Ley de educacion primaria 1945

EL TRIENIO LIBERAL: REGLAMETNO GENERAL DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA DE 1821 Y PROYECTO DE REGLAMENTO GENERAL DE PRIMERA ENSEÑANZA DE 1822.

El levantamiento del coronel Riego el 1 de enero de 1820 motivo un cambio de política por parte de Fernando VIII jurando así la constitución de 1812.

De este modo, las nuevas cortes comienzan a ocuparse de los asuntos educativos del país, que aprovechando aquel proyecto de decreto presentado a las cortes en 1814, las nuevas cortes decretan ahora el Reglamento General de Instrucción Pública de 29 de Junio de 1821. De esta forma, se incluyo en las escuelas de niñas la enseñanza del cálculo, la lectura, la escritura y labores, y se atiende ya a la jubilación de los maestros, quedando la enseñanza primaria económicamente a cargo de los ayuntamientos y diputaciones provinciales.

El 6 de agosto de 1821, se creaba la Dirección General de Estudios, con Quintana a si cabeza, nombrando una comisión para el estudio de la situación educativa. Dicho estudio ponía de manifiesto un desorden en la enseñanza por la falta de uniformidad y seguridad en los métodos, que como consecuencia, en 1822, la Dirección General de Estudios publicó unas  orientaciones metodológicas para la instrucción primaria y más tarde  el Proyecto de Reglamento General de Primera Enseñanza, que debería observarse en todas las escuelas de primeras letras de la monarquía.

Todos estos proyectos liberales, de nuevo iban a ser rechazados ya que los absolutistas tomaron el poder y otra ideología iba a conducir la política educativa española.

3. ÉPOCA DE ISABEL II E IMPLANTACIÓN DEL LIBERALISMO MODERADO

Esta época comienza con la guerra carlista que actuaria como freno de la instrucción. En 1834, la regente María Cristina decretaba la formación de una Comisión para encargarse de la enseñanza primaria. Se disponían dos tareas: el restablecimiento de las escuelas de enseñanza mutua y una escuela normal para instruir a los profesores de las distintas provincias.

3.1. PLAN GENERAL DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA DE 1836 O DEL DUQUE DE RIVAS

En 1834, la Inspección de Instrucción Publica era sustituida por una Dirección General de Estudios, presidida por Quintana. Esta se encargo de confeccionar un plan general de estudios, conocido como el Plan del Duque de Rivas.

Este plan abarcaba los tres niveles de la instrucción. La enseñanza primaria (pública o privada), quedaba dividida en elemental (religión, moral, escritura y lectura, reglas aritméticas y gramática) y superior (historia, aritmética y geometría, geografía e historia natural). Cuando la enseñanza no abarcaba todas las materias, recibía el nombre de incompleta. Los requisitos para el magisterio eran tener veinte años, título de maestro y certificado de buena conducta.

Se establecía un criterio de gratuidad, por el cual los niños pobres serian admitidos gratuitamente en la escuela primaria elemental. Esto ponía de manifiesto la concepción clasista de la educación, principio muy diferente al del “Informe Quintana”, que el propio duque de Rivas justificaba afirmando que la gratuidad universal anteriormente no obtuvo los frutos esperados.

La libertad en torno a la apertura de escuelas privadas, de primaria e incluso secundaria, era absoluta, solo debía notificarse a la autoridad civil local; no siendo así en el caso de la enseñanza superior, encomendada al Estado.

La formación de docentes quedaba contemplada disponiendo la creación de una Escuela Normal Central y otras en las distintas provincias. La Central, tendría por misión la formación e maestros para las demás escuelas normales así como las escuelas primarias. Las escuelas de niñas quedaban a la espera de un decreto especial, pues este plan era contrario a la coeducación.

Tras el motín de la Granja, la regente se vio obligada a restablecer la Constitución de 1812, derogando el plan del duque de Rivas.

SEGUNDA ETAPA ABSOLUTISTA: PLAN DE ESCUELAS O REGLAMENTO GENERAL DE PRIMERAS LETRAS DE 1825


Los proyectos de institución pública como elemento básico del estado desarrollados por los liberales en 1812 e impulsados en el Trienio Liberal (1920-1923), vuelven a derrumbarse cuando Fernando VII, en 1923 restaura la Monarquía Absoluta, que durara 10 años más.

Entre los principales aspectos de cambios producidos destacan las represalias tomadas contra el bando opuesto. Se llevo a cabo un proceso de purificación o depuración (exámenes de conducta moral a funcionarios, políticos y estudiantes) para la continuación o no en el cargo, en función de los resultados.Se restablece la orden de 1815, la cual, confecciona un plan de estudios general promulgando así 3 planes de enseñanza, los planes de Calamarde:

Plan de estudios literario y arreglo general de universidades (1924)Plan de escuelas o reglamento general de primeras letras (1925)Plan para escuelas de latinidad y colegios de humanidades (1926).En  este periodo hubo mucha influencia liberal y es que, el Plan Calamarde, permitió la libre enseñanza, se aumento el carácter centralizado de la enseñanza (tan criticado por el absolutismo), se mantuvieron los órganos encargados de la educación impuestos por el liberalismo (aunque con diferente nombre) y por uniformidad con el plan, se aplica a las escuelas. Hemos de destacar que ambos partidos impedían la coeducación.

Entre las diferencias encontradas, destaca la financiación  de la enseñanza primaria, y el protagonismo que se le concede al clero para el control de la misma, diferenciándose enormemente la planificación de la instrucción secundaria y superior entre liberales y absolutistas.

En resumen, la obra absolutista de este periodo contenía muchos rasgos liberales, prestando atención a la enseñanza y a los maestros, y más concretamente a la enseñanza primaria, notablemente abandonada.

Sería el primer plan de enseñanza primaria puesto en vigor, aunque no por ello se obtenían los resultados previstos.

3.2. PLAN DE 1838 Y REGLAMENTO DE ESCUELAS PÚBLICAS DE INSTRUCCIÓN PRIMARIA ELEMENTAL

 Constituidas las Cortes, Someruelos, nuevo ministro de gobernación, presentaba dos proyectos de ley, uno para la enseñanza primaria y otro para la secundaria y superior, de los cuales solo prosperó el primero, que recogía los principios educativos del moderantismo liberal y fue aprobado tras el retoque de ciertos artículos.

Este plan, concretaba el número de niños pobres que podían acudir a la escuela primaria superior en una decima parte del total, preveía la formación de una comisión de exámenes, y apuntaba la necesidad de crear escuelas de párvulos y escuelas de adultos.

Poco después se publicaba el Reglamento de las Escuelas Públicas de Instrucción Primaria elemental, y no de superior, debido a que el primero era el destinado al pueblo y debido también a la dificultad de que las escuelas primarias superiores se pudieran establecer en un tiempo próximo. El reglamento deja, en un principio, libertad para la elección de los textos escolares, lo que supuso un problema, por lo que en junio se publico una lista de textos entre los que se debería elegir.

Referente a la organización de la escuela (unitaria o graduada), se hacía necesario una división u organización de los alumnos en subgrupos que hicieran posible su enseñanza. Se reglamentaban tres divisiones principales según la edad e instrucción, divisiones que llevan unidas la necesidad del sistema de enseñanza mutua o la combinación de este con el secundario. Para el control y estimulo de los alumnos se disponía que además de exámenes privados, se realizaran otros públicos, en julio y diciembre.

Aunque el plan preveía la formación de un reglamento para las escuelas de niñas, este no llego a publicarse, lo que causaría graves perjuicios a los intereses del Estado.

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