Guerras Carlistas en España: Causas, Consecuencias y Leyes

Guerras Carlistas en España: Causas, Consecuencias y Leyes

Por tanto, una de las causas de esta guerra serían las dinásticas, aunque también las ideológicas, con el enfrentamiento entre liberales (Mª Cristina e Isabel II) y absolutistas (Carlos V). Los liberales eran grupos de ilustrados, burguesía y proletariado urbano sumados al apoyo material de Inglaterra, Francia y Portugal. Por otro lado, los carlistas eran campesinos, pequeña nobleza, clero y artesanos sumados al reconocimiento de Rusia, Prusia y Austria. La ideología carlista se dividía según este lema: Dios, patria, ley y fueros; y la defensa de la religión, la propiedad, el absolutismo y los fueros. Esta guerra se extiende por el País Vasco, Navarra, Cataluña, Aragón, Valencia y Castellón. Además, destacan acontecimientos como el Sitio de Bilbao, donde muere Zumalacárregui (carlista) o la Expedición Real a Madrid. La guerra tiene un punto final en La Batalla de Luchana con la victoria del ejército liberal de Espartero. Finalmente, el Convenio de Vergara (31 agos. 1839) pone fin a la guerra, con un acuerdo entre carlistas (Maroto) y liberales (Espartero) en el que unos aceptan a Isabel II y los otros aceptan el régimen foral. De todas formas, la guerra continuaría hasta 1840 en el frente mediterráneo por la negativa de Cabrera a aceptar dicho acuerdo (habían fusilado a su madre). El balance final de esta guerra fueron 200.000 muertos. Esta guerra trajo consigo también una serie de consecuencias, y para ello, es necesario mencionar estas cinco leyes:

Ley 19 sep. 37 (necesidad de adaptar los fueros a la Constitución de 1837).

Ley 25 oct. 39 (en la que se confirmaban los fueros vascos).

Ley Paccionada para Navarra 16 agos. 41 (se desmantelaba la foralidad navarra y perdían todas sus instituciones propias, mientras el viejo reino pasaba a ser una provincia).

Decreto de 29 oct. 41 (promulgado por Espartero en Vitoria y por el cual se cambiaba la situación jurídica de las tres provincias, eliminando casi todas sus peculiaridades políticas y administrativas, desmantelando las Diputaciones forales y prohibiendo las Juntas, pero dejando en vigor la exención fiscal y militar).

Decreto de 4 jul. 44 (devolución al País Vasco sus atribuciones perdidas, Diputaciones forales y Juntas Generales).

Cuando hablamos de los fueros hablamos de los usos y costumbres particulares de cada territorio, como las leyes o instituciones propias. Estos fueros sólo perduran en el País Vasco tras la Guerra de Sucesión (con los Decretos de Nueva Planta de Felipe V), mientras que la corona de Aragón pierde los suyos. Lo que plantean los fueros es un auténtico régimen de autogobierno sobre 3 pilares:

En primer lugar, la soberanía compartida, con un equilibrio de poderes entre el Rey y los territorios, desde el momento en que el rey tiene la obligación de jurar (poner en vigor) los fueros para ser reconocido como Señor. Algo muy significativo de esta situación era el Pase foral, mediante el cual toda orden real debía tener el visto bueno de las autoridades forales para tener efecto dentro del territorio.

En segundo lugar, Instituciones propias de marcado carácter representativo; el poder legislativo iba de la mano de las Juntas Generales (Cortes en Navarra) y el poder ejecutivo era cosa de las Diputaciones. En cuanto al representante del Rey, en Bizkaia y Gipuzkoa se llamaba corregidor, en Álava, diputado general y en Navarra, virrey.

En tercer lugar estaban los privilegios con los que contaban los territorios con fueros, estos consisten en la exención de impuestos y legislación en materia económica, exención militar y derecho civil propio. La situación de foralidad cambia en el País Vasco y Navarra con la implantación progresiva de las ideas liberales y de la mano de las guerras carlistas. En la Constitución de 1812, la primera Constitución de la Historia de España, se suprimían los Fueros para conseguir la igualdad de todos los españoles y todos los territorios. Estos, se verían restaurados en la época de Fernando VII (1814-1833), excepto en el trienio liberal (1820-1823).

Pasamos a hablar ahora de las tres guerras carlistas, tres guerras civiles que sucedieron en España tras la muerte de Fernando VII.

1ª Guerra Carlista (1833-1839/40): minoría de edad de Isabel II

El problema sucesorio creado por Fernando VII dejando el trono a su hija Isabel II (aboliendo la Ley Sálica por la Pragmática Sanción- la reina iba a ser Isabel II en vez de Carlos María Isidro) era lo que originaba esta primera guerra carlista.

2ª Guerra Carlista (1846-1849)

En esta segunda guerra carlista, el pretendiente era Carlos VI (Conde de Montemolín, hijo de Carlos Mª Isidro). Los escenarios de esta lucha son Cataluña, Aragón y El Maestrazgo (Castellón). En el País Vasco no se intervino al haber recuperado en 1844 sus atribuciones perdidas. Desde el principio fue condenada al fracaso ya que no contaba con ningún apoyo (ni ejército, ni población).

3ª Guerra Carlista (1872-1876): Sexenio revolucionario y Alfonso XII

En este caso, el pretendiente era Carlos VII (nieto de Carlos Mª Isidro); este tendría grandes apoyos en católicos y conservadores y tendría como causas principales la defensa de la tradición (fueros, religión y propiedad) y la situación política tan inestable del Sexenio revolucionario (fracaso de monarquía de Amadeo I de Saboya, I República, desamortización…). En cuanto a los escenarios principales de esta guerra serían el País Vasco, Navarra y Cataluña. Después del fracaso del acercamiento que supuso el Convenio de Amorebieta, la guerra sigue con acontecimientos como el Sitio de Bilbao (muere el general carlista Ollo) o la batalla de Montejurra (en la que ganan los carlistas). Finalizará esta guerra de la mano del pronunciamiento del general Martínez Campos en Sagunto, que reafirma la restauración monárquica en Alfonso XII. Esto acabaría por suponer la pérdida del apoyo de conservadores y católicos a Carlos VII (que acabaría optando por el exilio). Como consecuencias de esta 3ª Guerra Carlista, están la Ley Abolitoria de Fueros Vascos de 1876 (Cánovas del Castillo), a pesar de la defensa foral por parte de Mateo Benigno de Moraza, el 21 de julio de 1876 se publicaba esta ley que suprimía las exenciones fiscales y de quintas (con la excusa de que ese sistema histórico no era compatible con la nueva concepción uniforme del Estado). Las instituciones forales se mantuvieron hasta 1877, cuando las suprimieron. De todas formas, en 1878, cierta foralidad era recuperada gracias a los “Conciertos Económicos” (la parte económica de los fueros), sistema que se convirtió en una auténtica política fiscal propia de las diputaciones vascas. De cara a los años futuros, la derrota y posterior supresión de los fueros aumentó ese sentimiento fuerista vasco, el cual se reflejaría en la creación del Partido Nacionalista Vasco de Sabino Arana (1895), con una ideología basada en tres pilares fundamentales: raza, fueros y religión (“Jaungoikoa eta Lagizarrak”).

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