Real decreto declarando la venta de bienes del clero

TEXTO Nº 4. COMENTARIO DE TEXTO DE LA DESAMORTIZACIÓN DE MENDIZÁBAL. REAL DECRETO DECLARANDO LA VENTA DE BIENES DEL CLERO (19 DE Febrero DE 1836). Atendiendo a la necesidad y conveniencia de disminuir la deuda pública consolidada, y de entregar al interés individual la masa de bienes raíces, que han venido a ser propiedad de la Nacíón, a fin de que la agricultura y el comercio saquen de ellos las ventajas que no podrían conseguirse por entero en su actual estado (…) conformándome con lo propuesto por el Consejo de Ministros, en nombre de mi excelsa hija la reina doña Isabel II, he venido en decretar lo siguiente: Artículo 1. Quedan declarados en venta desde ahora todos los bienes raíces de cualquier clase que hubiesen pertenecido a las comunidades y corporaciones religiosas extinguidas y los demás que hayan sido adjudicados a la Nacíón por cualquier título o motivo (…) Artículo 2. Se exceptúan de esta medida general los edificios que el gobierno destine para el servicio público o para conservar los monumentos de las artes, o para honrar la memoria de hazañas nacionales. El mismo gobierno publicará la lista de los edificios que con este objeto deben quedar excluidos de la venta pública. CLASIFICACIÓN El texto es una fuente primaria, escrita en el momento en el que se realizan los acontecimientos. Es de tipo legislativo. El autor del texto es Mendizábal, presidente del Consejo de Ministros durante la regencia de Mª Cristina de Borbón, quien plantea como solución para financiar las guerras carlistas y mejorar el déficit de la Hacienda la desamortización de los bienes eclesiásticos del clero regular.
Mendizábal es un liberal radical (progresista), llamado por la regente ante la incapacidad de los liberales moderados (Cea Bermúdez, Martínez de la Rosa) para hacer frente a la difícil situación militar, política y sobre todo económica. El ministro era partidario de la libertad económica (ideas de Adam Smith) y por lo tanto veía en las tierras de “manos muertas” un grave problema que impedía a la agricultura española salir del atraso en la que se encontraba. Contexto histórico En este texto se trata de justificar la necesidad de la desamortización durante la regencia de Mª Cristina de Borbón, madre de Isabel II. Mª Cristina fue la cuarta esposa de Fernando VII, tuvo con él dos hijas, Isabel y Luisa Fernanda. Fernando declara la “Pragmática Sanción”, que anulaba la Ley Sálica impuesta por Felipe V, para que pudiera gobernar su hija Isabel. A esta medida se opone Carlos Mª Isidro de Borbón, hermano del rey, lo que llevó a Mª Cristina a buscar el apoyo en los liberales. Al morir el rey estallará la guerra entre partidarios de Isabel y de Carlos María, dando lugar a la primera Guerra Carlista (1833-39),acabando en el Convenio de Vergara de 1839, donde los liberales se comprometen al mantenimiento de los fueros y a integrar a los oficiales carlistas en el ejército. 2 Análisis Y COMENTARIO. En el artículo 1 se declaran en venta los bienes del clero regular, que era además mayoritariamente fiel al carlismo. Con esta medida se pretende poder hacer frente al pago de la deuda pública. La hacienda pública, se encuentra exhausta ante los gastos producidos por la primera Guerra Carlista (1833-1840). La venta de las tierras del clero regular (órdenes monásticas) consideradas como “manos muertas”, poco productivas, estaban destinadas a personas que les fueran a sacar un rendimiento mayor, produciendo un aumento de la riqueza de la nacíón. Esta medida animaría la economía del país en otros sectores como el comercio e industria. En el artículo 2 se señalán las exclusiones: edificios para el servicio público, obras de arte, etc. El principal motivo de esta ley es establecer un proceso de reforma agraria contra las “manos muertas”, o sea, tierras y bienes que no se podían comprar ni vender por ser de la Iglesia, de los municipios o de los mayorazgos. Esto ya lo habían ideado los ilustrados y hasta se habían tratado de realizar algunos proyectos, como el de Godoy, para salir del tradicional atraso del campo español. Las desamortizaciones fueron tres: la de Mendizábal (1836) contra los bienes del clero regular, la de Espartero (1841) contra los bienes del clero secular y la de Madoz (1855) sobre bienes municipales. VALORACIÓN La salida al mercado de las tierras del clero regular pretendía aumentar el número de campesinos propietarios, pero las cosas no ocurrieron así. Al ser el procedimiento de venta las subastas públicas, las propiedades iban a parar a los que tenían más riqueza. De esta manera grandes cantidades de tierra fueron a parar a la alta burguésía y a la nobleza latifundista, al no disponer los campesinos sin tierra de recursos suficientes para participar en dichas subastas. Estas medidas significaron: • La introducción de la agricultura en el sistema capitalista liberal, basado en la libertad de propiedad, de explotación y comercio. • Un fracaso a la hora de solucionar el gran problema social de España, confirmando el mal reparto de la tierra, especialmente en el sur y centro de España, donde imperaba el latifundismo, ya que en el norte y este había más pequeños propietarios. • Un aumento de la producción debido a que aumenta la superficie cultivable.

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