El Proceso Histórico de la Autonomía Andaluza: Hitos y Desafíos

El camino hacia la autonomía plena de Andalucía fue un proceso complejo y determinante en la historia reciente de la región, marcado por la movilización ciudadana, el debate político y la adaptación legislativa. A continuación, se detallan los hitos clave y las etapas fundamentales que condujeron a la aprobación del Estatuto de Autonomía por la vía del artículo 151 de la Constitución Española.

Hitos Clave en el Proceso Preautonómico (1977-1979)

  • Julio de 1977: Celebración de la Asamblea de todos los partidos políticos en Torremolinos. Finalizó sin acuerdo debido a discrepancias sobre Ceuta y Melilla.
  • Octubre de 1977: Segunda Asamblea en Torremolinos. Se acuerda instaurar el 4 de diciembre como Día de Andalucía y convocar manifestaciones en toda Andalucía y Cataluña a favor de la autonomía.
  • Enero de 1978: Tras el éxito de las manifestaciones, se inician conversaciones con el Gobierno para instaurar la preautonomía.
  • 27 de abril de 1978: Publicación del Real Decreto Ley 11/1978, por el que se crea la Preautonomía de Andalucía.
  • 27 de mayo de 1978: Nombramiento de Plácido Fernández Viagas como primer presidente de la Preautonomía de Andalucía.
  • 4 de diciembre de 1978: Firma del Pacto de Antequera, que compromete a todas las fuerzas políticas andaluzas a lograr para Andalucía “la autonomía más amplia en el menor tiempo posible”.
  • 2 de junio de 1979: Tras la dimisión de Plácido Fernández Viagas, es nombrado Presidente de la Preautonomía de Andalucía Rafael Escuredo.
  • 23 de junio de 1979: El Pleno de la Junta Preautonómica acuerda que Andalucía acceda a la autonomía por la vía del artículo 151 de la Constitución.

El Camino hacia la Autonomía Plena por el Artículo 151 de la Constitución

1. Iniciativa Autonómica

Petición formulada por todas las Diputaciones interesadas y las tres cuartas partes de los municipios que representen al menos la mayoría absoluta del censo electoral de cada provincia andaluza. Dentro del plazo establecido, todas las Diputaciones y el 95 % de los municipios andaluces se pronunciaron a favor de aprobar un Estatuto de Autonomía para Andalucía por la vía del artículo 151 de la Constitución (Verano de 1979).

2. Ratificación de la Iniciativa por Referéndum: El Referéndum del 28 de febrero de 1980

Para ser aprobada, se exigía una mayoría absoluta del censo en cada provincia. En otoño del año anterior, el partido del Gobierno, la UCD, cambió de criterio en cuanto al modelo de autonomía, prefiriendo la vía del artículo 143 de la Constitución Española.

Opciones planteadas tras el resultado del referéndum:
Posiciones de los partidos presentes en el Congreso de los Diputados:
  • El PSOE, PCE y PSA solicitaron reformar el artículo 8.4 de la Ley Orgánica de Regulación de las Distintas Modalidades de Referéndum (LORMR) para repetir el referéndum solo en la provincia afectada (Almería).
  • El Gobierno (UCD) propuso reconducir el proceso autonómico por la vía del artículo 143, pero con características similares a la vía del artículo 151 (Asamblea parlamentaria, Gobierno autonómico, Tribunal Superior).
  • Hubo un intento de acuerdo UCD-PSA para establecer, a través del artículo 144, una Comisión Mixta Congreso-Asamblea Parlamentaria que elaborara un texto y lo sometiera a referéndum.

3. Sustitución de la Ratificación de la Iniciativa en Almería y Modificación de la Ley de Referéndum

En resumen, en este punto del debate político, se planteaban dos alternativas principales:

  • Esperar cinco años para repetir el proceso de iniciativa.
  • Acudir a la vía del artículo 143 de la Constitución Española, con modificaciones.

Sin embargo, se optó por una tercera vía, a partir de unas proposiciones de ley presentadas por los grupos políticos el 23 de octubre de 1980:

  • Ley Orgánica 12/1980, de 16 de diciembre (modificación de la Ley 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum).
  • Ley Orgánica 13/1980, de 16 de diciembre (sustitución de la ratificación de la iniciativa en la provincia de Almería), basada en el artículo 144 de la Constitución Española.

El debate de ambas leyes orgánicas terminó con una enmienda in voce del diputado Clavero Arévalo en el sentido de incorporar una disposición transitoria que incluyera la previsión de la aplicación retroactiva de la reforma de la LORMR, por cuanto, en caso contrario, tampoco podría ser aplicada al referéndum del 28 de febrero. Tras la entrada en vigor de estas modificaciones, se continuó con el proceso autonómico por la vía del artículo 151.

4. Convocatoria de la Asamblea de Parlamentarios

Convocatoria, por el Gobierno de la Nación, de una Asamblea compuesta por diputados y senadores elegidos en las provincias afectadas, que aprobaría el texto del Estatuto por mayoría absoluta (esta asamblea terminó sus trabajos el 12 de febrero de 1981, en Carmona).

5. Debate y Aprobación del Proyecto en el Congreso

Debate y aprobación del proyecto en la Comisión Constitucional del Congreso, junto con una delegación de la Asamblea de diputados y senadores que elaboró el texto (el debate finalizó en el Congreso el 1 de marzo de 1981 y el Pleno del Congreso aprobó el texto el 1 de julio de 1981).

6. Referéndum de Aprobación del Estatuto de Autonomía

Celebrado el 20 de octubre de 1981.

7. Ratificación Final y Entrada en Vigor del Estatuto

Ratificación del texto por el Congreso y el Senado, con forma de Ley Orgánica (el Congreso aprobó el Estatuto de Autonomía, como Ley Orgánica, el 17 de diciembre de 1981, y el Senado lo hizo el 23 de diciembre de 1981). Las primeras elecciones al Parlamento Andaluz fueron el 23 de mayo de 1982.

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