Leyes aprobadas en la cortes de Cádiz

11.2. Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812

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-A la vez que se desarrollaba la guerra, una minoría compuesta por intelectuales y burgueses, se propusieron continuar las reformas iniciadas durante el reinado de Carlos III y paralizadas por Carlos IV. Estos patriotas luchaban contra la ocupación francesa, pero a su vez eran partidarios de la liquidación del Antiguo Régimen y del establecimiento del liberalismo. Sus ideas revolucionarias procedían de Locke, los filósofos ilustrados y la Revolución francesa. *-En 1810, la Junta Central convocó Cortes y se disolvíó traspasando sus poderes a una Regencia que se establecíó en Cádiz; única ciudad que logró resistir el asedio francés con ayuda de la flota inglesa.*-A Cádiz comenzaron a llegar en 1810 los representantes de las Cortes convocados por la Junta Central. La Regencia, que no sospechaba el alcance que la reuníón de Cortes iba a tener, no se opuso. Sin embargo, las circunstancias favorecieron el triunfo liberal.
Al estar Cádiz sitiada muchos representantes de las provincias no pudieron llegar, siendo sustituidos por naturales de estas provincias que se encontraban en Cádiz, casi todos liberales. Así, no pudieron constituirse unas Cortes estamentale, ya que los liberales, que eran mayoría, impusieron el voto por cabeza, es decir, por representante y no por estamento. De nada sirvieron las protestas de la Regencia; las Cortes se declararon representantes de la Nacíón, y por tanto con derecho a establecer un nuevo Sistema político. Estas cortes elaboraron la Constitución de 1812 que liquidaba el Antiguo Régimen es decir el absolutismo monárquico, los privilegios estamentales y las regulaciones económicas.*-Los diputados absolutistas eran partidarios del mantenimiento de la monarquía absoluta de derecho divino y de la sociedad estamental con dos grupos privilegiados. Para ellos las Cortes únicamente tenían el objetivo de dirigir la guerra. Estaban representados por algunos miembros de la alta nobleza y clero.*-Los diputados liberales procedían de la clase media con formación intelectual (profesiones liberales), militares, funcionarios y de la burguésía artesanal o comercial, y algún clérigo (Muñoz Torrero). Además contaban con el apoyo de la prensa, en su mayoría liberal. Consideraban que las Cortes, además de dirigir la guerra, debían de redactar una nueva Constitución que liquidara el Antiguo Régimen en todos sus ámbitos, organizando un nuevo sistema político (representativo), social (clasista) y económico (libertad de mercado) basado en los principios del liberalismo.*-Estos objetivos liberales quedaron recogidos en la Constitución promulgada el 19 de Marzo de 1812. En esta Constitución se plasman los principios de la Revolución liberal-burguesa,en España, una revolución incruenta (a diferencia de la francesa), debido a la ausencia del monarca y a la situación de guerra por la que atraviesa el país.

La Constitución de Cádiz

*-La Constitución es un texto articulado de leyes que rigen una Comunidad. Toda Constitución tiene que recoger una serie de puntos esenciales: los derechos individuales (libertad, igualdad jurídica y propiedad), la participación de los ciudadanos en el sistema político (soberanía nacional), la división de poderes y la estructura del Estado. Los liberales en Cádiz forzaron una Constitución claramente progresista que iba a desmantelar el Antiguo Régimen. La Constitución de Cádiz de 1812 contiene unos derechos individuales o libertades: política, de imprenta y expresión; económica, de industria (fin de gremios), de comercio (fin de la tasa), de circulación (fin de aduanas interiores). Sin embargo, no reconocíó la libertad religiosa, aunque abolíó la Inquisición. De propiedad: libre, individual y absoluta. Quedan abolidos los regíMenes de propiedad vinculada de mayorazgo y manos muertas; lo que significa libre mercado de tierras.*-Igualdad ante la ley:
Fin de los privilegios estamentales, es decir, clero y nobleza se convierten en ciudadanos como los demás y supresión de los señoríos territoriales y jurisdiccionales.*-Queda reconocida la división de poderes: ejecutivo que limitaba la autoridad del monarca (el rey no podía legislar sin las Cortes, ni disolverlas, ni dejar de convocarlas). El objetivo era evitar que a su regreso la Corona ejerciese el poder de forma autoritaria; legislativo de una sola cámara y; judicial: compuesto por jueces independientes.*-Gobierno y Parlamento comparten la facultad de proponer leyes que tienen que aprobar las Cortes. El rey goza del poder de sanción de las leyes pudiendo vetar una ley hasta tres veces.*-Se reconoce el sufragio universal masculino, pero el voto es indirecto en segundo grado y su base es la parroquia, partido judicial y provincia.*-Se establece un Estado unitario que afirmaba los derechos de los españoles en su conjunto por encima de los históricos de cada reino. Los diputados representan a la nacíón y no aparece ningún sistema de representación regional.

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