Cuestion sucesoria fernando VII

Legislación social y económica de las Cortes de Cádiz

El liberalismo había penetrado en España procedente de Francia a partir del estallido de la revolución y pese a la censura oficial. Pero fue muy minoritario hasta que la guerra de Independencia brindó la oportunidad a quienes lo defendían de poderlo propagar más allá del limitado círculo en el que habían arraigado. En el ambiente revolucionario y patriótico de Cádiz, la obra legislativa de las Cortes contribuyó a la destrucción de los fundamentos del AR en el orden social, económico, político… y a la creación de un nuevo orden, por tanto se puede dividir en 2 aspectos: aquellos Decretos destinados a acabar con el AR (Legislación Ordinaria), y la encaminada a establecer las bases del nuevo orden político y social que esencialmente se concreta en la Constitución de 1812.Además de la Constitución, los Diputados de Cádiz llevaron a cabo una importante legislación ordinaria que dará origen y complementará el mismo texto constitucional. Dentro de esta legislación destaca:   -Decreto de 24 de septiembre de 1810. Es el decreto de creación de las propias Cortes generales y extraordinarias.

En él se determina por 1ª vez que la Soberanía Nacional reside en las Cortes. Se reconoce por único y legítimo rey a Fernando VII y se declara nula la cesión de la Corona en favor de Napoleón. Puede considerarse como el primer acto de la vida parlamentaria de la España contemporánea.   -Se procedió a la abolición del régimen jurisdiccional (agosto de 1811). Se eliminaron los derechos jurisdiccionales, pero en la práctica las tierras a ellos sujetas se convertían en propiedad privada de los señores, al no definirse con claridad qué pagos quedaban abolidos y cuáles no. Los señores salieron ganando, pues no hubieran podido demostrar la propiedad de esas tierras, y sin embargo sí sustituyeron los derechos señoriales por rentas sobre la tierra.   -También se decretó la eliminación del mayorazgo y se declaró la libre propiedad.

   -Se puso en marcha la desamortización de bienes propios y baldíos (enero de 1813) con el fin de amortizar deuda y recompensar a los militares retirados. No llegó a ser aplicada.   -La abolición de la Mesta, reconociéndose el derecho de los pueblos a acotar sus tierras comunales.   -Así mismo fueron suprimidos los gremios (junio de 1813). Se decretó el derecho a disponer del propio trabajo, acorde con los principios del liberalismo. Al mismo tiempo se establece la libertad de contratación, producción y comercio.

Pero bajo ese principio se abría también la puerta al libre empleo, lo que podía suponer abusos y explotación la de mano de obra.   -También se estableció la libertad de imprenta (noviembre 1810) antes de ser recogida en la Constitución. Se concebía como función al servicio de la opinión pública, aunque se excluían cuestiones religiosas que permanecían bajo control de la censura eclesiástica.   -Las Cortes aprobaron asimismo una abundante legislación religiosa, conscientes como eran los diputados de la necesidad de llevar a cabo una reforma de la Iglesia. Las Cortes establecieron el principio de intervención del Estado en un intento de conseguir un reparto más justo de sus rentas, mejorar la instrucción del clero… Entre las medidas adoptadas destacan:

La supresión de la Inquisición, la expropiación de bienes de obras pías y órdenes militares

; esto originó conflictos con el clero reaccionario que llevaron a dejar vacantes algunas sedes episcopales y a expulsar al nuncio del Papa.   Sin embargo, la mayor parte de estas medidas fueron derogadas en 1814, cuando, a la vuelta de Fernando VII, se restableció el absolutismo. Algunas volvieron a entrar en vigor durante el Trienio Liberal (1820-1823), para ser definitivas a partir de 1836.



El problema sucesorio al final del reinado de Fernando VII

El reinado efectivo de Fernando VII empieza en realidad en 1814, al finalizar la Guerra de la Independencia, y abarca hasta la muerte del rey en 1833. Este largo periodo suele subdividirse en 3 etapas: el sexenio absolutista (1814-1820), el trienio constitucional (1820-1823) y la década ominosa (1823-1833). En conjunto supuso un paréntesis de reacción, de intento de conservar el AR a toda costa por parte de los sectores más intransigentes del absolutismo, y frente a las esperanzas de modernización que los liberales habían puesto en Cádiz.   -Al finalizar el reinado, hacia 1830, el país continuaba sumido en el caos económico, tanto en el campo como en la ciudad. Sólo la industria textil catalana experimentaba un ligero crecimiento. Además, se producen conspiraciones liberales, animadas por el triunfo de la revolución en Francia (Espoz y Mina, Torrijos) que son abortadas. Sin embargo fue necesario por parte del Fernando VII admitir unas tímidas reformas (creación del Consejo de Ministros, introducción de un presupuesto formal…), lo que llevó a los partidarios del absolutismo más intransigente a criticar la postura demasiado blanda del rey, y el hecho de que mantuviera a ministros sospechosos de moderantismo. Poco a poco, los llamados realistas fueron radicalizando sus posturas y comenzaron a apoyar la candidatura al trono de Don Carlos, el hermano del rey, que conspiraba abiertamente por la Corona.   -En este contexto se desencadena la crisis sucesoria.

Fernando VII no había tenido descendencia de sus 3 primeros matrimonios. En 1829 se casa con su sobrina Mª Cristina, que a los pocos meses queda embarazada, planteándose abiertamente el problema sucesorio. Fernando VII, ya envejecido, queriendo garantizar la descendencia en su futuro hijo o hija, hizo publicar en marzo de 1830 la Pragmática Sanción, que eliminaba la Ley Sálica y restablecía la línea sucesoria de las Partidas, favorable a la sucesión femenina. Significaba poner en vigor una decisión aprobada por las Cortes en 1789, en época de Carlos IV, lo que, si bien era legal desde el punto de vista jurídico, no dejaba de ser una medida polémica por los años que habían pasado desde su aprobación. Los carlistas protestaron airadamente y Don Carlos consideró que la medida era ilegal y atentaba contra sus derechos al trono. Finalmente, se convierte en un conflicto de primera magnitud cuando nace la infanta Isabel, convertida en heredera.   -Por entonces, el enfrentamiento entre los partidarios del Rey y los carlistas había cristalizado en 2 partidos opuestos: por un lado los absolutistas moderados, aliados con los liberales y los sectores de la aristocracia partidarios de las reformas políticas y económicas, que apoyaban a la nueva reina, en quien veían la única posibilidad de cambio. Por otro lado, los absolutistas intransigentes que apoyaban al hermano del rey.   -En septiembre de 1832 se van a producir los llamados Sucesos de la Granja, cuando a través de intrigas palaciegas se consigue que Fernando VII, agonizante, firme la supresión de la Pragmática. Una vez recuperado, la volverá a poner en vigor. Inmediatamente destituye a los principales ministros carlistas (Calomarde es sustituido por Cea Bermúdez, absolutista moderado) al tiempo que la reina Mª Cristina es autorizada a presidir el Consejo de Ministros, se reabren algunas universidades que habían sido clausuradas y los capitanes generales más intransigentes son sustituidos por mandos fieles a Fernando VII. En abril Carlos abandona la Corte y se traslada a Portugal, antes de que Fernando le comunique oficialmente su destierro. Mientras Cea buscaba apoyos para la regente y su tímido proyecto reformista, en septiembre de 1833 muere Fernando VII. Con él muere también el absolutismo y se produce el estallido de una guerra civil, la primera guerra carlista.

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