyas que no
A finales del Siglo XV ya es muy claro como la mayor parte de
monarquías evolucionan hacia una ampliación del poder de la corona en los campos judicial y económico
como el caso francés, por tanto, esta tendencia tratará de seguirla Maximiliano como emperador del Sacro
Imperio Romano. No obstante, este intento de leve centralización encontrará la oposición de los nobles que
tratan de profundizar su poder en su propio estado, aun así, Maximiliano consiguió algunos pequeños
avances como un impuesto imperial o un tribunal imperial (de vida muy efímera). El resquemor generado
por estas medidas se une a una tendencia de creciente peso del derecho romano sobre el derecho
tradicional germano, que también encontraba diversas oposiciones entre los príncipes. Al morir Maximiliano,
una parte de la nobleza germana ya se postula frente a cualquier intento de centralización alemán por tímida
que fuese, por esto las elecciones a emperador fueron de las más reñidas en años a las que se presentaron
los siguientes candidatos: Carlos V, Francisco I de Francia, y Federico Duque de Sajonia, personalizando este
Lo importante de estas elecciones será la
Carlos V a partir de
su elección es consciente de que cualquier intento renovador conllevaría un conflicto, pero esto no hará que,
con el luteranismo, que favorecía la soberanía de cada príncipe en su estado, se inicie este conflicto. Lo que
se debatía era la federalización o centralización del Imperio, pero no será hasta el 1530 cuando se
La idea de Carlos
V de Universitas Christiana o universalidad de los cristianos, como unidad frente al peligro turco, reactualiza
la vieja teoría de la existencia de dos poderes universales, Papa y Emperador. Pero no podía pretender
ejercer su soberanía como emperador sobre Francia o Gran Bretaña si no podía ejercerla en Alemania, ante
el fracaso de las dietas se produce el enfrentamiento militar, que se inicia con la gran victoria imperial en
1547 en la batalla de Mühlberg que, no obstante, no logrará acabar con el conflicto político, ya que Carlos V
no estaba en condiciones de imponer una centralización en el Imperio y tampoco pretendía la creación de un
estado unitario homogéneo. Esta victoria, por tanto, no tendrá un gran efecto político, y las fuerzas federales
se reorganizarán con el apoyo francés alargando el conflicto, cuyo coste para la parte imperial recaía en los
impuestos castellanos generando la necesidad económica de paz, además estaban los problemas familiares
A la muerte de Carlos V le sucederá su
hermano Fernando I, entrando en conflicto con Felipe II y generando disensiones familiares ya que un sector
Estas dificultades llevarán a la firma de la paz de
Augsburgo en 1555 cuyo lema fue: Cuius regio, eius religio, es decir, de tal rey, su religión. Por esta paz,
en cada estado se adoptaría la religión de su gobernante, y bajo una apariencia religiosa se escondía un
Cuando comienza la guerra de los treinta Años se
reanuda esta tensión: un emperador, Fernando II, que pretende una cierta centralización, frente a los nobles
partidarios del federalismo, y acabará con la paz de Westfalia, con un carácter más jurídico que establece a
nivel europeo la soberanía de los estados, es decir, que cada estado alemán es soberano y que el emperador
El caso de Polonia es una exageración del caso alemán. En Polonia se desarrolló lo que se puede llamar una
república nobiliaria, donde los nobles tenían más poder que en ningún otro lugar. El concepto de Polonia era
un concepto muy distinto del de hoy en día, era un estado mucho más grande (desde el Báltico al Mar
Durante la Historia polaca hasta el Siglo XVIII la monarquía polaca era electiva y, además, los nobles
Si bien en Occidente la ciudad sale
reforzada de la crisis bajomedieval con la creación de una clase media de comerciantes y artesanos que
entró al servicio del estado asumiendo las funciones de la administración pública llegando a ennoblecerse
argumentando sus servicios al estado desde la administración (en la terminología francesa se conoce como
la nobleza de toga) frente a la nobleza tradicional o de espada, en la Europa oriental esto era imposible ya
En Rusia y Polonia se
optó por adjudicar estas funciones administrativas a la nobleza tradicional, asumiendo éstas poderes
En Polonia las estructuras provinciales estaban controladas por los nobles locales,
que controlaban las dietinas o asambleas regionales de nobles. Más allá de la estructura regional, el poder
central estaba controlado por dos instituciones: las dietas de nobles y el Sej o Senado al que acudía la alta
nobleza, por tanto, todo el aparato administrativo estaba controlado por la nobleza que además controlaba
el poder económico y judicial en sus feudos. Esto se compaginaba con una monarquía electiva donde el
Este poder de la
nobleza se profundizó fundamentalmente mediante dos medidas: El privilegio de Mielnik de 1501, que
ampliaba aún más los derechos de la Dieta y, a partir de este privilegio, se instauró la Liverum Vetum o libre
veto que significaba que cualquier medida innovadora que quisiera imponer el rey necesitaba la aprobación
Todas estas circunstancias impedían la evolución a una monarquía
En 1573, ante la muerte del monarca polaco, se elige como rey a Enrique de Valois (miembro de
la dinastía reinante en Francia) que acepta por ver imposible su ascenso al trono francés, al aceptar la corona
polaca se le impone una nueva institución conocida como los pacta convecta que establecían que en el
momento en que es elegido un rey la Dieta de nobles le impone una serie de condiciones a las cuales él debe
Ante estas medidas y la muerte de sus hermanos mayores Enrique abandonó Polonia para ser coronado
como Enrique III de Valois. Todo este sistema tiene una serie de consecuencias económicas y sociales que
son la prolongación de la segunda servidumbre y la imposibilidad de realizar reformas en el modelo
económico que no beneficiasen a la nobleza, que tenía como principales ingresos la producción de cereales y
la compra de productos de lujo de Occidente sin aranceles, provocando así la consolidación de una sociedad
Se desarrolló una economía librecambista que, al no poder poner
aranceles, impedía que el estado pudiera conseguir ingresos para su desarrollo. El resultado será el
repartimiento del país entre sus vecinos: los puertos del Báltico fueron incorporados por Suecia, Ucrania y
Bielorrusia fueron desgajadas de Polonia y se convirtieron en territorios rusos. No obstante, el momento del
fin de Polonia fue, sin duda, en el Siglo XVIII cuando se dieron tres repartos de Polonia entre Rusia, Austria y
Prusia hasta que Polonia desaparecíó del mapa. Después de las guerras napoleónicas, en el Congreso de
VOCABULARIO: MONARQUÍA FEUDAL, MONARQUÍA AUTORITARIA, MONARQUÍA ABSOLUTA.
Monarquía feudal: Es aquella que consigue someter o pactar con la nobleza para que ésta contribuya a los planes
Un ejemplo claro lo encontramos en Jaime I, que consigue que los nobles, que son dueños
La Corona aprovecha los recursos militares en
manos de la nobleza para una empresa liderada por la Corona.
Monarquía autoritaria: Supone un salto cualitativo respecto de la monarquía feudal. Aquí destaca la relación entre
Una monarquía autoritaria es aquella en la que de facto la monarquía se impone a las asambleas
representativas, a los estamentos, a los fueros regionales… Jurídicamente el rey no rompe la soberanía la compartida
ni los privilegios de los territorios, estamentos, gremios ayuntamientos, etc. Pero se impone de hecho. Un ejemplo
Un ejemplo es Felipe V o
Luis XIV. Las asambleas y fueros han sido modificados o eliminados, no obstante, el rey necesita el apoyo de algunos
grupos sociales llegando a pactos que, aunque no se representen de forma tradicional en las asambleas, se siguen
El estado moderno ha sido evaluado de diferentes formas, a partir de aquí se distinguen dos tipos de
interpretaciones:
-La interpretación tradicional: Que fue posteriormente reinterpretada por la historiografía liberal, que surge
como reacción a la historiografía marxista. Esta interpretación defiende que la monarquía autoritaria es fruto
de un pacto entre la monarquía y el tercer estado, ya que el enemigo principal de este último es la nobleza
La Corona favorecerá en un principio una
normativa a favor del tercer estado, de las ciudades, a cambio de un apoyo del éstos en las Cortes, ésta es
una constante del bando de Isabel la Católica en la Guerra Civil castellana del Siglo XV. Todo este sistema está
apoyado por un amplio aparato propagandístico del Estado que crea una ideología que señala a la
monarquía como garantía de justicia frente a los posibles despropósitos del estamento nobiliario.
Anderson en su Transiciones de la antigüedad al feudalismo y
El estado absolutista, propone que el estado moderno se crea por un pacto entre rey y nobleza ante la
Este pacto se basa en que el rey asegure la
hegemonía socioeconómica de la nobleza a cambio de que los nobles proporcionen apoyo político a la
De nuevo los Reyes Católicos son un claro ejemplo: quitan algo de poder político a la nobleza con,
por ejemplo, la reforma del consejo de Castilla del 1480, pero garantizan también la hegemonía económica
de los nobles mediante el mayorazgo.
Así en el Siglo XVII encontramos paralelamente revueltas
populares como las comunidades o el levantamiento de Cromwell, así como revueltas nobiliarias. Por tanto,
podemos determinar que la monarquía juega con los distintos estamentos para conseguir un equilibrio de poderes
LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA MONARQUÍA AUTORITARIA Y SU EVOLUCIÓN
La organización administrativa se basaba en una serie de pilares: las Cortes como representación de los estamentos,
los consejos, los validos, y la administración local.
La relación entre rey y consejos: Desde finales del Siglo XV, a pesar de que formalmente el consejo de las monarquías
es una prolongación del de época medieval, este consejo es muy distinto, dándose paulatinamente una serie de
procesos:
-Reducción del número de miembros de los consejos y multiplicación de los consejos de cada monarquía y
una creciente jerarquización y profesionalización de los mismos: El consejo de época medieval era un
consejo único, el rey se reunía con sus nobles porque los éstos le debían por derecho feudal auxilium y
Sobre todo, en época bajomedieval se dio una tergiversación de ésta institución por la que la alta
nobleza empezó a considerar el consejo no como la institución donde a instancia del rey le aconsejaban, sino
como la institución desde la cual, como estamento y en defensa de los intereses estamentales, trataban de
imponer su política, de tal manera que algunos monarcas más que ser aconsejados parecían estar
secuestrados por su consejo, ya que se impuso la teoría de que el consejo era el lugar donde este primer
Un ejemplo
es Juan II de Castilla, cuyo valido Álvaro de Luna intenta ampliar el poder de la Corona frente a la imposición
de los nobles, que exigen al rey la ejecución de su valido y lo consiguen, para evitar esta situación los RRCC
llevarán a cabo una reforma del consejo real de Castilla en 1480. La reducción del consejo pretendía su
profesionalización y burocratización para ser un lugar en el cual el rey consultaba a una serie de notables que
debían su posición y su poder al rey. La reducción de los consejeros viene acompañada por la multiplicación
de consejos, teniendo cada uno de ellos una facultad particular (económica, policial, militar, comercial…).
Un ejemplo es el sistema polisinoidal español, establecido en época de los RRCC y se perfecciona en época
de Carlos I. Se intenta modernizar las instituciones medievales heredadas como el consejo de Castilla,
estableciendo una presencia mayoritaria de letrados frente a una minoría de nobles, marcando una
tendencia de creciente profesionalización de la burocracia y el mayor control de la Corona al igualar al rey
Sin embargo,
su actuación no se limitó a la modernización del consejo de Cartilla, en 1494 el rey Fernando procede a la
auténtica renovación y transformación del consejo real en Aragón, formado por un vicecanciller
(copresidente) y seis regentes, que en un principio fueron dos por cada uno de los territorios peninsulares de
la Corona de Aragón (Aragón, Valencia y Cataluña) más un secretario. Este consejo de Aragón, a su vez,
constaba de una serie de secretarías (de Cataluña, de Valencia, de Aragón y del Reino de Mallorca, que en el
Territorialmente el consejo de Aragón tenía en época de Fernando
competencias sobre todos los territorios de la Corona de Aragón, tanto peninsulares, como insulares e
En época de Felipe II se creó el consejo de Italia, desgajándose las competencias de los territorios
italianos de la Corona de Aragón excepto Cerdeña. Tanto el consejo de Aragón como el de Castilla no
dependían de los territorios sino del rey, eran instituciones reales.
Estos consejos son tribunales supremos de apelación, existían en Castilla dos grandes tribunales, a la
Chancillería de Valladolid iban aquellos pleitos originados en Castilla la Vieja, mientras que a la Chancillería
de Granada iban los de Castilla la Nueva, la sentencia de estos tribunales podía ser apelada al consejo real (a
modo de tribunal supremo), del mismo modo actuaba el consejo de Aragón (donde la justicia era
Se crearon en época de
Fernando el Católico las audiencias de Cataluña y Valencia y -posteriormente- Mallorca como entes jurídicos
por encima de esta justicia poco profesional de batles y veguers, cuyos magistrados, más preparados,
además eran nombrados por el rey. La formación de estas audiencias supuso un instrumento del
autoritarismo regio. A las sentencias que daban las audiencias, no obstante, cabía apelación ante el consejo
real de Aragón.
Los consejos de Castilla y Aragón, por tanto, tenían competencias judiciales, pero también gubernativas en
cuanto al asesoramiento del rey, así como competencias en cuanto al nombramiento de cargos civiles,
A parte de estos consejos, el sistema jurídico español era mucho más amplio dividíéndose los consejos en
dos grandes ámbitos: consejos territoriales, que tenían competencia respecto de un territorio determinado
(destacando el de Castilla y el de Aragón, también en 1512 se incorpora el de Navarra y en 1524 se creó el
consejo de Indias)4; y consejos temáticos, no ligados a un territorio -en principio- (el consejo de la
inquisición) y que trascendían los territorios de la monarquía y se encargaban de la regulación del tribunal
extraordinario como lo eran los de la inquisición (tribunales reales):
La inquisición es acusada de, bajo la apariencia de perseguir la herejía, perseguir a los adversarios
políticos (caso de Antonio Pérez5, Olivares, o la persecución de los elementos revolucionarios en
La inquisición es un tribunal real que será contestado en Aragón
por significar una mayor presencia real en los territorios de la Corona de Aragón que se encuentra
por encima de la autoridad de los fueros, asimismo el Papa se opuso a este tribunal por dejar las
4 Con una gran autonomía por su circunstancia, asumía las funciones judiciales, de defensa, delimitaba las obligaciones laborales de los indígenas etc. Éstos
últimos eran considerados súbditos de Castilla pero se les daba un tratamiento especial determinado por las leyes de Burgos de 1512 (los indígenas son libres
pero se da carta legal a la encomienda, es decir, un español quedaba al cargo de una serie de indígenas para su evangelización a cambio de una serie de
trabajos) y las leyes nuevas de 1520 (abolición de la encomienda un tanto peculiar ya que se mantuvieron las encomiendas ya existentes y se limitó la abolición a
5 Acusado de un asesinato y de traficar con secretos de estado, huye a Aragón donde defiende que los fueros le protegen de la autoridad real, es entonces
El segundo consejo temático era el de las órdenes militares: Las órdenes militares son instituciones
de origen medieval cuya función es la expansión del cristianismo en tierras de infieles (así como la
En la Península Ibérica se crean órdenes militares para incorporar
territorios a los reinos cristianos a costa de los musulmanes, éstas órdenes fueron básicamente la
Orden de Santiago, la Orden de Calatrava, la Orden de Alcántara (todas ellas en Castilla), y la Orden
Estas órdenes se encargaron de la conquista desde el sur del Tajo hasta Sierra
Morena6. Estas órdenes tenían poder militar (el maestre era jefe militar), poder económico (recibían
rentas de los territorios que controlaban), y poder político (gobernaban esas tierras). Para una
monarquía autoritaria esta situación supónía un peligro, por lo que Fernando el católico se
proclamará maestre de todas las órdenes militares para ejercer así un control directo sobre estas, así
la Corona crea un consejo para controlar las órdenes y gestionar el gobierno de sus territorios.
El Consejo de la Cruzada: Gestionaba los ingresos recaudados por la bula para la cruzada. Desde
época medieval este donativo fue transferido por el Papa a los reyes de los reinos hispánicos para la
lucha contra los musulmanes en la Península, una vez conquistada Granada se consiguió del papa el
El Consejo de Hacienda: Gestionaba los pagos y cobros de la Corona. Pero sólo tenía competencias
A este conglomerado de consejos de época de los RRCC se le uníó un organismo que llevaba la organización fiscofinanciera,
el Consejo de Hacienda (con Carlos I). No obstante, este sistema de consejos necesitaba una coordinación
conjunta, además de un control sobre la política exterior (Consejo de Estado con Carlos I), que pasará a controlar
todo este organigrama. Cada consejo siguió funcionando, a pesar de la existencia del Consejo de Estado, sobre todo
a partir del Siglo XVII por la falta de comunicación entre consejos, de una forma bastante autónoma, principalmente
por la especialización del Consejo de Estado en temas de política fuera de la Península como era la política
diplomática y militar a nivel europeo. Un tercer rasgo de este Consejo de Estado, singularmente en el Siglo XVI fue el
instrumento por el cual los grandes nobles participaban en el diseño de la política de la monarquía, ya que ninguna
monarquía del AR puede abstraerse a pedir la opinión de los nobles que suponen la representación natural del reino
a pesar de introducir funcionarios en los consejos en la medida de lo posible. Por suerte para el reino esta alta
nobleza del Siglo XVI era una nobleza preparada con una amplia experiencia jurídica, en el Siglo XVII esta preparación
es menor, de forma que se propone la creación de una escuela para la formación de la alta nobleza.
Este modelo de consejos fue modificado en época de Felipe II en una serie de aspectos: se desgaja del Consejo de
Estado la competencia de la guerra con la creación de un Consejo de Guerra, aunque seguía siendo el Consejo de
Estado el que llevaba la iniciativa encargándose el Consejo de Guerra de aspectos logísticos; a su vez, dentro del
Consejo de Castilla, se crea la Cámara de Castilla, con competencia sobre algunos pleitos pero que sobre todo incidía
en los nombramientos; se crean también el Consejo de Italia (excepto Cerdeña, que sigue en el Consejo de Aragón) y
el Consejo de Flandes.
Este sistema funcionaba por una selección del personal y por el llamado cursus honorum. El sistema aseguraba la
toma de decisiones más acertada pero con una gran lentitud (por ello los virreyes dispónían de amplios poderes para
poder operar sin consulta en algunos casos), y con una especialización en las tareas administrativas dejando de lado
las políticas (a excepción del Consejo de Estado) lo que generó que, al tener cada consejo su secretario y el rey sus
secretarios reales, los secretarios de los consejos se pusieran en contacto directamente con el secretario real para
acelerar el proceso, o la uníón del secretariado del consejo y del secretariado real en la figura del secretario de
estado, pero no dejaba de ser un engranaje administrativo. Los secretarios de estado no formaban parte como
jerarcas de los altos estamentos nobiliarios y tenían un componente administrativo, será a partir del Siglo XVII en
función de una corriente europea, se produce un intento por parte de la nobleza de retomar posiciones como clan
nobiliario que se materializará en la voluntad de que uno de estos miembros se haga con este aparato del estado en
lo que se conocerá como la figura del valido7. El valido encuentra su lugar por el vacío organizativo dejado por el
Consejo de Estado que se dedica a la política exterior y pasa a encargarse de la administración del reino como
6 Del Duero al Tajo la repoblación sigue un modelo concejil, que concedía ventajas a aquellos que las poblaran, mientras que, al sur del Tajo, el rey cederá a las
órdenes militares territorio y jurisdicción en grandes territorios.
intermediario entre la monarquía y el sistema de consejos. Así, en época de Felipe III se produce la pérdida de poder
y relevancia de los secretarios de estado en favor de los validos, igual que se produce en el resto de Europa (Francia,
Inglaterra…), por la necesidad de esta figura ante la gran complejidad que ha adquirido la administración de la
Será en el Siglo XVIII cuando se institucionalizará esta figura como secretarios de estado, pero que ahora
Finalmente, en la administración local de la Corona de Castilla a partir de los RRCC se establece un delegado del rey
en el municipio, conocido como Corregidor. Se trataba de una figura ya existente, era un delegado enviado por el rey
a aquellos municipios en donde se producía un conflicto, pero en época de los RRCC esta institución pasa a ser
permanente, instaurando un corregidor permanente en cada municipio que presidía el consejo y vetaba aquellas
Pero en la Corona de Aragón era imposible establecer esta institución
por la presencia de los fueros, de manera que se instaura el régimen de insaculación por el que se elegía mediante
Se trata de un intento,
El caso de la monarquía francesa era más complejo, ésta se caracterizaba por tener un solo consejo (en teoría) que
se dividía en secciones que, en función de las personas que fueran, cada una se encargaba de unas funciones, pero el
consejo era único. En Francia no hay consejos territoriales, se ha hablado mucho del carácter centralista de Francia
tras la Revolución Francesa (centralismo jacobino) en virtud de la consecución de la igualdad, sin embargo, existe
una tradición centralista francesa como mínimo desde el Siglo XV y que tiene su momento cumbre en época de Luis
XII como sobretodo de Francisco I. Francisco I, para profundizar en el poder de la corona, llega a un acuerdo con el
Papa donde se regula el poder de la monarquía papal (el Concordato de Blois) en los aspectos jurídicos (de qué se
encarga la jurisdicción eclesiástica), las rentas que ha de cobrar la Iglesia en Francia y el nombramiento de obispos,
En el concordato de Blois Francisco I consigue una cesión en favor de la
corona de los casos que corresponden a la jurisdicción real, se determina la pátina de rentas de la Iglesia que
pasarán a la monarquía y se establece el nombramiento de obispos de manera que el rey los propone y el papa los
nombra pero solo puede negarse una vez. Así, Francisco I controlaba no sólo al papado sino también al clero francés.
La creación de una administración al servicio de la corona y la ampliación del poder de la corona son procesos
En segundo lugar, encontramos un enfrentamiento entre corona y parlamento (que representaba al reino o
Francisco I limita al parlamento con motivo del concordato de Blois, el parlamento se opuso al
concordato porque las autoridades eclesiásticas eran elegidas por el rey, y el parlamento demandaba que los altos
cargos eclesiásticos fuesen elegidos por las propias instituciones eclesiásticas, ya que la oligarquía eclesiástica y la
oligarquía del reino tenía relaciones incluso familiares. El parlamento se niega con el apoyo de la universidad,
Francisco I los derrota llevando a cabo la actualización de una figura antigua conocida como la Lit de Justice, que
limitaba el papel de los parlamentos, reduciendo el parlamento de París a una mera oposición administrativa ya que
la corona podía imponer su criterio. En 1526 Francisco I ha derrotado a aquellas fuerzas que podían limitar su
independencia, es decir, al Papa, al clero francés, al parlamento y a la universidad.
No obstante, aún le queda manifestar su autonomía frente a otro poder: la nobleza. En ésta época muere Susanne
de Borbón, casada con otro borbón, Carlos de Montpensier, quien reclama que sus feudos personales se unan a los
El rey impide mediante una estrategia jurídicopolítica
que se unan bajo una misma persona los feudos de Montpensier y los de la rama principal de los borbones:
el argumento jurídico era que las tierras de Susanne eran una apanage (territorios dependientes de un señor feudal,
pero de origen real, que si se acababa la línea de descendencia debían volver al rey), pretendiendo así también dar
un claro mensaje a la nobleza, Carlos de Montpensier se pasó al lado de Carlos I y Francisco I le expropió todas las
7 El valido llega al poder mediante la posibilidad que se le ofrece a la alta nobleza por la presencia de un rey débil y desbordado por la administración de la
El valido se caracterizará por un gran ansia de poder, por hacerse con la voluntad del príncipe y establecer una red de colaboradores estratégicamente
colocados en los puestos administrativos de la corona, creando unas relaciones personales que se superponen al sistema de promoción de los consejos por el
cursus honorum.
A esta creciente autoridad de la monarquía en una Francia altamente feudalizada dedicará el rey dos edictos: el
Edicto de Cremieu de 1536 , que establece que la justicia de los señores feudales está sometida a la justicia real
(aquellos pleitos de cierta importancia dirimidos por la justicia feudal podrían ser revisados por la justicia del rey); y
la ordenanza de Villers-Cotterets de 1539, una codificación que regula aspectos civiles diversos que se convertirá en
una serie de ordenanzas aplicables a todo el territorio francés.
En cuanto a la administración, Francisco I reducirá las convocatorias a cortes y sustituirlas por las asambleas de
De esta manera consigue burlar la autonomía de las cortes que
Sólo existen tres leyes fundamentales que
el rey no puede vulnerar: indivisibilidad del reino, ley sálica (las mujeres no pueden reinar ni transmitir derechos a la
corona), y no subir impuestos unilateralmente. Pero donde encontrará un oponente será en el Consejo de Francia,
dividido en una serie de facciones:
-El primer Consejo (le Grand Conseil): fue creado por Luis XII y se dedicaba a la Justicia como tribunal
supremo, para ello dispónía de dos mecanismos fundamentales: las evocaciones (poder que se da a sí mismo
el rey de sustraer una causa de su juez natural y llevarla a su consejo real) y las comisiones judiciales
Esto fortalece a la corona en el ámbito judicial.
-El Consejo estrecho (Conseil Etroit o Conseil En Hault): es el organismo que aconsejaba al rey directamente
-El Consejo de las partes: Si el primer consejo se dedicaba a cuestiones del derecho público, este consejo se
En época de Francisco I y sobre todo de Luis
XIV adquiere una gran importancia porque de él saldrán los comisarios enviados por la corona para
solucionar los problemas jurídicos en los distintos municipios e imponer la voluntad del rey en todo el
territorio de Francia. A nivel regional se creará la figura del intendente, dedicado a conseguir recursos para
Se creará un
consejo privado con menor representación de la nobleza y un creciente peso de juristas de la administración real, se
constituye un tribunal supremo para casos determinados o que la corona quiere juzgar personalmente: la cámara
Los monarcas Tudor trataron de evitar cualquier enfrentamiento con el parlamento al no innovar en las
cuestiones tributarias de la hacienda que era lo que podía preocupar a los gobernadores de las ciudades
Esta monarquía, que se fortalece a nivel judicial y político, en el
reinado de Enrique VIII el acta de supremacía convierte a Enrique VIII en jefe de la iglesia de Inglaterra, para el
derecho que asistía a sus súbditos a acudir a tribunales romanos y se apropia de los bienes y rentas de las órdenes
En conclusión, a partir de
Eduardo VII y, sobretodo, de Enrique VIII la corona inglesa se fortalece en los ámbitos político, jurídico y económico.
MONARQUÍA AUTORITARIA Y GRUPOS SOCIALES: ARISTOCRACIA, CLERO, SECTORES URBANOS Y MASA CAMPESINA.
La relación entre corona y nobleza es una relación bifronte (con dos caras), es decir, si la corona trata de aumentar
su poder lo hace en detrimento de los poderes feudales y viceversa. Por otra parte, la corona necesita a la nobleza ya
que éste no es más que el primero de los nobles, sin nobleza el rey no tiene sentido, además el rey necesita a la
nobleza para enfrentarse en las cortes al clero y al tercer estado. De esta compleja relación se desprende la
producción historiográfica que explica la alianza de monarquía con tercer estado contra la nobleza y la historiografía
marxista que analiza la monarquía autoritaria como un pacto entre rey y nobleza para mantener sus intereses, tal y
como se ve en Castilla donde tras la muerte de Isabel en 1504 Fernando convoca cortes en Toro donde hace una
concesión a la nobleza ampliando el mayorazgo. En general es impensable en el AR que la monarquía haga
abstracción de la nobleza (la nobleza es el primero de los estamentos que se legitima a sí misma por sus servicios de
armas en favor de la corona) sino que lo que trata es de domesticarla, de hecho, monarquía y nobleza se perciben
como uno en vísperas y durante la Revolución Francesa. De todas formas, las monarquías tratarán de reducir los
poderes de la nobleza y convertirla en una nobleza palatina. Encontramos una alta nobleza que mantiene sus
propiedades y señoríos, donde suele perder la alta justicia que es apropiada por el rey, pero que forma parte del
servicio del rey, para acceder a los grandes cargos del estado es indispensable una parte de nobleza. Pero
aparecerán con el tiempo unos no nobles que, estando en puestos bajos y medios de la administración, también
sirven al rey, entonces empieza en todo Occidente la doctrina de que el ejercicio de un cargo también ennoblecía,
apareciendo así dos grandes grupos: la nobleza de espada (legitimada por sus servicios históricos a reyes pasados) y
la nobleza de servicios (que se habían ennoblecido sirviendo al rey en la administración). En general en Occidente el
rey ha adquirido algunos poderes de la corona en todos los ámbitos, pero ésta sigue manteniendo bastante poder y
La Europa Oriental encontraba una situación un tanto más complicada por la inexistencia de una clase media tanto a
nivel económico como intelectual, lo que requirió una funcionarización de la nobleza existente, lo que hundíó aún
más a la Europa Oriental al conceder a estos nobles, que ya tenían el poder jurídico y económico, el poder político en
Por último, se va a forjar a lo largo de los siglos XVII y XVIII un constitucionalismo nobiliario, es decir, la nobleza
propaga la idea de que defendiendo ella sus privilegios está defendiendo los privilegios de todos los estamentos, ya
A partir de aquí se
desarrollan dos conceptos muy bien explotados por la nobleza francesa: la vocación representativa de los nobles
respecto a los otros estamentos (vocation réprésentative) y el deber de rebelión (devoir de révolte) cuando el rey
Desde este punto de vista, un claro ejemplo donde se materializa este deber de
rebelión serán las guerras de religión en Francia donde argumentando unos principios calvinistas tergiversados la
nobleza creará una doctrina por la que se rebelan contra su rey (Los llamados monarcómanos: Languet y su
Vindicae contra tyranos justifica la legitimación de matar a un tirano; y Hofman y su doble contrato8) al considerar
que éste es un tirano, sancionando el discurso con la denuncia de que el rey pertenece a una iglesia que ha
En conclusión, la relación entre rey y nobleza es conflictiva y está impregnada de
cuestiones religiosas.
Otro tema será la relación de la nobleza con el comercio, en principio incompatible por la incompatibilidad entre
nobleza y trabajo manual derogada por Carlos III, ya que la Ilustración propugnaba el aumento de la producción del
Se creó para ello la orden de Carlos III cuyo lema era virtute et merito, que premiaba a aquellos que destacan
por su virtud y por su mérito y no por su sangre, de esta manera se pretendía aumentar la producción ya que de lo
contrario se estaba desincentivando el trabajo como modo de promoción social. La incompatibilidad en Francia y
España entre nobleza y trabajo manual-comercio es letal para la economía del país, los nobles no obstante
En Inglaterra, por el
contrario, la nobleza era más abierta y no sólo no estaba mal visto el comercio, sino que era prestigioso, además de
que los mecanismos de acceso a la nobleza eran más flexibles. En este contexto será la gentry (aquellos que habían
Las relaciones entre la monarquía y la Iglesia se caracterizan por ser también conflictivas. Las monarquías (francesa,
aragonesa, castellana) habían aprovechado el cisma de Occidente para ampliar su margen de maniobra política,
ordenaron a sus cancillerías que no aceptasen de forma automática las bulas y otras disposiciones emanadas de las
curias papales, sino que el rey se reservaba el derecho de aceptar o no los edictos de los dos papas en controversia
lo cual emancipa más a las monarquías de un supuesto poder universal. Resulta evidente que si la monarquía intenta
identificarse cada vez más con la soberanía ese poder paneuropeo superior del papado como del emperador es un
Desde este punto de vista el papa para una monarquía autoritaria representa un triple peligro:
-Un peligro jurisdiccional: El papa tiene sus propios tribunales, y en muchos casos cuestiones que la
monarquía considera suyas pueden apelarse en los tribunales del papa, sobre todo porque ene el AR los
tribunales no se regían tanto por poder de materia como de persona, es decir, que estaban sometidos a
tribunales romanos aquellos individuos que gozaban de fuero eclesiástico.
8 Dios elige al rey-pueblo para protegerlos y éstos a cambio deben regirse por la ley divina, y además hay otro pacto entre el rey y el pueblo por el que el pueblo
Hofman añadirá además que quien representa al pueblo es la aristocracia, legitimando que éstos puedan
-Un peligro económico: La Iglesia romana era propietaria de tierras y rentas además de cobrar el diezmo de
la cosecha (que no siempre era de un 10%) y, en algunos casos europeos, señor feudal.
-Un peligro político: El papa, dentro de la pirámide feudal por encima de los reyes, puede deponer reyes, ya
que se supone que tiene la prevalencia del espíritu sobre la materia como vicario de Cristo en la Tierra. Si el
papa excomulga a un rey sus súbditos deben desobedecerle, además el papa nombra obispos y dictamina lo
que el clero debe defender o no (la iglesia formaba conciencias e ideologías).
Esto convierte el papado como algo que debe ser controlado por el poder, esto se hace de diferentes maneras:
-En los países protestantes la iglesia que surge se caracteriza por ser una iglesia nacional donde el jefe del
Esta jefatura del monarca en la jerarquía eclesiástica se justifica gracias a la concepción luterana heredada
de Oackham de Dios como omnipotente y omniconsciente, es decir, nada ocurre en este mundo sin que Dios
lo permita o incluso lo ejecute, por lo que el rey es rey por voluntad divina, haciendo imposible la rebelión ya
que toda autoridad es legítima. Hay una sola sociedad, no una civil y una divina, por lo que las asambleas de
creyentes asumen un papel religioso y uno político, su objetivo es imponer la ley de Dios como mecanismo
primigenio de gobierno de la comunidad, desde esta óptica queda legitimada tanto la jefatura religiosa del
rey como su injerencia en los asuntos eclesiásticos. La reforma luterana era, de hecho, una reforma para el
-En los países ortodoxos tampoco hay problema porque el Zar controla a la Iglesia, aunque el clero ha de
Se trata de un control mutuo entre
ambos poderes, siendo el patriarca quien da un carácter de ortodoxia a la política del Zar.
-En los países católicos la relación entre clero y monarquía se vehiculan mediante la firma de un concordato
o bien mediante la amenaza armada para llegar a un acuerdo con la Iglesia por el que el poder monárquico
controle al clero y la Iglesia evite que estos reinos caigan en manos de la reforma. El primer precedente de
estos concordatos es el Concordato de Blois de 1516 entre el papa y Francisco I, antes del cual, al amparo del
cisma de Occidente y de ciertas tradiciones galicistas, los cargos eclesiásticos (sobre todo los obispos) eran
elegidos por los canónigos (clero que sirve en la catedral) de tal manera que los altos cargos de la Iglesia
estaban en manos de los poderes fáticos de la oligarquía de cada regíón, además hay que tener en cuenta
que el papa pretendía llegar a un acuerdo para evitar la invasión francesa de sus territorios en Italia. El
Concordato de Blois aseguraba que el candidato del rey fuese elegido por el papa, pudiéndose negar tan sólo
A este concordato se opuso el clero francés, las oligarquías urbanas, el Parlamento de París y la
A efectos prácticos era el rey quien pasaba a nombrar los cargos y controlar la Iglesia, por esto,
cuando comienza a divulgarse el luteranismo poco después el rey se dará cuenta de su no conveniencia
frente a una Iglesia católica en Francia bajo su control, a partir de este momento la corona francesa podrá
convocar una reuníón extraordinaria del clero para que éste aporte dinero destinado a las empresas de la
corona en el extranjero. Esto permitíó a la monarquía francesa tener un mayor control que en otros reinos
En el caso español en los diversos concordatos la figura principal era el patronato regio, conseguido por los
RRCC en las diócesis de Granada por el que se encargaban de los nombramientos de los obispos, también
Poco después se consiguió el mismo
privilegio para las Canarias y, en época de Carlos I, aprovechando que el papa era Adriano de Utrecht (tutor
del rey), se consiguió el privilegio para el nombramiento de las diócesis en América y las metropolitanas.
Algunos tributos podían ser también requeridos a la Iglesia como la cruzada, por el proceso de Reconquista,
En época de Felipe II se
renegoció el concordato añadiendo un impuesto más, el excusado, que es en Castilla que de todas las
Estos
concordatos continúan aún en día, y fueron la herramienta por la que los países católicos controlaban la
Iglesia como organización.
A partir de aquí aparecieron dos problemáticas: Una que está presente desde los siglos XVI-XVII es la de las
órdenes regulares (el clero se divide en clero secular, que tienen una sola dependencia orgánica del papa y
del obispo, y regular, que tienen además una dependencia de los superiores de su orden) que son más
difíciles de controlar por parte del monarca (destacando a los jesuitas9 que además de los juramentos de
castidad, pobreza y obediencia añadieron el de obediencia directa al papa) porque su jefe no está al 100%
bajo el control del concordato; El otro problema se daba por que si bien hasta el concilio de Trento la ligazón
entre obispo y papa era más nominal que real, ya que al ser nombrados por el rey dependían de él, a partir
de este concilio se da un mayor control de los obispos por parte de Roma, por lo que la función de
En
respuesta, la monarquía en el Siglo XVIII trató de intervenir en los sínodos (reuníón del clero de una diócesis)
y concilios para ejercer un mayor control sobre la Iglesia, recibiendo esta pretensión el nombre de
La relación entre monarquía autoritaria y un sector emergente constituido por la burocracia reclutada de entre un
sector aparecido a partir del Siglo XIII con las universidades con gran conocimiento de leyes. Hacía tiempo que se
daba una pretensión en toda Europa Occidental de dar carta legal a todo lo que se realizaba, esta pretensión se
alimenta además de la recuperación del derecho romano en su versión bizantina mediante el Corpus Iuris Civilis que
establecía la supremacía del rey sobre el resto de poderes con el principio de Rex in regno suo dicitu imperator, el
rey como fuente última de soberanía. Las monarquías pronto buscarán el apoyo de este sector intelectual, aunque
no se pueda renunciar al apoyo nobiliario, que se situará en los bajos puestos de la administración junto con algunos
miembros de la baja nobleza (hidalgos). La reina Isabel expresaba la necesidad de seleccionar a sus colaboradores de
entre la clase media, ya que ésta proporciona estabilidad. Esta clase intelectual será la creadora de ideología a favor
de la corona, pero en ella aparecen una serie de problemas:
-Esta clase media traiciona sus propios orígenes en muchos casos: Se trata de un debate constante en la
Esta traición consiste en que en algunas zonas como en España, los RRCC, pese a
Cada régimen ofrece un ideal
al que la sociedad tiende a parecerse, esto se profundizará con el tiempo por la cuestión del trabajo manual
y la nobleza cuando el endeudamiento genera la necesidad de compra de la deuda pública impulsando la
figura del rentista. Así la clase media traiciona sus orígenes al pretender el ascenso de clase bien para ellos
mismos o para sus descendientes.
-La venta de cargos públicos (sobre todo en Francia, en España se limita al ámbito municipal de Castilla): Esto
se produce mayoritariamente en el Siglo XVII por la crisis, el Siglo XVI fue un siglo muy inflacionista, por lo
que al venir de este siglo Francia debía pagar más por bienes y servicios y necesitaba un aumento de la
Se acude así al endeudamiento, a la rebaja de la ley de la moneda (que provocó una subida de los
Una de las medidas adoptadas por Francia en el siglo
XVII fue el Droit de Paulette, que significaba que se permitía vender el cargo a un tercero mientras una parte
de ese dinero se fuera al estado, llegando a significar este ingreso el 10% de los ingresos totales de la
Con el tiempo, pagando un dinero se podía ceder este cargo a su hijo, esto generaba
como inconveniente el resentimiento de la gestión, así se hubo de evitar que los altos cargos fueras
La relación entre monarquía autoritaria y tercer estado es ambigua. Existe la teoría marxista que defiende la alianza
de la monarquía con la nobleza para evitar el ascenso del tercer estado, y la teoría liberal que defiende el pacto
entre monarquía y tercer estado contra la nobleza. La realidad es más compleja y dependiendo de las circunstancias
la monarquía ejercerá una política más conciliadora o más represiva en función de sus relaciones con la nobleza en
Los representantes del tercer estado en las cortes son las ciudades (algunas, 18 en
Castilla con la conquista de Granada), por lo que se trata de una representación parcialmente urbana (oligarquías
Se trata de una representación altamente
defectuosa acentuada además por el hecho de que las oligarquías urbanas defendían no los intereses urbanos sino
sus intereses oligárquicos. La autoridad regional de estas oligarquías era garantizada por el monarca a cambio de
9 Cuyo lema es Ad Maiore Dei Gloria.
intereses monetarios y del mantenimiento de la paz social. Estas élites representan, peor también han de rendir
LAS REPÚBLICAS EN DECADENCIA
Durante el curso de la Edad Media el norte de Italia había mantenido cierta vitalidad urbana ligada esencialmente al
comercio siendo Venecia es el caso más evidente que, como ciudad, era la que manténía el contacto mercantil entre
Oriente y Occidente, a esa actividad mercantil veneciana, a partir del Siglo XI y XII, se le sumó Florencia, más
Florencia muy pronto dio el paso de la actividad mercantil a la
A esta dualidad entre Venecia y
Florencia, ya a lo largo del Siglo XIII pero sobre todo en el Siglo XV, se le sumó Génova para tratar de hacerse con el
control del comercio con África y en el Mediterráneo occidental, sin embargo en este aspecto Génova tuvo un
comportamiento mucho más vanguardista porque, así como Venecia estaba especializado en un comercio cuyos
productos iban destinados a las altas clases feudales, Génova lleva a cabo una verdadera revolución al especializarse
en el comercio de productos comunes susceptibles de ser consumidos por una mayor franja de gente representada
Génova tratará de hacerse con el comercio del trigo
siciliano entrando en conflicto con la Corona de Aragón, tratará de comerciar con lana para suministrar a las
crecientes industrias laneras italianas y luego vender productos textiles laneros a quienes entraban en el mercado,
Génova fue por esto pionera en este aspecto.
A lo largo del Siglo XV Florencia fue dejando su vocación mercantil centrándose en la financiera y creando así dos
grandes repúblicas comerciales: Florencia y Génova. Ambas tenían una estructura política que conocemos como
talasocracia donde gobernaban las grandes familias mercantiles, quedando básicamente dos diferencias: Génova era
una oligarquía mercantil abierta mientras que Venecia tenía siempre un comportamiento más tradicional; Génova
tuvo una capacidad de adaptación que le faltó a Venecia, Génova daría el paso lógico del comercio a las finanzas
convirtiéndose en los grandes banqueros de Felipe II y apropiándose así de los grandes ingresos de la economía
En boca del profesor Hobsbawm: Génova es un ejemplo del capitalismo, y sólo del capitalismo, fue la
única de estas repúblicas que no aportó nada a la historia del arte precisamente porque desarrolló esta nueva
Venecia acabó decayendo por su tipo de comercio y su situación geográfica (por su posición desfavorable ante un
comercio que se está atlantizando), pero en el Siglo XVI aún manténía gran importancia gracias sus relaciones con el
Imperio Otomano. Cuando los turcos toman Chipre en 1570 los venecianos demandarán la ayuda del papa y de
Felipe II en la batalla de Lepanto, pero posteriormente pactarán con los otomanos lo que les permitíó sobrevivir
La república de Venecia acabó tratando de dominar la zona agrícola próxima, la terra ferma
para tratar de enriquecerse agrícolamente.
A lo largo del Siglo XIV y XV las ciudades republicanas (el resto) evolucionaron hacia formas decadentes con un cierto
aislacionismo, apareciendo los líderes militares o condotieros, legitimados por su poder militar, que, ante los
intereses de Francia y España, convirtieron el territorio en un campo de batalla entre Francia y España en el que esta
última establecería dinastías propias o de nobles autóctonos bajo su protección como el duque de Sforza en Milán.
En definitiva, estas repúblicas medievales no consiguen dar el paso a la modernidad sin ampararse bajo la protección
de las grandes potencias del momento, ejemplo de esto es Génova que se encontró bajo la protección española por
El republicanismo italiano, al entrar en juego en la política
europea, necesitará el apoyo de otros grandes poderes. Este republicanismo medieval, a diferencia del
republicanismo moderno de los Países Bajos, no aportó nada.
LOS PAÍSES BAJOS
En los Países Bajos, pertenecientes a la casa de Borgoña, se firma la paz de Arras por la que Francia renuncia a sus
reivindicaciones sobre el territorio y admite el matrimonio de María de Borgoña con Maximiliano, en esta paz se
establecía que, de los tres territorios de la casa de Borgoña, Francia se quedaría con Borgoña mientras que los otros
dos territorios pasarían a la monarquía austríaca. Se trataba de una zona con gran producción manufacturera y un
Francia inicialmente pretendía anexionarse los territorios de la casa de Borgoña: Países Bajos, Franco Condado y
En la paz de Arras la corona francesa se anexiona Borgoña, quedando los otros dos territorios para la casa
En 1525 en la batalla de Pavía, entre Francisco I y Carlos I por el control del norte de Italia, Milán pasa a
ser un territorio controlado por la Monarquía Hispánica hasta el tratado de Utrecht y Francisco I fue hecho
prisionero y llevado a Madrid, posteriormente se firmaría el tratado de Madrid (1526) por el cual Francisco I renuncia
a los territorios italianos y ha de devolver Borgoña a cambio de su libertad. Borgoña, no obstante, no será devuelta
argumentando que el tratado fue firmado mediante coacción y, sobre todo, que en Borgoña había una soberanía
compartida, así convoca estados provinciales en Borgoña y estos se niegan a volver a la Casa de Borgoña.
La renovación del pensamiento republicano se dará en los Países Bajos, una zona rica desde el Siglo XIV gracias a su
importante comercio presente en los tres ejes más importantes: el mar del norte, el mar Báltico y al Atlántico y el
La entrada de los flamencos en el comercio mediterráneo se da
en el Siglo XV, redistribuyendo productos mediterráneos en el norte de Europa y llevando a la Península Ibérica
El matrimonio entre Juana la Loca y Felipe el Hermoso no es el inicio de un acercamiento
hispano-flamenco, sino su culminación. Se trata de un territorio con una creciente e importante clase media y
urbanismo en el que el poder residía en las ciudades gobernadas por una oligarquía y unos estados provinciales, por
encima había unos estados generales con un poder más bien escaso y un representante de la Casa de Borgoña cuyo
poder real era ínfimo.
El problema surge en época de Carlos V cuando se comienza a extender en los Países Bajos el calvinismo, que se
convirtió por su filosofía de la salvación en una mentalidad que favorecía el enriquecimiento personal porque era
En los años 60 Felipe II ya ha tenido su segunda bancarrota y comienza
a diseñar una fiscalidad que le permita sacar ingresos de los Países Bajos por ser la zona más rica, además tratará de
imponer los conceptos del Concilio de Trento en los Países Bajos llegando a implantar la Inquisición, también en ésta
Este descontento estallará en forma de revuelta iconoclasta,
En estas revueltas se reúne la cuestión de la soberanía (¿un rey lejano o los estamentos privilegiados flamencos?) en
la defensa del autogobierno, y la cuestión religiosa entre catolicismo y calvinismo. Felipe II convoca el Consejo de
Estado divido en dos bandos: el Príncipe de Évoli partidario de llegar a un acuerdo; y el Duque de Alba partidario de
Políticamente Felipe II
emprendíó la política del diálogo con los nobles de mayor importancia, los príncipes Egmont10 y Hontz, pero al volver
a los Países Bajos el Duque de Alba los invita a cenar y, ante la sospecha de que Egmont era el líder del motín, lo
Se crea una dualidad en Flandes: al norte la Uníón de Utrecht o evangélica, protestantes y rebeldes; y al sur la Uníón
La zona sur tenía diversos problemas por el conflicto (fuego amigo
español), pero ninguno identitario. Las provincias del norte eran muy autónomas y se encontraron definidas por dos
posturas: la de la oligarquía mercantil de todas las provincias menos Holanda que defendían una estructura
altamente descentralizada como había sido siempre en los Países Bajos, tolerancia frente a los no calvinistas y una
importante soberanía de los parlamentos provinciales; la de Holanda (que era el mayor contribuy


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