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Mendizábal y Madoz Comparación: Coincidían en la necesidad de obtener recursos económicos para el Estado y en que fueron acometidos por los progresistas.Diferen: La situación de urgente necesidad en la que se vio el gobierno progresista de Mendizábal : las guerras carlistas. Sin los apuros anteriores de Hacienda, lo recaudado en la de Madoz se dedicó a la industrialización del país, y en concreto, a la expansión del ferrocarril. La de Mendizábal afectó solo al clero y de Madoz, se llamaba “general” porque se ponían en venta todas las propiedades de la Iglesia, que no habían sido vendidas en la etapa anterior; los bienes de propiedad municipal, y en definitiva, todos aquellos bienes que permanecieran amortizados.Objetivos:O.Económico: Ampliar la cantidad de tierra disponible en el mercado O.Financiero: Mejorar la Hacienda pública a través del dinero recaudado.O.Político: ampliar el número de simpatizantes del liberalismo, creando un sector de propietarios que se sintieran unidos al régimen liberal isabelino, en el caso de la de Mendizábal. O. Sociales: crear una clase media agraria de campesinos propietarios. Finalmente, hubo un importante trasvase de propiedad de la tierra en este proceso, pero no se consiguió una mejora en la productividad agraria, puesto que los nuevos propietarios (la burguésía) no invirtió en su modernización, sino que utilizó sus nuevas tierras para el cobro de rentas . Tierras de propiedades privadas, pero de pocas manos, fuera diezmos.Estatuto Real de 1834 y Constituciones 1837 y 1845: E. Real no era una constitución, sino una “Carta Otorgada”, una concesión gratuita del monarca. El Estatuto era una convocatoria de Cortes con dos Cámaras (Próceres y Procuradores). La Corona no renunciaba a su soberanía; las Cortes sólo podían legislar a propuesta del monarca, que era quien las convocaba. El sufragio era censitario y muy minoritario; no hay mención de los derechos de los ciudadanos. Consti1837,carácter progresista, recuperaba algunos aspectos de 1812, aunque pretendía el consenso entre las dos corrientes liberales: progresistas y moderados. La soberanía se atribuía conjuntamente a las Cortes y al rey. El parlamento se dividíó en dos cámaras: Congreso de los Diputados y Senado. El sufragio censitario siguió minoritario. Se establece la libertad de culto y más libertades. Durante la regencia de M Cristina. Consti1845 Durante el gobierno de Narváez. De corte moderado. Establecíó la soberanía compartida, (corte – rey) la unidad católica en España, sufragio Censitario y supresión de milicia nacional, las libertades se restringen respecto al 37. El Senado pasó a ser enteramente elegido por designación real entre las oligarquías. El Ejecutivo está en manos de la reina, mientras que el legislativo lo comparte con las Cortes. Se recoge una declaración de derechos pero no se desarrollan.


Consti democrática de 1869: Es un texto con 112 artículos, Establece en el preámbulo la soberanía nacional de base popular y proclamaba la división de poderes y una amplia declaración de derechos.Regulaba todos los derechos individuales: los de libertad de cultos, de reuníón y asociación, de residencia, de enseñanza, de expresión y de inviolabilidad del domicilio. Establecía el sufragio universal masculino. Se instauró el sistema bicameral. Congreso y Senado se elegían por sufragio universal masculino, pero solo podían ser senadores los mayores contribuyentes y las “altas capacidades”. El rey tenía atribuciones semejantes a las recogidas en constituciones anteriores, pero estaba sujeto a la soberanía nacional, de la cual emanaban todos los poderes del Estado. Se planteó la necesidad de una nueva dinastía distinta a los Borbones. Esta búsqueda marcó la vida política de España hasta finales del 1000 870.4 años de vigencia. conflictos del Sexenio y conse políticas:Sexenio Democrático (1868 – 1874) Conse.Poli: se formó un gobierno provisional Y tras esto una regencia dirigida por Serrano. Durante este periodo Prim fue a Italia a buscar a un nuevo rey, de dinastía borbónica, Amadeo de Saboyá, pero este solo estuvo un año por todos los conflictos que había. «guerra larga de Cuba»,1868 – 1878, liderada por Céspedes («el grito de Yara»), finalizada ya en la etapa de la Restauración con la Paz de Zanjón. Detrás del conflicto estaba la abolición de la esclavitud, pero el sistema productivo cubano, según los grandes hacendados españoles, no podía prescindir de la mano de obra esclava. El conflicto no se cerró definitivamente. III guerra carlista (1872 – 1876) aprovechará la debilidad del Sexenio para intentar crear hasta un Estado alternativo en las provincias vascas y Navarra. Sus consecuencias serán que con la llegada de la centralizadora Restauración se podrá fin al sistema foral vasco.
movimiento cantonal
(1873) se desarrolla en plena República, con el levantamiento de muchas ciudades y pueblos levantinos y andaluces reclamando su independencia. El más importante se dará en Cartagena y sobrevivirá más de un año. Estos levantamientos cantonales entierran definitivamente el intento de levantar una estructura federal en España (impulsada por Pi y Margall) y abren las puertas a la vuelta de los Borbones, en la persona de Alfonso XII, dando inicio al período de la Restauración.

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