Constitución de 1812: Información y análisis de un texto jurídico

1812: Clasificación: Forma: Es informativo, ya que al ser un texto legal, pretende informar. Contenido: Es un texto de carácter jurídico y de contenido jurídico. Origen: Fuente original no ha sido comentado ni alterado, es una constitución, por lo que es público. Autor: Colectivo, los 184 diputados convocados en las Cortes de Cádiz por el consejo de regencia. Destinatario: Toda la nación española. Intención: Informar sobre la nueva constitución. Comentario: Ante el vacío de poder provocado por las Abdicaciones de Bayona, así como el rechazo a José Bonaparte, se produce un doble proceso: la guerra de Independencia para expulsar a los franceses del país. Por otro lado, la formación de juntas provinciales y sociales por todo el país coordinadas por la junta suprema central. Análisis: En el Art. 1 aparece el concepto de «nación española», definida como el conjunto de todos los ciudadanos, sin hacer distinción entre los españoles de los dos hemisferios. Art. 2. la Nación se declara libre e independiente y no podía ser considerada propiedad de ninguna familia real- como en el Antiguo Régimen. Art. 3 alude a la soberanía nacional que corresponde al conjunto de ciudadanos que mediante elecciones eligen a sus representantes. Art. 4 se citan derechos fundamentales del individuo que la Nación debe proteger, como la libertad y la propiedad, considerada un derecho sagrado e inviolable. Art. 6 alude al patriotismo por la situación de guerra e invasión. Art. 12 se refiere al concordato del Estado, con la religión católica para el apoyo de la Iglesia. Art. 15, 16, 17 mencionan la división de poderes: en el 15 habla del poder eclesiástico, el 16 el poder ejecutivo y el 17 del poder judicial. Art. 27: Cambia el sistema de composición de las cortes pasando de ser por estamentos a ser diputados elegidos por sufragio universal. Art. 172: No impide la celebración de las cortes porque no confían en que el rey acepte este proceso liberal y en la 3º prohiben al rey ceder la corona refiriéndose a las Abdicaciones de Bayona porque la soberanía es de la nación. Con: La constitución apenas tuvo vigencia debido a que al ser una situación de guerra no se pudo aplicar en todo el país. Y cuando termina la guerra el rey FVIII abolió el trabajo de las cortes de Cádiz.



conjunto de ciudadanos que mediante elecciones eligen a sus representantes. Art. 4 se citan derechos fundamentales del individuo que la Nación debe proteger, como la libertad y la propiedad, considerada un derecho sagrado e inviolable. Art. 6 alude al patriotismo por la situación de guerra e invasión. Art. 12 se refiere al concordato del Estado, con la religión católica para el apoyo de la Iglesia. Art. 15, 16, 17 mencionan la división de poderes: en el 15 habla del poder eclesiástico, el 16 el poder ejecutivo y el 17 del poder judicial. Art. 27: Cambia el sistema de composición de las cortes pasando de ser por estamentos a ser diputados elegidos por sufragio universal. Art. 172: No impide la celebración de las cortes porque no confían en que el rey acepte este proceso liberal y en la 3º prohiben al rey ceder la corona refiriéndose a las Abdicaciones de Bayona porque la soberanía es de la nación. Con: La constitución apenas tuvo vigencia debido a que al ser una situación de guerra no se pudo aplicar en todo el país. Y cuando termina la guerra el rey FVIII abolió el trabajo de las cortes de Cádiz.



Des: Clasificación: Forma: Es informativo, ya que al ser un texto legal, pretende informar. Contenido: Es un fragmento de un documento jurídico. Origen: Fuente original, no ha sido comentado ni alterado, es un documento público. Autor: Formalmente es MCristina, pero realmente fue Mendizábal. Destinatario: Toda la nación española. Intención: Conseguir la desvinculación de los bienes de la iglesia amortizados para ponerlos en circulación de nuevo y así afrontar la Deuda Pública que asfixiaba al estado. MoM: La situación en España era muy preocupante. La revolución liberal luchaba por abrirse paso en medio de enormes dificultades de todo tipo. Nos encontramos en un país con una economía débil y endeudada, sufriendo la ausencia de los ingresos por la reciente emancipación de las colonias americanas y dependiente de una agricultura escasamente modernizada y con unos bajísimos rendimientos. La población campesina, que es una gran parte de la población española, vive en una pobreza enquistada fruto, además, del problema de la propiedad de la tierra: los campesinos en su mayoría son jornaleros o arrendatarios. Finalmente, la amenaza se cierne sobre el Estado liberal bajo la forma de una guerra civil, la Guerra Carlista. Esta Guerra suponía un doble lastre: no solo amenazaba con volver a la España del Antiguo Régimen, sino que además suponía un gasto que el Estado difícilmente podía permitirse. Cuando tras el pronunciamiento de los sargentos de la Granja, Mª Cristina se ve obligada a entregar el Gobierno a los progresistas, Mendizábal será nombrado ministro de Hacienda y aprovechará para poner en marcha la desamortización eclesiástica a que se refiere el documento que nos ocupa. Además, con la desamortización se pretendieron otros objetivos que no por no aparecer en el texto fueron menos importantes, cuales fueron el ampliar la base social del liberalismo, obtener fondos para financiar la guerra carlista y asestar un golpe maestro a los poderes fácticos de la España del momento: la Iglesia y la nobleza. Hubo un aumento de la superficie cultivada, por tanto, solo pudieron ser adquiridas o bien por campesinos que ya eran propietarios o por burgueses, que solo buscaban en la tierra un valor seguro. En cualquier caso, no sirvió para resolver el problema de la propiedad de la tierra, sino que antes bien se consolidó la estructura latifundista del centro y sur de España. Se priorizó la consecución de ingresos para la necesitada hacienda pública antes que la solución del gravísimo problema social del campo español. Análisis y comentario: Idea principal: Coincide con apartado Intención en clasificación. 1º párrafo: La regente expone cuáles son los motivos de esta ley propuestos por el consejo de ministros, presidido por Mandizábal, para realizar una desamortización para sanear la deuda pública del trienio liberal. Art. 1: Declara que los bienes desamortizados son los que pertenecían al clero regular previamente incautado por el Estado, puestos en venta posteriormente. Art. 2: Proclama las excepciones de bienes cuya propiedad pasa a ser del Estado. Art. 13 y 14: Indican las condiciones de venta. El 13 obliga a un adelanto de dinero. El 14 habla del pago aplazado que servirá para sanear la deuda pública. Con: Como resultado de las desamortizaciones, muchos conventos e iglesias de valor artístico fueron abandonados, aumentando la mendicidad en España. No se consiguió la creación de una clase de pequeños propietarios, sino que las vidas de los campesinos y asalariados empeoraron con la revisión al alza de las rentas y endurecimiento de contratos por la obligatoriedad de pagar la renta en metálico y no en especie.



Per: Clasificación: Por su forma es informativo, ya que es un manifiesto. Por el contenido: Social y político. Por el origen: Fuente original ya que no ha sido alterado ni comentado. Es un documento público. Autor: Colectivo, 89 diputados absolutistas de los 100 que había (absolut). Destinatario: Texto público destinado a Fernando VII y por extensión a la nación española. Finalidad: Convencer a Fernando VII para anular lo acordado en Cádiz y restaurar el absolutismo. ¿Lo consigue? Al principio sí, pero luego vuelve al liberalismo. MoM: A comienzos de 1813, la catastrófica campaña de Rusia y la presión de las tropas angloespañolas dirigidas por Wellington llevaron a Napoleón a una estrategia de defensa del suelo francés amenazado por las potencias europeas. La estrategia llevó a negociar con FVII, en diciembre de 1813 formaron el tratado de Valencay por el que FVII se comprometía a respetar la paz con Francia, desalojar a las tropas inglesas de España, ser neutral en el conflicto en Francia y sus enemigos y no tomar represalias contra los afrancesados, a cambio Napoleón le devolvió la corona española. Así pues, FVII regresó a España para comenzar su reinado. Cuando entró en Valencia fue instado a jurar la Constitución. Pero también recibió presiones de altos cargos de la iglesia, militares y políticos para anular la constitución y los decretos de Cádiz y disolver las cortes. Un documento firmado por 69 diputados absolutistas llamado manifiesto de los persas, por la frase que lo encabezaba, expresaba al rey el desacuerdo de los firmantes con el poder de las juntas de defensa durante la Guerra de Independencia y la convocatoria de las Cortes de Cádiz que consideraban ilegal. Solicitaban a FVII el restablecimiento de las instituciones tradicionales y su colaboración con la aristocracia. Al día siguiente, el general Elio dejó a disposición del rey sus tropas para recuperar los derechos anteriores a la constitución de Cádiz, apoyados por civiles, militares y políticos. FVII promulgó el 4 de mayo de 1814 un decreto que anulaba las reformas de las Cortes incluida la constitución. Los liberales fueron incapaces de aportar resistencia y FVII comenzó la persecución de liberales acusándolos de «lesa majestad», condenándolos a cárcel o muerte. La persecución incluyó a afrancesados a pesar del tratado de Valencay. Análisis y comentario: Idea principal: Convencer a FVII para anular lo acordado en Cádiz y restaurar el absolutismo. 1º párrafo: Da nombre al manifiesto, se definen como un grupo de absolutistas fieles al rey. 2º párrafo: Trata la idea de que este tipo de gobierno que admite la libertad de expresión llegará a su fin cuando la discordia consuma los gobiernos. 3º párrafo: Los absolutistas utilizan argumentos liberales para defender el absolutismo. Según el firmante, el absolutismo ve al bien común y el liberalismo al individuo. 4º párrafo: La soberanía en el absolutismo depende del rey mientras que en el liberalismo depende de muchos, los firmantes mantienen que es más fácil equivocarse entre muchos que uno solo. 5º párrafo: Los firmantes quieren que las Cortes de Cádiz fueran anuladas y que regresara el absolutismo. Con: El fluctuante entendimiento entre liberales y su persecución pone de relieve el interés particular del monarca por el poder más que por intereses de la nación hasta el final de su reinado. En 1830, tras el triunfo revolucionario en Francia, reaparecieron en España algunos exiliados intentando restablecer el liberalismo. Contra ellos también actuó duramente el rey, con una gran represión. Antes de morir, FVII publicó la pragmática sanción que suspendía la ley sálica para permitir el reinado de su hija Isabel II en detrimento de su hermano Carlos María Isidro. Esto provocó las Guerras Carlistas que en más que un conflicto dinástico, supondría el enfrentamiento entre liberales y absolutistas durante el siglo XIX, con secuelas en el XX.



Verga: Clasificación: Por su forma es informativo, ya que todo convenio es un texto legal por lo que pretende informar. Contenido: Político, social, militar, económico. Origen: Fuente original ya que no ha sido alterado ni modificado y público ya que todo texto legal es público. Autor: Colectivo, Maroto y Espartero. Destinatario: Colectivo. Finalidad: No tomar represalias y así acabar con el Carlismo. No se consiguió, hubo 2 guerras más, llegando al carlismo hasta el siglo XX. MoM: FVII había designado sucesor a su hermano Carlos María Isidro. Pero en 1830 su esposa Mª Cristina quedó embarazada y ante la posibilidad de tener un heredero promulgó la pragmática sanción que suprimía la ley sálica, fue aprobada por las cortes en 1789 pero no se había hecho efectiva al faltar el trámite de su promulgación. Con la pragmática, heredaría su hija mayor, lo que recuperaría la tradición castellana. Isabel II nació en octubre de 1830 y fue proclamada heredera, lo que produjo malestar entre los partidarios de Carlos. Con una amnistía y algunas reformas políticas, FVII intentó ganarse el apoyo de los liberales para su hija al tiempo que destituía de los puestos de importancia a los partidos de su hermano. A la muerte de FVII, su hermano se proclamó rey y consiguió el apoyo de los voluntarios realistas. Comenzó así la 1ª guerra carlista, 7 años de guerra entre el absolutismo y el liberalismo. Los grupos sociales adscritos a una u otra ideología estaban al margen de quien fuese el aspirante al trono. En el bando carlista estaban todos los que se oponían a la revolución liberal (nobles rurales, campesinos y mitad del norte del país). En el isabelino, las altas jerarquías del ejército, iglesia, estado. Después se unieron los liberales mayoritariamente pertenecientes a la nobleza urbana, burguesía y profesionales. Durante esta 1ª guerra carlista, el ejército liberal recibió apoyo de Portugal, Francia y Reino Unido, formaron la cuádruple alianza. Este apoyo se concretó en armas, tropas y víveres. Por su parte, las potencias absolutistas de la Santa Alianza se limitaron a dar apoyo moral a los carlistas. Las acciones bélicas se centraron en el País Vasco, Navarra, interior de Aragón, Cataluña y Valencia. El verano de 1839, el general carlista Maroto rindió una parte importante de su ejército ante el general isabelino Espartero en un acto de concordia conocido como El abrazo de Vergara. Análisis y comentario: Idea principal: No tomar represalias y acabar con el Carlismo. Art. 1: Se crea un compromiso para contentar a los foralistas que han apoyado el bando carlista, sin embargo, esta promesa no se respeta. Art. 2: Trata de contentar a los soldados y acabar con la guerra carlista, permitiendo a los miembros de ese ejército incorporarse al isabelino o regresar a sus casas sin riesgo de represalia por parte del bando isabelino. Art. 4: Es una ampliación del anterior donde se expone que aquellos miembros del ejército carlista que se retiren recibirán su sueldo y mantendrán sus méritos, esto no contenta al bando carlista a pesar de la voluntad de Espartero de establecer un acercamiento. Con: Carlos V se exilió a Francia y el resto de las partidas carlistas desaparecieron. Este convenio se limitó a reconocer los grados y pagar a los miembros del ejército carlista que fueron licenciados en condiciones ventajosas o se incorporaron al ejército isabelino. Pero la cuestión foral y las demandas y terrores de la Iglesia y de la nobleza quedaban sin resolverse. Tampoco las aspiraciones de Carlos V. El absolutismo quedó como un movimiento de oposición residual que volvería a reaparecer tras otras 2 guerras carlistas ya sin opciones. La evolución del liberalismo quedó ligada a la victoria en la 1ª guerra carlista, lo que determinó el papel del ejército en la política durante el reinado de Isabel II y después.

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