El gobierno provisional convocó elecciones a Cortes Constituyentes en Enero

El proceso revolucionario: La Gloriosa 1868


En realidad, la Gloriosa no fue una revolución popular, sino uno más de los pronunciamientos militares de la época. Fue un golpe encabezado por los generales Serrano, Prim, Topete y Ros de Olano entre otros, que triunfó rápidamente al sumarse unidades a la sublevación. El apoyo popular vino después, cuando los partidos organizaron Juntas locales y provinciales, entregaron armas a la población y organizaron a los llamados Voluntarios de la Libertad.

El 19 de septiembre de 1868, la escuadra concentrada en la bahía de Cádiz al mando del brigadier Topete se sublevó, al grito de “España con honra”, contra el gobierno de Isabel II. Prim se reunió con los sublevados y rápidamente consiguieron el apoyo de la población de Cádiz. En los días siguientes, con tres fragatas, Prim fue sublevando sucesivamente Málaga, Almería y Cartagena. Rápidamente en muchas ciudades españolas (Sevilla, Córdoba, Huelva, El Ferrol, Barcelona, etc.) se constituyeron Juntas Revolucionarias que organizaron el alzamiento y lanzaron llamamientos al pueblo. Las consignas eran parecidas en todos los lugares: sufragio universal, supresión de las quintas, abolición de los consumos y su sustitución por una contribución directa, y elecciones a Cortes constituyentes, ayudaron a promover la colaboración de la población con los golpistas. El gobierno y la Corona se encontraron aislados, sólo los respaldaban los más directamente beneficiados por su política, y en 1868 eran muy pocos. Además, el apoyo incondicional de la Reina al gabinete moderado ligó su suerte a la del moderantismo, y los sublevados habían dejado claro que la desaparición de la Reina – y de la dinastía – era esencial para poder regenerar la vida pública española. Cuando las escasas tropas fieles al gobierno fueron derrotadas en el Puente de Alcolea, el gobierno no vio más salida que dimitir. Isabel II partió en exilio hacia Francia el 29 de septiembre de 1868.
Durante esas primeras semanas, el poder reside de hecho en las Juntas Revolucionarias y del movimiento popular, que reclamaron amplias medidas de democratización política (sufragio universal, libertad de expresión, de reunión, de asociación y de culto) y de reformas sociales (desamortización, abolición de las quintas y de los consumos). Sin embargo, se evidenció rápidamente que en la revolución de 1868 existían diversas revoluciones y que la que se iba a imponer era la de Prim (progresistas) o Serrano (unionistas), cuyo objetivo esencial, derrocar al gobierno, ya se había conseguido. Así, en los primeros días de octubre, los firmantes del Pacto de Ostende – y especialmente los dirigentes unionistas y progresistas – tomaron la dirección del movimiento, constituyeron un Gobierno Provisional, con Prim y Serrano como hombres fuertes, decretó la disolución de las Juntas y asumió, el ideario democrático de las Juntas Revolucionarias, reclama a los Voluntarios de la libertad la devolución de las armas, y se dictaron instrucciones para designar nuevos Ayuntamientos y Diputaciones que aseguraran el control político del país.

El Gobierno provisional y la Constitución de 1869


.
Tras la huida de Isabel II a Francia (28 septiembre 1868) se
formará un gobierno provisional encabezado por Prim y
Serrano, que puso en marcha un programa de reformas.

Serán reconocidas libertad de imprenta, el derecho de reunión
y asociación y el sufragio universal; la reforma de la
enseñanza, la democratización de Ayuntamientos y
Diputaciones y la emancipación de los hijos de los esclavos en
las colonias.
A comienzos de diciembre la “normalidad institucional” era
completa, y el gobierno pudo convocar para enero elecciones
a Cortes Constituyentes
, que habrían de elegirse por sufragio
universal directo masculino -varones mayores de 25 años
(24% de la población total).
La campaña electoral se desarrolló en medio de la polémica
sobre la forma de Estado: Monarquía o República. Los
resultados dieron mayoría a los partidos de coalición
antiborbónicos – unionistas, progresistas y un sector de los
demócratas – partidarios de una monarquía democrática -, a la
que consideraban un régimen arraigado en la tradición y que
aseguraba continuidad y moderación. A la izquierda se situó
una facción del partido demócrata, partidario de la República,
y que formó el Partido Republicano Federal.
Con Serrano como “Jefe del poder ejecutivo” y Nicolás María
Rivero como Presidente de las Cortes, éstas procedieron a
elaborar en un tiempo récord una nueva Constitución: La
Constitución de 1869 que consta de 112 artículos en 11
títulos, y es la segunda de nuestras constituciones
democráticas en cuanto a su origen, y la primera en cuanto a
su contenido. Las características principales del texto son:
1-Incluye una extensa y perfilada regulación de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, y el reconocimiento de que la soberanía “reside esencialmente en la Nación” (soberanía nacional

)

, de la cual emanan todos los poderes. Esta concepción conducirá a la idea de una monarquía democrática.
Se aprueba la inviolabilidad del domicilio, derecho al voto, sufragio universal, derecho de reunión y asociación. Estos derechos serán limitados y servirán para ilegalizar a la AIT años después.
b) La Monarquía como forma de Estado.
Se trata de una monarquía democrática y parlamentaria en la que el Rey tiene limitadas sus competencias.
La división radical de poderes:
Que reserva al monarca únicamente la sanción y promulgación de las leyes, cuya potestad de dictarlas reside en las Cortes.
La “cuestión religiosa”, tras numerosos forcejeos, se aprobó la libertad de cultos.
Y el compromiso del Estado de mantener el culto y clero católicos, contra la opinión de los republicanos.
El centro del poder reside en las Cortes, formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado,
El Congreso es elegido por sufragio universal y directo en razón de un representante por cada 40.000 personas y los candidatos no precisan más condiciones que la de ser elector. Esto permite el acceso al poder político a todas las clases sociales.
El Senado tenía una naturaleza compleja:
1) Por razón de su origen, era de elección popular:
Los Senadores se elegirían, en el marco de la provincia, por sufragio universal indirecto a dos grados.
2) Por su composición, era o pretendía ser una asamblea seleccionada: para ser elegido senador se requería, aparte determinadas exigencias de carácter general, pertenecer a alguna de las categorías que expresamente establecía el art.62 (ser o haber dio Presidente del Congreso; Ministro de la Corona, … embajador, Arzobispo y Obispo …) y el art.63( serían elegibles como Senadores los 50 mayores contribuyentes por contribución territorial o subsidio industrial de cada provincia, lo que situaba en el Senado un último residuo censitario.
3) Por su naturaleza, tenía una cierta dimensión federal inspirada en la Constitución americana.
e) Se incluía el compromiso de regular la situación de las colonias de ultramar;
Que llegaba tarde pues la guerra independentista había estallado en Cuba.
f) El resto de la Constitución regula con criterio democrático las diputaciones y ayuntamientos, la hacienda, el ejército.
Aprobada la Constitución, el general Serrano fue elegido como regente, y Prim pasó a dirigir el gobierno. Su objetivo era triple: conseguir aunar los partidos políticos detrás de un programa que permitiera estabilizar el régimen; emprender el desarrollo legislativo de la Constitución; y buscar un candidato al trono que pudiera convertirse en el nuevo Rey de España.

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