Comentario de texto decreto de desamortización de mendizabal

Mendizabal


Nos encontramos ante el fragmento de un texto histórico jurídico, perteneciente a las leyes de desamortización redactadas durante la regencia de María Cristina, el 19 de febrero de 1836.
Aunque el principal artífice de este proceso de desamortización fue Mendizábal (razón por la cual dicha ley lleva su nombre), el decreto al que pertenece el texto aparece firmado por la que fuera cuarta y última esposa de Fernando VII de España, María Cristina de Borbón, regente durante la minoría de edad de Isabel II, única hija que Fernando VII concibió antes de morir en el año 1833 y proclamarse el Estado liberal español.El nacimiento de Isabel no contentó a Carlos María Isidro, hermano de Fernando VII, quien hasta entonces había sido legítimo heredero del trono, por lo que, apoyado por los sectores más reaccionarios de la sociedad intentó arrebatar a su sobrina Isabel los derechos sucesorios. María Cristina buscó el respaldo de los liberales y estalló una guerra civil, la primera Guerra Carlista, que enfrentó a isabelinos (liberales) contra carlistas (absolutistas).A la muerte del monarca se instauró un gobierno integrado por miembros del liberalismo moderado encabezado por Cea Bermúdez. Entre otras medidas y textos reformistas, como el Estatuto Real de 1834, el gobierno aprobó en 1836 una desamortización de bienes eclesiásticos propuesta por Juan Álvarez Mendizábal, un liberal regresado del exilio inglés.Los primeros intentos de desamortización en España fueron tímidos y obtuvieron escasos resultados. Comenzaron durante el reinado de  Carlos IV, con la desamortización de los bienes de algunas instituciones religiosas benéficas. También José I Bonaparte y posteriormente las Cortes de Cádiz intentaron, sin éxito, acabar con la crisis financiera a través de medidas desamortizadoras.Como queda recogido en el artículo primero del texto, el proceso de desamortización contemplaba la confiscación por parte del Estado y salida a subasta de los bienes (principalmente tierras) del clero regular o conventual, ampliados después a los del clero secular, para hacer frente a los graves problemas que la Hacienda española venía arrastrando desde reinados anteriores, así como para financiar al ejército y su abastecimiento en plena guerra carlista, especialmente en el norte, donde ya se habían dado casos de descontento entre los soldados por impago y falta de suministros.Otro objetivo del proceso desamortizador era la difusión de las ideas liberales entre los campesinos, a quienes inicialmente se pretendía beneficiar, creando una clase media de agricultores propietarios que invirtiera en la mejora de sus tierras y que permitiera el establecimiento de un mercado interior y una industria de consumo viables, tal y como se expone en las primeras líneas del texto.Lo que el segundo artículo del texto legal viene a resumir es la preocupación del gobierno por la pérdida del patrimonio artístico y cultural que supondría la obra desamortizadora, lo cual se habría de evitar protegiendo algunos bienes de las instituciones religiosas implicadas en dicho proceso.


Todas estas medidas impulsadas por el Gobierno liberal con María Cristina como regente no alcanzaron, ni de lejos, el resultado esperado. Apenas se logró sanear la Hacienda pública con los ingresos obtenidos por la venta de los bienes amortizados, puesto que la saturación de tierras en el mercado en un periodo de tiempo tan reducido hizo que su precio cayera en picado. Tampoco se logró mejorar las condiciones del campesinado, más bien al contrario, ya que las tierras fueron adquiridas por la burguesía propietaria y ésta impuso en ocasiones condiciones más duras en el arrendamiento de las tierras.

Por otra parte, no sólo no se consiguió la adhesión al régimen liberal esperada, sino que el gobierno se granjeó una considerable oposición. Además de los partidarios del absolutismo y del cada vez más arruinado campesinado, las altas jerarquías eclesiásticas, que en un primer habían apoyado a la regente, mostraron su descontento por las reformas. Incluso María Cristina intentó obstaculizar el proceso desamortizador sin resultados.

Pese a que algunas se lograron conservar con atribuciones públicas, muchas de las obras de arte que habían pertenecido a las instituciones eclesiásticas desamortizadas se perdieron o acabaron en manos privadas, llegando algunas incluso a abandonar España. Así pues, de todos los objetivos propuestos previamente solamente se logró ganar la guerra civil, debido en gran parte al enorme atraso del ejército carlista.

La razón del fracaso de la desamortización de Mendizábal y de otras posteriores fue el error de no acompañar la obra desamortizadora de una reforma agraria y de la Iglesia.

Pero el origen del problema agrícola residía en el régimen de propiedad de la tierra, que tan duramente había sido criticado por los intelectuales ilustrados. La tierra se concentraba en manos de unos pocos propietarios (Iglesia, Estado, nobleza, Ayuntamientos…), mientras que los campesinos (la gran mayoría de la población) trabajaban tierras ajenas. Los propietarios no invertían en la mejora de las tierras, y eran frecuentes las crisis de subsistencia. Existían vastas extensiones de tierra sin cultivar (las llamadas manos muertas) que no se podían vender, pues estaban vinculadas en el caso de la nobleza y amortizadas en el caso del clero, por lo que no existía un mercado de la tierra.

En definitiva, la desamortización de Mendizábal, al igual que sucedió después con las de Espartero y Madoz, fue incapaz de abolir el régimen de tenencia de tierra heredado del Antiguo Régimen, causa principal de los problemas de la agricultura y de los que se derivaban de esta última. La desamortización fue concebida más como una reforma fiscal para hacer frente a los problemas económicos que como una reforma agraria para consolidar el sector agrícola e impulsar el comercio y la industria nacionales.

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