Constitución de 1812, Convenio de Vergara y desamortización de 1836: contexto, ideas y consecuencias
Texto 1 — Algunos artículos de la Constitución de 1812
Contextualización
El texto se enmarca en el contexto de la crisis del Antiguo Régimen en España a comienzos del siglo XIX y, más concretamente, en la Guerra de la Independencia (1808-1814). Esta crisis se inicia durante el reinado de Carlos IV, marcado por la influencia de su válido, Manuel Godoy, cuya política exterior de alineación con Francia frente a Inglaterra provocó derrotas militares como Trafalgar (1805) y un creciente descontento interno.
La situación se agravó con el Tratado de Fontainebleau (1807), que permitió la entrada de tropas francesas en España con la excusa de invadir Portugal. Napoleón aprovechó la ocasión para intervenir en los asuntos internos del país y desencadenó una crisis dinástica que culminó con el motín de Aranjuez (1808), la caída de Godoy y la abdicación de Carlos IV en su hijo Fernando VII. Poco después, ambos fueron llevados a Bayona, donde Napoleón consiguió que renunciaran a la corona en su favor y entregó el trono a su hermano José I Bonaparte. Estas abdicaciones de Bayona crearon un vacío de poder que provocó el levantamiento popular del 2 de mayo de 1808 y el inicio de la Guerra de la Independencia.
Ante la ausencia de autoridad legítima, surgieron juntas provinciales de defensa que organizaron la resistencia frente al invasor y, posteriormente, se creó la Junta Suprema Central (1808) para coordinar la lucha. Además de dirigir la guerra, estas juntas asumieron funciones políticas, ya que no reconocían el gobierno de José Bonaparte. En este contexto, y ante el hundimiento del Estado, la Junta Central impulsó una consulta al país que señalaba a los gobiernos de Carlos IV como responsables de la crisis y planteaba la necesidad de reformas que limitasen el poder del monarca.
Finalmente, tras la disolución de la Junta Suprema y la creación de una regencia, se convocaron Cortes en Cádiz en 1810, única ciudad que resistía el asedio francés con ayuda británica. A pesar de las dificultades del contexto bélico, se reunieron unos 300 diputados y se acordó que las Cortes serían unicamerales y no estamentales, lo que ya suponía una ruptura con la tradición del Antiguo Régimen. En ellas predominó una mayoría liberal que defendía la soberanía nacional y la necesidad de elaborar una constitución que sentara las bases de un nuevo sistema político.
Durante más de tres años, las Cortes desarrollaron una intensa labor legislativa destinada a liquidar jurídica y políticamente el Antiguo Régimen y a sentar las bases del primer sistema liberal español.
El resultado principal de este proceso fue la Constitución de 1812, promulgada el 19 de marzo de 1812, que establecía la soberanía nacional, la división de poderes y una monarquía limitada, convirtiéndose en la primera carta magna de la historia de España y en un referente del liberalismo europeo.
Idea principal
La idea principal del texto es la construcción de un nuevo orden político liberal que sustituye al Antiguo Régimen, afirmando que la soberanía reside en la nación y no en el monarca, con el objetivo de fundar un Estado basado en la igualdad jurídica, la división de poderes y la representación nacional.
Más allá de los artículos concretos, el texto expresa la voluntad de las Cortes de Cádiz de redefinir la legitimidad del poder: el rey deja de ser dueño del Estado y pasa a estar limitado por la ley y por las Cortes. La Constitución no solo organiza instituciones, sino que pretende modernizar España, acabar con los privilegios estamentales y crear un marco legal propio del liberalismo político.
Es, por tanto, un texto revolucionario porque rompe con la soberanía como atributo real y establece que todos los ciudadanos son iguales ante la ley, iniciando la transformación del Estado absolutista en un Estado liberal.
Consecuencias
La Constitución de 1812 y la labor de las Cortes de Cádiz tuvieron como consecuencia inmediata la abolición jurídica del Antiguo Régimen. Se suprimió el régimen señorial, los privilegios estamentales y las trabas económicas propias del sistema feudal, introduciendo medidas cercanas al liberalismo económico como la libertad de comercio, industria y trabajo.
Sin embargo, su aplicación práctica fue limitada. La guerra dificultó la puesta en marcha de muchas reformas y la Constitución encontró una fuerte oposición de los sectores absolutistas. Al finalizar la guerra, el regreso de Fernando VII en 1814 frustró la experiencia liberal y supuso la restauración del absolutismo.
A pesar de su corta vigencia, la Constitución de 1812 se convirtió en una referencia del liberalismo en España y en el mundo hispano, sirviendo de modelo político e ideológico para movimientos posteriores y dejando como herencia la idea de soberanía nacional y de Estado constitucional.
Texto 3 — Convenio de Vergara (31 de agosto de 1839). Cuartel general de Vergara
Contextualización
El texto se sitúa en el contexto de la minoría de edad de Isabel II y de la Primera Guerra Carlista (1833-1840), conflicto que marcó el inicio de la revolución liberal en España. A la muerte de Fernando VII en 1833 se abrió un problema sucesorio, ya que los partidarios de su hermano, Carlos María Isidro, no aceptaron a Isabel II como heredera. Los carlistas proclamaron rey a Don Carlos y se alzaron en armas, iniciando una guerra civil que enfrentó a los defensores del absolutismo con los partidarios del liberalismo.
El carlismo defendía una ideología tradicionalista y antiliberal resumida en el lema «Dios, Patria, Rey y Fueros», basada en la monarquía absoluta, la preeminencia social de la Iglesia, la sociedad estamental y la conservación del sistema foral. Frente a ellos, la causa isabelina contó con el apoyo de la alta nobleza, funcionarios y sectores liberales. La regente María Cristina se vio obligada a buscar el respaldo de los liberales, cediendo a sus demandas políticas, lo que aceleró la implantación del sistema liberal.
La guerra se desarrolló principalmente en Navarra y el País Vasco, y pasó por dos fases. En la primera, los carlistas, dirigidos por el general Zumalacárregui, lograron importantes triunfos militares en el norte. Sin embargo, tras su muerte, el conflicto empezó a decantarse hacia el bando liberal gracias a la intervención del general Baldomero Espartero, que levantó el sitio de Bilbao y debilitó la resistencia carlista.
Las derrotas militares y el desgaste del conflicto provocaron divisiones internas en el carlismo entre los transaccionistas, favorables a pactar, y los intransigentes, partidarios de continuar la guerra. El general carlista Rafael Maroto, líder de los transaccionistas, negoció con Espartero la firma del Convenio de Vergara (1839), sin el consentimiento de Don Carlos. El acuerdo establecía el mantenimiento de los fueros vascos y navarros y la integración de los oficiales carlistas en el ejército isabelino, lo que supuso en la práctica el final de la guerra en el norte, aunque algunos focos resistieron hasta 1840.
Idea principal
La idea principal del texto es sentar las bases que ponían fin a la Primera Guerra Carlista, mediante un acuerdo político y militar entre liberales e insurrectos carlistas que permitía la integración de estos últimos en el nuevo Estado liberal y consolidaba la victoria del bando isabelino.
Más allá de un simple pacto militar, el Convenio de Vergara representa el triunfo del liberalismo frente al absolutismo y la aceptación práctica de la construcción del Estado liberal iniciado durante la regencia de María Cristina.
Consecuencias
El Convenio de Vergara tuvo como consecuencia inmediata el fin de la Primera Guerra Carlista en el norte y la consolidación militar del bando liberal. Permitió la integración de numerosos oficiales carlistas en el ejército real, lo que facilitó la pacificación del país y reforzó la autoridad del gobierno isabelino.
En el plano político, la victoria liberal favoreció la implantación definitiva del sistema constitucional, culminado con la Constitución de 1837, que proclamaba la soberanía nacional y configuraba un régimen parlamentario. El triunfo sobre el carlismo eliminó el principal obstáculo armado a la construcción del Estado liberal.
Sin embargo, el compromiso sobre los fueros fue parcialmente incumplido. En 1841, los fueros vasco-navarros fueron recortados sustancialmente: Navarra perdió aduanas, exenciones fiscales y sus instituciones propias, aunque se mantuvieron ciertos privilegios fiscales y la exención del servicio militar. Estas tensiones forales alimentaron conflictos posteriores y explican la persistencia del carlismo a lo largo del siglo XIX.
A largo plazo, el Convenio de Vergara simbolizó la victoria del liberalismo y el inicio de una nueva etapa política en la que el ejército se consolidó como actor decisivo en la vida política española.
Texto 4 — Real decreto de desamortización (1836)
Contextualización
El texto se sitúa en el contexto de la regencia de María Cristina (1833-1840), durante la minoría de edad de Isabel II, en plena construcción del Estado liberal tras la muerte de Fernando VII. Este periodo estuvo marcado por la crisis del Antiguo Régimen, la implantación del liberalismo y la Primera Guerra Carlista, que agravó la ya delicada situación financiera del Estado.
Desde el punto de vista económico, la España del siglo XIX estaba caracterizada por una crisis estructural heredada del Antiguo Régimen: una agricultura poco productiva, grandes propiedades amortizadas en manos de la Iglesia y los municipios, una débil industrialización y una Hacienda pública crónicamente endeudada. La guerra, la inestabilidad política y la pérdida del imperio colonial agravaron esta situación.
En este contexto, el liberalismo defendía la necesidad de transformar la estructura económica mediante la privatización de la propiedad y la creación de un mercado nacional. La desamortización fue el principal instrumento para lograrlo. Se trataba de un proceso por el cual los bienes en manos de instituciones eclesiásticas, municipios y corporaciones pasaban a propiedad privada mediante su expropiación y posterior venta en subasta.
Los antecedentes de la desamortización se remontan al siglo XVIII, cuando las ideas ilustradas promovieron la liberación de tierras amortizadas para aumentar la productividad. Durante el reinado de Carlos IV, Godoy impulsó medidas limitadas, y José I Bonaparte decretó expropiaciones para financiar su gobierno. Las Cortes de Cádiz iniciaron el proceso, pero fue interrumpido por la restauración absolutista. Durante el Trienio Liberal se retomó, aunque de nuevo quedó paralizado con el regreso de Fernando VII.
La desamortización de Mendizábal de 1836 fue la primera gran operación desamortizadora del liberalismo español. Su objetivo principal era incrementar los ingresos del Estado en un contexto de crisis financiera crónica, reducir la deuda pública y financiar los gastos derivados de la guerra carlista. Al mismo tiempo, pretendía crear una nueva clase de propietarios afín al régimen liberal y fomentar la productividad agrícola mediante la puesta en el mercado de tierras hasta entonces improductivas.
Idea principal
La idea principal del texto es establecer y justificar la desamortización de los bienes eclesiásticos como una medida liberal destinada a solucionar la grave crisis económica del Estado, reducir la deuda pública y dinamizar la economía mediante la puesta en circulación de tierras amortizadas.
El propio preámbulo del decreto justifica la situación económica del momento cuando afirma la necesidad de “disminuir la deuda pública consolidada” y de entregar los bienes a la iniciativa privada para que agricultura y comercio obtengan mayores beneficios (líneas iniciales del texto).
El Real Decreto, promulgado por Mendizábal durante la regencia de María Cristina en nombre de Isabel II, ordena la venta de los bienes pertenecientes a comunidades religiosas extinguidas y otros bienes nacionales, exceptuando los destinados al servicio público o artístico. Su finalidad es transformar la estructura económica heredada del Antiguo Régimen, impulsar la economía de mercado y reforzar el nuevo Estado liberal, regulando además el sistema de pago para facilitar la compra de las propiedades.
Consecuencias
La desamortización de Mendizábal tuvo importantes consecuencias económicas, sociales y políticas. En el plano financiero permitió aliviar parcialmente la deuda pública y obtener recursos para sostener la guerra carlista, aunque no resolvió de forma definitiva los problemas de la Hacienda.
Socialmente, favoreció el ascenso de una burguesía propietaria, que se convirtió en uno de los pilares del régimen liberal. Sin embargo, los campesinos apenas se beneficiaron del proceso, lo que aumentó la desigualdad en el campo y mantuvo tensiones sociales.
Políticamente, la desamortización debilitó el poder económico de la Iglesia y reforzó la autoridad del Estado liberal. Supuso una ruptura definitiva con las estructuras del Antiguo Régimen y consolidó la propiedad privada como base del nuevo sistema económico.
A largo plazo, el proceso contribuyó a la modernización del mercado de tierras y a la implantación de relaciones capitalistas en el campo, aunque sin resolver los problemas de productividad agrícola ni la cuestión social campesina.