La Ley de Reforma Agraria en la Segunda República Española: Contexto, Aplicación y Consecuencias

Contexto y Fuentes de la Reforma Agraria Republicana

Tipología de Fuentes

  • Fuente 1: Fragmento de Fuente Primaria. Se trata de un fragmento de naturaleza jurídica, publicado por la Gaceta de Madrid (actual BOE), con temática socioeconómica. El autor es colectivo, correspondiendo a las Cortes Republicanas de 1932. El destinatario son los españoles, y su finalidad es acabar con el latifundismo y mejorar las condiciones de vida de los campesinos.

  • Fuente 2: Tablas y Datos. Son tablas y datos del Instituto de Reforma Agraria (IRA) sobre la aplicación de la Ley de Reforma Agraria. Es, por tanto, una fuente secundaria, de naturaleza estadística y temática económica y social. Los autores son del manual de Bachillerato, el destinatario es un público especializado o interesado, y la finalidad es realizar un estudio comparativo.

Circunstancias Espacio-Temporales

  • Texto 1: Es un texto sobre la Ley de Reforma Agraria, aprobada en septiembre de 1932 con un gobierno de coalición entre republicanos y socialistas, más exactamente en el periodo del Bienio Reformista. Con Manuel Azaña como presidente, se llevaron a cabo todas las reformas, siendo la agraria la prioritaria.

  • Tablas 2: Hacen referencia a la aplicación de la Ley de Reforma Agraria durante la II República, exactamente en el Bienio Reformista (1931-1933) y el Frente Popular (1936), además de la paralización durante el Bienio Conservador.

Análisis de las Fuentes Escritas

  • Artículos (Fuente 1) hacen referencia a:

    • Las tierras ofrecidas voluntariamente por sus propietarios, no sin antes pasar por un exhaustivo estudio del mencionado IRA (Punto 1).
    • Aquellas tierras que fueron adquiridas para especular o por su renta (Punto 5).
    • Aquellas que se consideren que no se aprovechan bien (Punto 7).

    El Instituto de Reforma Agraria (IRA) es la institución que se ocupará de todas las cuestiones técnicas y legales del proceso de la Reforma Agraria, evaluando la productividad de las tierras, dictaminando las que eran susceptibles de expropiación de acuerdo con la Ley de Bases de Reforma Agraria, abonando las indemnizaciones y facilitando el asentamiento de los campesinos.

  • Las Tablas (Fuente 2) muestran: Los resultados de las expropiaciones mencionadas y los asentamientos campesinos durante las dos fases de la reforma, siendo más intensas y rápidas en la segunda fase, aunque duró tan solo cinco meses. Llegados a este punto, desarrollaremos más ampliamente el tema central: la Ley de Reforma Agraria, sus objetivos y fases.

    Los objetivos de la Ley eran:

    • Aumentar la rentabilidad de la agricultura española.
    • Disminuir la miseria del campesinado español, que representaba la mitad de la población activa.
    • Redistribuir la propiedad latifundista, ya que en regiones como Andalucía, Extremadura o Castilla, el 50% de la tierra estaba en manos de un reducido grupo de propietarios.

Aplicación de la Ley de Reforma Agraria

1.ª Fase: Bienio Reformista (1931-1933)

Durante esta primera fase, se ponen en proceso dos proyectos:

  • Proyecto Republicano: Trata de respetar la propiedad privada y a los cultivadores directos y, en caso de expropiación, indemnizar a los afectados.

  • Proyecto Socialista: Propone un mayor número de expropiaciones y menos indemnizaciones.

Al final, triunfa el proyecto más moderado. Una vez aprobada la ley, se crea el IRA para la evaluación de la productividad, seleccionar las tierras susceptibles de expropiación, abonar las indemnizaciones y facilitar el asentamiento de los campesinos. Los resultados serán lentos y dicho bienio acabará con un clima de violencia por parte del pueblo.

Fase Intermedia: Bienio Conservador (1933-1935)

En 1935, se congela la reforma y con ello se suprime la expropiación sin indemnización. Los dueños obtienen la potestad de intervenir en la tasación oficial y recurrir. Los fondos se limitan y se detiene la confección del registro de la propiedad expropiable. Los resultados son el cese de asentamientos y expropiaciones.

2.ª Fase: Frente Popular (1936)

Se renueva el proceso mediante decretos. Se anulan procesos de desahucio de colonos y aparceros, y se expropian temporalmente, con indemnización, fincas declaradas de utilidad social. En junio de 1936, se derogará la Ley de Reforma Agraria (LRA), lo que contribuyó a un clima social bastante tenso, con campesinos ocupando algunas tierras, huelgas y disturbios.

Valoración y Conclusiones

Los resultados de este proyecto fueron un proceso lento y bastante limitado debido a la complejidad de la ley, la falta de medios económicos y la fuerte oposición de la derecha agraria en el Parlamento. Para concluir, cabe señalar que, lejos de cumplir sus objetivos, la ley agudizó la tensión social, ya que los propietarios boicoteaban su aplicación y los campesinos se impacientaban, llegando incluso a ocupar directamente tierras. Para algunos historiadores, fue uno de los causantes de la Guerra Civil Española.

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