Resumen de la revolucion liberal en el reinado de isabel ii


REINADO DE ISABEL II (1833-1868)


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I. LA MINORÍA DE EDAD DE ISABEL II: LA ÉPOCA DE LAS REGENCIAS (1833-1843)
1. Introducción: aspectos generales

La minoría de edad de Isabel II estuvo ocupada por una doble regencia:
La que ostentó su madre María Cristina, reina gobernadora hasta 1840, y la del general Baldomero Espartero hasta 1843.

La regencia de María Cristina estuvo marcada por la 1ª guerra carlista que la obligó a buscar el apoyo de los liberales moderados frente al pretendiente D. Carlos. La primera consecuencia de ese acercamiento a los liberales fue la concesión del Estatuto Real (1834)
, una carta otorgada en la que la Corona se reservaba amplios poderes en la vida política. En el contexto de la guerra civil, el triunfo del liberalismo se produjo en 1836 tras el golpe de Estado de los sargentos de La Granja y la llegada al poder de Mendizábal con la desamortización de 1836 y la promulgación de la Constitución de 1837, de carácter progresista.

El proceso desamortizador comportó la supresión de órdenes religiosas, la nacionalización de sus bienes y su venta en pública subasta. La Constitución afirmaba el principio de soberanía nacional y la práctica parlamentaria basada en el sufragio censitario y un sistema bicameral: Congreso de los Diputados y Senado.
Con ambas reformas, se dio un decisivo impulso hacia el desarrollo capitalista y el liberalismo político, ampliándose la base burguesa del régimen. Sin embargo, la hostilidad de la regente hacia los liberales progresistas y su preferencia por los moderados dieron lugar a un creciente malestar social que alimentó el pronunciamiento de 1840.
Con el fin de la guerra y la firma del Convenio de Vergara en agosto de 1839, María Cristina se vio forzada a renunciar a la regencia y se exilió en Francia, dejando a sus hijas bajo la tutela de Argüelles y de la condesa de Espoz y Mina. Espartero, héroe de la guerra carlista y jefe del Partido Progresista, asumió entonces la regencia. Durante su mandato, se consolidan las dos corrientes en las que se dividió la «familia» liberal:
El Partido Moderado (conservador) y el Partido Progresista (liberal avanzado). Se sofocó un golpe palaciego orquestado por la propia María Cristina y que, al fracasar, significó la ejecución de algunos cabecillas, entre ellos los míticos Montes de Oca y Diego de León. Pero los desaciertos del regente, y de forma especial su poca acertada actuación en la insurrección de Barcelona, originaron su caída en 1843 y la proclamación anticipada de la mayoría de edad de Isabel cuando acababa de cumplir trece años.

2. La 1ª Guerra Carlista

Más que un pleito dinástico, es un conflicto ideológico en el que los tradicionalistas (absolutistas ultraconservadores) luchan contra la revolución liberal.
Acaudilla el movimiento tradicionalista, o carlista, Carlos Mª Isidro, hermano de Fernando VII, que reivindica sus derechos dinásticos frente a su sobrina Isabel. Recordemos que Fernando VII deroga la Ley Sálica (que impedía a las mujeres acceder al trono) mediante la Pragmática Sanción.
El carlismo era partidario del realismo exaltado, del absolutismo y del Antiguo Régimen, del integrismo religioso y la defensa de los Fueros (lo que atrae a navarros y vascos).
Un grupo importante de la sociedad urbana, y sobre todo rural, apoyó al bando carlista. Los que más apoyaron a éstos fueron los religiosos de las órdenes afectadas por las desamortizaciones, una parte menos numerosa del clero secular, miembros no destacados del ejército, nobles
1 Reelaborado de Isabel II (1833-1868) (Madrid, 1830 – París, 1904); Rosa Ana Gutiérrez Lloret. (www.cervantesvirtual.com) Reinado de Isabel II (1) – 1
provincianos (viejos hidalgos-propietarios) y parte del campesinado que sufría desde comienzos del siglo XIX un retroceso en sus condiciones de vida.
Isabelinos, o cristinos:
Seguidores de Isabel II y de su madre. Pretendían liquidar el Antiguo Régimen y la implantación de un sistema político liberal (aunque con tendencias diversas).
La mayoría de la población defendió la legalidad vigente, pero destacaban en el bando isabelino la mayor parte de los cargos de la administración y de la burocracia provincial y municipal, los miembros del ejército, clases medias, financieros y comerciantes, los de profesiones liberales, alta nobleza, gran parte del clero secular y la mayoría de los sectores populares.
La guerra estalló el 1 de octubre de 1833, y finalizó en 1840. Se desarrolló sobre todo en dos áreas: el territorio vasco-navarro y el Maestrazgo, aunque las correrías afectaron a todo el país. Se desarrolla en la siguientes fases:
1. Etapa de iniciativa carlista (1833-35): el foco principal estuvo en el País Vasco y Navarra, pero hubo otros en Aragón, Cataluña, Valencia y las dos Castillas. Los liberales lograron frenan a los carlistas en las ciudades, en una de ellas, Bilbao, murió el general carlista Zumalacárregui.

2.
Extensión del conflicto (1835-37): se inician expediciones carlistas al sur del Ebro, donde se puso de manifiesto el escaso apoyo al carlismo, que no era capaz de cohesionar territorios, fracasando en la toma de Madrid y Bilbao, defendida por el general Espartero.
3.

Victoria liberal

Ante la imposible victoria en parte por la falta de recursos, el carlismo se dividió en facciones: una derecha intransigente, reacia a la rendición o pacto; y un sector moderado o transaccionista, que con el general Maroto a la cabeza firmó la Paz o Convenio de Vergara (1839); mientras otro general, Cabrera, continuó la Guerra en el Maestrazgo hasta 1840.

El final de la guerra significó el triunfo del liberalismo, y lugares como Navarra y País Vasco, que conservaban sus Fueros a pesar de los Decretos de Nueva Planta, sufrieron la restricción foral. El carlismo perdió fuerza en 1840, pero no desapareció y esporádicamente rebrotaría, obstaculizando la política del reinado de Isabel II.

3. Regencia de Mª Cristina de Borbón (1833-1840)


El inicio de la regencia de Mª Cristina con el apoyo liberal supuso la caída del ministro de Fernando VII, Cea Bermúdez, sustituido por Martínez de la Rosa.
Durante su gobierno se inicia la redacción de una ley de bases para el funcionamiento de las Cortes, que cristalizó en el Estatuto Real de 18342 (más próximo a una Carta Otorgada que a una Constitución). En él destaca la ausencia de principios liberales (como la soberanía nacional, o los derechos individuales) y generó la división entre los liberales conformes con él (moderados) y los que no lo estaban (exaltados, o progresistas), porque pretendían imponer la Constitución de 1812.
Debido a lo anterior, se produce la Revolución de 1835, urbana y burguesa, que surge para acabar con el carlismo y con el gobierno moderado. Mª Cristina tiene que nombrar ministro a Mendizábal (progresista), sustituido al poco tiempo por Istúriz (moderado). Esto provoca la Sargentada de La Granja (12/08/1836), que exige la reinstauración de la Constitución de 1812 y de las Juntas. Debido a ello, la reina encarga el gobierno a un progresista, el extremeño J. Mª. Calatrava, que centra su obra en un texto constitucional de acuerdo con los tiempos, la
2 Se redacta durante el período de transición del Antiguo Régimen al Estado Liberal. Se debe considerar no como una Constitución, sino como una Carta Otorgada. Su objetivo era regular la convocatoria de las Cortes y su funcionamiento, algo necesario y provisional en plena Guerra Civil. Se caracteriza por:
– Soberanía compartida: Rey-Cortes; con control real, y su función se limitaba a aprobar impuestos. También se podían hacer peticiones, votar enmiendas o rechazar propuestas de gobierno.
– El sistema era bicameral, convocado y disuelto por el Rey: Un estamento de próceres que reúne a la aristocracia, la nobleza, Iglesia y administración. Todos debían ser propietarios. Y otro de procuradores, una cámara elegida por sufragio censitario (0,15 % de la población).

Reinado de Isabel II (1) – 2
Constitución de 18373, un texto flexible que no contentó a ningún grupo enteramente, pero que hizo posible el gobierno.
De 1837 a 1840 se suceden en el gobierno las facciones liberales (progresistas y moderados), hasta que en 1840 se desata una crisis a causa de la Ley de Ayuntamientos, en la que los moderados pretendieron modificar la normativa vigente acerca de la elección popular de los alcaldes, que aseguraba el dominio progresista en la administración local, y sustituirla por la designación directa de esos cargos por la Reina. El conflicto enfrentó directamente a la Regente con Espartero (líder progresista), terminando con la renuncia de María Cristina, que se exilió a Francia.

4. Regencia del general Baldomero Espartero (1840-1843)


Espartero, gracias a su prestigio como general en la guerra carlista, se convierte en símbolo militar del progresismo, inaugurando una etapa política caracterizada por la activa participación de los militares el gobierno del país.

Fue elegido regente entre el descontento de los moderados, apoyados por Mª Cristina desde el exilio, y de los propios progresistas, en desacuerdo con muchas de sus medidas, tales como la falsificación electoral, nepotismo, estrategias de caudillo y la dura represión para responder a las revueltas de Barcelona en 1842, cyyo sector textil se manifestaba en contra de las medidas librecambistas y pro-británicas del gobierno, que perjudicaba la producción de sus paños.
Una manifestación antiesparterista, acaudillada por otro general, Narváez (moderado), derrota a Espartero, que huye hacia el exilio; forzando con este vacío de poder a adelantar la mayoría de edad de Isabel II, para hacer posible su coronación.

5. La Desamortización

5.1. Antecedentes:


Las desamortizaciones fueron la herramienta de la burguesía para transformar la propiedad, es decir, para desarrolla el liberalismo económico. Su historia arranca del s. XVIII, a partir de los informes y análisis de los primeros ilustrados españoles:
– Los ministros de Carlos III (Olavide, Campomanes, Jovellanos…) ya se preocuparon por la gran cantidad de bienes de manos muertas, pensando en poner en venta parte de los bienes del clero; pero la falta de acuerdo con la Santa Sede lo imposibilitó. El acuerdo se orientó entonces hacia los bienes de los municipios, decretando que debían de hacerse accesibles a los campesinos pobres. Pero la medida no funcionó y terminó derogándose.
– Con Carlos IV los problemas de la Hacienda obligaron a poner en práctica los principios desamortizadores para hacer frente al pago de la deuda pública. En esa misma época, mediante Reales Órdenes, se ponen en venta bienes eclesiásticos (colegios mayores, hospitales, hospicios, cofradías, etc.), mediante expropiación de los bienes, tasación y venta en subasta pública.

3 Su redacción supera a la de 1812, ya muy anticuada. Se elabora por consenso entre los dos sectores del liberalismo: moderados (partidarios del Estatuto Real) y progresistas (de la Constitución de 1812). Por ese motivo, contiene elementos de ambas tendencias:
– Soberanía conjunta (Cortes-Rey). El Rey convoca, disuelve o suspende las Cortes e, incluso, disfruta del derecho a veto.
– La división de poderes:
El Legislativo reside en las Cortes bicamerales: Congreso elegido por sufragio censitario y directo; y Senado nombrado por el rey a propuesta de los electores.
El Ejecutivo reside en el Rey, que nombra al Gobierno.
El Judicial, supuestamente, conserva su independencia.
– Se afirman derechos individuales: como el de asociación y el de imprenta (con condiciones).
– Permisividad religiosa. El Estado mantendrá el culto por la Desamortización.
Reinado de Isabel II (1) – 3 Reinado de Isabel II (1) – 4

– Las Cortes de Cádiz decretan la venta de los bienes confiscados a los afrancesados y jesuitas; además de a las órdenes militares, conventos, monasterios destruidos durante la guerra, parte del patrimonio de la Corona y más de la mitad de las tierras de los baldíos y realengos.
– Con el Trienio Constitucional o Liberal, inspirado en la legislación desamortizadora de las Cortes de Cádiz, el Decreto del 9 de agosto de 1920 ponía en venta los bienes que se pretendían ya en 1812, admitiendo el pago de la deuda en vales. Poco después (octubre) se suprimen los monasterios y se venden sus bienes. Pero, con la Década Ominosa se deroga ese Decreto.

5.2. Las Desamortizaciones isabelinas (o cristinas), o eclesiásticas

Desde la muerte de Fernando VII se desarrolla una legislación que afectó tanto a bienes civiles como eclesiásticos, comenzando por estos últimos:
La de Mendizábal (RD del 19/02/1836) afectó al clero regular, y se hizo para amortizar (pagar) la deuda del Estado y consolidar en el trono a Isabel II, amenazado por el carlismo. Se ponen a la venta bienes de comunidades y corporaciones religiosas extinguidas. El pago se podía hacer en dinero o en títulos de deuda.
La de Espartero (en 1841, durante la regencia) lleva a cabo un proyecto no realizado de 1837, que afectaba al clero secular.

La obra de Mendizábal fue criticada desde las filas progresistas por Álvaro Flores Estrada, que proponía dar prioridad a la reforma social, a la vez que garantizaba el acceso a la tierra a sectores pequeños y medianos del campesinado. Su alternativa era ceder tierras a colonos cultivadores de las fincas eclesiásticas, mediante un arrendamiento renovable a cambio de una renta moderada y no superior a la que estaban pagando (pues, al ser pobres, no tenían dinero para comprar).

5.3. Resultados de las desamortizaciones

Estas desamortizaciones tuvieron una innegable influencia en el desarrollo de la España del momento, aunque sus consecuencias no fueron las realmente buscadas por los políticos de la época. Entre las consideraciones a tener en cuenta, se pueden citar las siguientes:
Gran parte de las compras fueron realizadas por la burguesía de negocios y la burguesía agraria.

La desamortización no fue una reforma agraria, por tanto, en la práctica, no solucionó el problema de la propiedad de la tierra.

Se incrementó el número de latifundistas y se produjo una gran aumento de asalariados campesinos.

La desamortización incide en un aumento de la producción agrícola.

La Deuda Pública no desapareció, sino que aumentó.
La desamortización supuso un desvío hacia el mundo agrario de capitales que podían haber sido empleados en la industrialización.

La desamortización influye en la consolidación del régimen liberal en España.

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