La Regencia de María Cristina de Borbón (1833-1840)
Cuando Isabel II no había cumplido tres años, falleció Fernando VII en 1833, y su esposa, doña María Cristina de Borbón, se encargó del gobierno como regente. Inmediatamente estalló la Primera Guerra Carlista, que enfrentó a los partidarios de Isabel II (liberales) con los del infante Carlos María Isidro de Borbón (absolutistas).
Los carlistas formaban un grupo homogéneo, mientras que los isabelinos eran un grupo heterogéneo. Entre 1833 y 1836, se sucedieron las victorias carlistas: los generales Zumalacárregui y Cabrera controlaron parte del País Vasco, Navarra, Aragón y Cataluña, llegando incluso a las puertas de Madrid.
La muerte de Zumalacárregui en 1835, la incorporación de 100.000 hombres al ejército isabelino y las disensiones internas entre los carlistas propiciaron las victorias isabelinas entre 1836 y 1839. El conflicto terminó con el Convenio de Vergara (1839), firmado entre los generales Maroto y Espartero.
La Guerra Carlista propició y aceleró la implantación del liberalismo en España. Durante la regencia, se promulgó el Estatuto Real de 1834, una carta otorgada con la que se pretendía contentar a los liberales, entregando el poder a los liberales moderados. Posteriormente, se aprobó la Constitución de 1837, caracterizada por:
- Monarquía constitucional.
- Soberanía nacional.
- Cortes bicamerales (Congreso y Senado).
- Sufragio censitario de base muy restringida.
Finalmente, un movimiento insurreccional derrocó a la regente, quien se exilió en marzo de 1840.
El Sexenio Absolutista (1814-1820)
A su regreso a España, Fernando VII se había mostrado dispuesto a jurar la Constitución de 1812, pero traicionó sus promesas y restauró el absolutismo. Contó con el apoyo de la nobleza y el clero, que se manifestó en el Manifiesto de los Persas. También recibió el respaldo del pueblo, movilizado por los privilegiados, que le aclamaban como «el Deseado».
El contexto internacional era favorable al absolutismo: el Congreso de Viena había restaurado el Antiguo Régimen en buena parte de Europa, y la Santa Alianza garantizaba la defensa del absolutismo y el derecho de intervención para frenar el avance del liberalismo.
No obstante, la oposición liberal siguió conspirando para derrocar el absolutismo. La vuelta al Antiguo Régimen impidió la reforma fiscal, y los efectos de la Guerra de Independencia dibujaban un panorama económico desolador. La crisis política y económica generó importantes problemas sociales.
El Trienio Liberal (1820-1823)
El 1 de enero de 1820, el coronel Rafael del Riego restauró el liberalismo mediante un pronunciamiento militar. El 10 de marzo de 1820, el rey Fernando VII aceptó convertirse en un monarca constitucional.
Las nuevas Cortes, de mayoría liberal, iniciaron un vasto programa de reformas: restauraron gran parte de las reformas de Cádiz y elaboraron otras nuevas, como la abolición definitiva de la Inquisición, la desaparición del feudalismo en el campo y la libertad de industria y de comercio, entre otras.
Sin embargo, los liberales contaron con una fuerte oposición:
- La monarquía utilizó todos los recursos constitucionales a su alcance para frenar las reformas.
- La división interna de los liberales entre:
- Moderados: partidarios de realizar las reformas con prudencia.
- Exaltados: partidarios de acelerar las reformas, aunque les llevase a enfrentarse con el monarca.
- Los absolutistas, que animaron a la revuelta contra los gobernantes del Trienio.
El régimen del Trienio terminó debido a la intervención de la Santa Alianza, que envió a los Cien Mil Hijos de San Luis para restaurar el absolutismo.
La Década Ominosa (1823-1833)
Esta etapa se divide en dos fases principales:
Restauración Absolutista y Represión (1823-1825)
Desde 1823 hasta 1825, se restauró el absolutismo y se inició una dura represión contra los liberales. Sin embargo, estos siguieron conspirando y protagonizando sublevaciones, como la de Torrijos en 1831.
Esta etapa se caracterizó por importantes problemas económicos. La Hacienda pasaba por enormes dificultades debido a:
- La imposibilidad de aumentar la recaudación sin tocar los privilegios fiscales de la nobleza y el clero.
- La pérdida definitiva de las colonias en América. La emancipación de las colonias españolas en América fue obra de la burguesía criolla, liderada por figuras como Simón Bolívar y San Martín. Este proceso se inició durante la Guerra de Independencia Española y concluyó en el reinado de Fernando VII (1825).
Reformismo Moderado y Cuestión Sucesoria (1825-1833)
Desde 1825 hasta 1833, los problemas económicos llevaron a Fernando VII a buscar ayuda de los liberales más moderados. Esto provocó que los absolutistas más radicales se agruparan en torno al infante Carlos María Isidro de Borbón y se levantaran partidas realistas, que en 1827 reclamaban mayor poder para los ultraconservadores y el retorno a las costumbres y fueros tradicionales.
Fernando VII se rodeó de ministros inteligentes, como Calomarde, que consiguieron sanear la Hacienda y organizar la economía.
En esta etapa se planteó la cuestión sucesoria. En España estaba vigente la Ley Sálica, que impedía el acceso al trono a las mujeres. Sin embargo, Fernando VII promulgó la Pragmática Sanción, que anulaba esta ley, permitiendo que su hija Isabel pudiera heredar el trono.
A la muerte de Fernando VII en 1833, subió al trono su hija con el nombre de Isabel II, bajo la regencia de su madre, María Cristina de Borbón. Carlos no aceptó a su sobrina y se inició la Primera Guerra Carlista (1833-1839). Don Carlos contó con la ayuda de los absolutistas, mientras que la regente se vio obligada a pedir ayuda a los liberales.
La Desamortización Eclesiástica de Mendizábal (1837-1849)
Esta desamortización se inició durante la regencia de María Cristina de Borbón con el decreto de 1836. Se suprimieron las órdenes religiosas, excepto las consagradas a la enseñanza o al cuidado de enfermos, y sus fincas se declararon bienes nacionales.
Mendizábal pretendía conseguir varios objetivos:
- Obtener los recursos necesarios para luchar contra los carlistas.
- Amortizar parte de la deuda pública.
- Convertir a los nuevos propietarios en simpatizantes del régimen liberal frente al carlismo.
En 1841, se aprobó una nueva norma que expropiaba los bienes del clero secular.
La Desamortización General de Madoz (1855-1867)
Esta desamortización se inició en el Bienio Progresista con la Ley de 1855. Fue una desamortización religiosa y civil: se liquidaron los bienes del clero y se pusieron a la venta los bienes de propios de los ayuntamientos.
Madoz pretendía con estas desamortizaciones:
- Reducir la deuda pública.
- Financiar la construcción de nuevas infraestructuras que modernizasen el país.
Las desamortizaciones tuvieron importantes consecuencias:
Consecuencias Sociales
La pretensión de crear una clase de campesinos propietarios no se cumplió en gran medida. Las desamortizaciones afectaron a las distintas clases sociales:
- El clero perdió buena parte de sus tierras.
- La nobleza y la alta burguesía fueron las grandes beneficiadas, al adquirir las tierras desamortizadas a bajos precios.
- Del pueblo llano, solo un pequeño grupo de campesinos, principalmente del norte, pudo comprar algunas tierras. El número de jornaleros creció considerablemente.
Consecuencias Económicas
Entre 1845 y 1880, se apreció un aumento de la superficie cultivada y un incremento de la producción de cereal, lo que permitió el autoabastecimiento del mercado interior y la exportación.
El Manifiesto de los Persas (1814)
El texto a comentar es un fragmento del Manifiesto de los Persas, un documento que recoge la ideología absolutista. Fue firmado por 69 diputados y pedía la abolición de la Constitución de 1812 y la restauración del absolutismo. Por tanto, se trata de un autor colectivo.
Es un texto histórico-circunstancial, ya que su contenido se deriva directamente de los hechos con los que se relaciona y, además, posee un carácter político. El destinatario es el rey Fernando VII, que acababa de regresar a España tras la firma del Tratado de Valençay. Este texto fue redactado en Madrid, el 12 de abril de 1814.
En el texto se argumentan tres ideas principales, cada una de ellas situada en un párrafo:
- La primera idea es la denuncia a la situación política creada por las Cortes liberales. El desorden y la anarquía que, según los firmantes, sucedían a la muerte del monarca se utilizan como ejemplo para demostrar la necesidad de un gobierno fuerte.
- La segunda idea, incluida en el segundo párrafo, es que se ofrecen argumentos sobre los cuales fundamentan la defensa de la monarquía absoluta, como referencias históricas («Derecho de Conquista»), jurídicas y religiosas («Ley Divina»).
- La última idea, en el tercer párrafo, es la más importante y principal, que se concreta en dos peticiones: por un lado, abolir la Constitución de 1812 de Cádiz y, por otro, convocar unas Cortes Estamentales, como las del Antiguo Régimen, lo que es un claro recuerdo a las características de este.
El Convenio de Vergara (1839)
El Convenio de Vergara se trata de una fuente histórica primaria. Es un texto de carácter jurídico, cuyo contenido aborda cuestiones políticas y de orden militar. El texto puede considerarse público.
El documento nos presenta una serie de fragmentos del Convenio de Vergara, suscrito en 1839 por el general liberal Baldomero Espartero y por el general carlista Rafael Maroto.
La idea principal es el acuerdo de paz firmado por ambos contendientes, liberales y carlistas. Entre sus puntos clave se encuentran:
- El artículo 1.º incluía una promesa de mantenimiento de los fueros vascos y navarros.
- El artículo 2.º suponía el reconocimiento de los empleos, grados y condecoraciones de los oficiales y mandos que habían servido en el bando carlista.
- Por último, el artículo 4.º facilitaba el retiro o la licencia a generales, brigadieres, jefes y oficiales que hubieran servido en los ejércitos de Don Carlos.
El Real Decreto de 19 de Febrero de 1836 (Desamortización de Mendizábal)
Este es un texto de naturaleza jurídico-económica, cuya fuente es primaria y va destinado a la nación. El autor del decreto es Juan Álvarez Mendizábal. El decreto se realizó en Madrid, el 19 de febrero de 1836, en el Palacio del Pardo. Se trata de un documento público y su finalidad es el establecimiento de una sociedad capitalista que defienda la propiedad privada y la libre disponibilidad de la tierra.
El decreto se estructura en dos partes:
- La primera se corresponde con el primer párrafo, donde se explican las motivaciones y objetivos del decreto: crear la propiedad privada para conseguir disminuir la deuda pública y aumentar la producción y productividad.
- La segunda parte corresponde con su articulado:
- El artículo 1.º nos habla sobre aquellos bienes que serán desamortizados (bienes de las comunidades religiosas, propiedades eclesiásticas, etc.).
- El artículo 2.º habla sobre lo que no se va a desamortizar (edificios del gobierno, etc.).
La idea principal es la desvinculación de las tierras para crear una clase media agraria y, de esta manera, reducir la deuda pública.