Decreto de desamortización de Mendizábal




La desamortización de Mendizábal


1 CLASIFICACIÓN
Se trata de una selección del articulado del Real Decreto redactado por Juan de Dios Álvarez
Mendizábal, ministro de Hacienda en esas fechas del gobierno progresista de José María Calatrava. Se
trata del preámbulo y de dos artículos del Decreto de Desamortización.
Es una fuente histórica directa y primaria, documento jurídico, de un marcado carácter político-
circunstancial y de acusada naturaleza económico-social. Además se trata de un documento público,
  para el conocimiento de uno de los aspectos fundamentales de la revolución burguesa en España, la
desamortización y transformación de la propiedad.
Este Decreto forma parte de la legislación
promulgada en el contexto de la primera Guerra Carlista (1833-1839), legislación que puso fin a los
fundamentos del Antiguo Régimen en España y sentó las bases del nuevo Estado Liberal.
El texto se enmarca históricamente en la Regencia de María Cristina (1833-1841)
2. ANÁLISIS
En el texto podemos apreciar varias ideas principales, en el preámbulo vemos los objetivos que se
propónía el gobierno con la desamortización: una justificación del interés nacional de poner a la venta
la masa de bienes que han sido anteriormente declarados bienes nacionales (art.1). El fin prioritario
es sanear la Hacienda Pública. En segundo lugar convertir esos bienes  en propiedad privada , se abriría un proceso de creación de riqueza ante esa nueva
situación de los bienes inmuebles que podrán salir al mercado, ser capitalizados, aumentar su
productividad, etc. Luego se hace una mención especial a los bienes que quedarían excluidos en la
aplicación de este Decreto, como los edificios que sirvan al interés público o considerados parte del
legado cultural y artístico del patrimonio nacional (art.2)
Los artículos (13-14) indican los modos de acceder a la propiedad y los distintos tipos de financiación.
El apartado análisis de términos y análisis de cada uno de los párrafos también deben incluirse en
este comentario
3. COMENTARIO DE TEXTO
La desamortización llevada a cabo por Mendizábal consistíó en la incautación por el Estado
 de bienes raíces pertenecientes a la Iglesia. Estos bienes incautados
 fueron luego vendidos en subasta y constituyeron una parte sustancial para los  ingresos del Estado
Los reformistas ilustrados del Siglo XVIII, preocupados por obtener el máximo rendimiento de
la tierra y los recursos naturales, habían insinuado la necesidad de cambiar el sistema señorial de la
propiedad de la tierra basado fundamentalmente en tierras de “manos muertas” que además de no tributar, no podían ser vendías
por sus titulares, estaban fuera del mercado y, por ello, no podían ser capitalizadas ni mejoradas.
Además la desamortización de esos bienes permitiría al Estado, incautándose de ellos, enjugar su
déficit y amortizar la deuda pública. Esto es lo que hizo en tiempos de Carlos IV (1798).
estos intentos desamortizadores compartieron un rasgo común con la desamortización de
Mendizábal tratada en este texto: la concepción de la desamortización como una medida fiscal y
no como una reforma agraria.
El primer paso para llevar a cabo la desamortización era la promulgación de una ley para
desamortizar los bienes eclesiásticos. El proceso supónía dos fases: en primer lugar el Estado se
adueñaba de esos bienes por lo que dejaban de ser “manos muertas” para convertirse en bienes
nacionales; después salían a la venta mediante pública subasta.
La desamortización de Mendizábal, como se aprecia en el texto puso en venta todos los bienes
del clero regular . De esta forma quedaron en manos del Estado y se subastaron
no solamente tierras, sino casas monasterios y conventos con todos sus enseres. Al año siguiente,
con otra ley se pusieron en venta los bienes del clero secular
Para lograr el establecimiento del nuevo régimen en 1836 era condición necesaria para ganar
la guerra carlista y para ello se necesitaban recursos económicos que proporcionarán la
desamortización y el apoyo social de la burguésía al régimen liberal. Además, al amortizar la deuda
pública, el Estado saneaba la Hacienda y aparecía como más solvente con lo que podría suscribir
nuevos préstamos en el extranjero en mejores condiciones.
4. CONCLUSIÓN Y VALORACIÓN 
La desamortización de Mendizábal fue la primera gran desamortización del Siglo XIX, sin 
embargo, no sería la última.
También es interesante resaltar que el proceso desamortizador de Mendizábal  fue 
criticado duramente por la Iglesia Católica
Finalmente, debemos hacer referencia a las consecuencias del proceso desamortizador, en lo 
social, la aparición de un proletariado agrícola y la conformación de una burguésía terrateniente que 
con la adquisición ventajosa de tierras y propiedades.Se estableció una estructura de la propiedad diferenciada.

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