Instituciones autonómicas de Madrid

Tema 12: La constitución de 1978 y el estado de las autonomías

Principios Constitucionales

·España se define como un Estado social y democrático de derecho que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo.
·Se establece que la soberanía nacional reside en el pueblo español.
·La forma política será una Monarquía Parlamentaria
·Se establece El estado de las autonomías como forma de organización territorial
·Se establece el estado laico pero el catolicismo como religión mayoritaria
Junto a estos principios generales se citan otros, entre ellos el establecimiento del castellano como lengua oficial DEL Estado, la bandera de España…

Los derechos fundamentales y las libertades públicas

Son aquellos que son inherentes a la persona. La Constitución no los crea, sino que los garantiza.
·Derechos individuales: a la vida, integridad física y moral, libertad personal, al honor, etc.
·Libertades públicas: de carácter individual, como libertad religiosa, de expresión, ideológica, de carácter colectivo, como libertad de reuníón…

Los poderes del Estado a la Constitución

·La monarquía: el rey es el jefe de Estado, arbitra y modera el funcionamiento de las instituciones y asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales. La persona del rey es inviolable, es decir, que está por encima de las leyes.
·Las cortes Generales: son el órgano de representación del pueblo español y están formadas por 2 cámaras: el congreso de los diputados y el Senado. Ambas son elegidas por sufragio universal y ejercen el poder legislativo.
·El gobierno:
Ejerce el poder ejecutivo, dirige la política interior y exterior de España. Está compuesto por el presidente, los vicepresidentes, los ministros y los demás miembros que establezca la ley. El presidente de gobierno es investido por el poder legislativo.
·El poder judicial: los jueces y magistrados ejercen el poder judicial. Se crea el Tribunal constitucional cuya función es evitar cualquier violación de la constitución. Es también el máximo órgano encargado de proteger los derechos y libertades fundamentales.

La organización territorial del Estado Español

La organización territorial garantiza la autonomía de los diversos entes territoriales. El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en comunidades autónoma que se constituyan.
La organización institucional autonómica se basa en: una asamblea legislativa elegida por sufragio universal, un consejo de gobierno con funciones ejecutivas y administrativas, un presidente elegido por la Asamblea y un tribunal superior de justicia.
Las comunidades Autónomas tienen un Estatuto de Autonomía en el que se recogen las competencias que asumen. Los Estatutos deben de ser aprobados por la Cortes. Nuestro País quedó conformado por 17 Comunidades y 2 ciudades Autónomas (Ceuta y Melilla)

EL ESTADO DE LAS AUTONOMÍAS
Uno de los hechos más importantes den el camino a la democracia fue la construcción de un nuevo modelo de Estado no centralista.
El camino hacia las autonomías tuvo 2 etapas: la de la preautonomía (1977-78) y la de la autonomía efectiva (1978-83).
Se establecieron 2 vías para crear comunidades autónomas:
·La establecida por el artículo 151, vía rápida, que permitía el acceso directo al nivel máximo de competencias, mediante la aprobación en referéndum de un Estatuto de Autonomía.
·La establecida por el artículo 143, vía lenta. Estas comunidades podían asumir todas las competencias en el plazo de 5 años y no precisaban un referéndum para crearse.
Entre 1979-83 se llevó a cabo el proceso de creación de las 17 comunidades autónomas:
-El 25 de Octubre de 1979 se aprobaron en referéndum los primeros Estatutos de Autonomía en Cataluña y el País Vasco.
-Galicia fue la 3ª regíón que se convirtió en comunidad autónoma, en Diciembre de 1980.
-Andalucía fue la siguiente, en Octubre de 1981.
-Se crearon otras 13 más que celebraron sus primeras elecciones autonómicas en Mayo de 1983. A estas comunidades hay que añadir Ceuta y Melilla, ciudades autónomas en 1995.
-En Canarias, el gobierno preautonómico se formó en Abril de 1978
El Estatuto de Autonomía de Canarias se aprueba el 10 de Agosto de 1982 y el primer parlamento de Canarias se constituyó el 30 de Mayo de 1983, día de Canarias desde entonces. Su primer presidente fue Pedro Guerra.
Reformado en 1996 define a Canarias como una nacionalidad que abarca el territorio formado por las 7 islas mayores y 6 islotes. La capitalidad se fija compartidamente en las ciudades de Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canarias. Las instituciones autonómicas son:
·El parlamento de Canarias con sede en Santa Cruz de Tenerife. Elegido por sufragio universal cada 4 años. Constituido por 60 diputados.
·El Gobierno autonómico, tiene su sede compartida entre las 2 capitales que cambia período de legislatura.
·El tribunal Superior de Justicia de Canarias tiene su sede en Las Palmas de Gran Canaria.

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