Principales corrientes ideológicas que influyeron en la redacción de la Constitución

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LA TRANSICIÓN ESPAÑOLA Y LA CONSTITUCIÓN DE 1978


La muerte de Franco marca el inicio de una nueva etapa en la historia de España: la transición a la democracia. El intento de evitar una quiebra de la sociedad española se convierte en objetivo prioritario, contando con el apoyo de la Corona y los numerosos sectores antifranquistas surgidos en la clandestinidad. No obstante, el pulso entre los partidarios de las reformas y los de la ruptura originará momentos de crisis.
La desaparición del dictador pone en funcionamiento los mecanismos institucionales de la sucesión a la jefatura del Estado, siendo nombrado Juan Carlos de Borbón rey de España el 22 de Noviembre de 1975. La nueva monarquía nace legitimada por el propio franquismo, asegurándose el control de los aparatos del Estado: el Ejército, la Administración y las fuerzas de orden público. El discurso de coronación del rey apunta sus ideales reformistas y su voluntad de iniciar una monarquía integradora de concordia. Sus primeros actos están dirigidos a tranquilizar al aparato franquista, manteniendo como presidente del gobierno a Carlos Arias Navarro. También designa a Torcuato Fernández Miranda, antiguo profesor suyo, al frente de las Cortes y del Consejo del Reino, obligando a Arias a contar en su gobierno con algunas de las figuras más destacadas del reformismo franquista (Manuel Fraga), del aperturismo (José María de Areilza o Leopoldo Calvo Sotelo) y a dos hombres de confianza de Fernández Miranda, Adolfo Suárez y Rodolfo Martín Villa. Se inician además contactos con la oposición y con destacados líderes europeos, permitíéndose a través de una amnistía la libertad de políticos de la oposición.
La intención del rey es crear una monarquía democrática, constitucional y parlamentaria a la que habría que llegar mediante un programa de reformas realizado desde arriba y desde la legalidad. Pero su declaración de intenciones no cuenta con el apoyo de la derecha ni de la izquierda; la derecha refugiada en su “búnker” y dominando los resortes del poder; la izquierda, dividida, aboga por una ruptura y pide la instalación de un gobierno provisional y unas Cortes constituyentes que decidan sobre el modelo de Estado: monarquía o república. Pero la evolución de los hechos impone a unos y a otros la necesidad de alcanzar un consenso.
Así pues, Arias Navarro inicia una tímida reforma pero insuficiente ya que es un hombre del régimen anterior y se debate entre sus propias contradicciones y las presiones que recibe. A las protestas contra el gobierno y el malestar social se suman la ola de huelgas que critican la congelación de salarios, aumentando la inestabilidad del país. Arias Navarro reacciona de manera autoritaria, destacando los hechos de Vitoria con cinco manifestantes muertos y los enfrentamientos en Montejurra entre facciones carlistas.
En estas circunstancias, el rey provoca la dimisión de Arias Navarro y nombra presidente del gobierno a Adolfo Suárez. La mayoría de la oposición interpreta este nombramiento como un freno al proceso de reforma, ya que los antecedentes políticos de Suárez son franquistas. Sin embargo, en su primera alocución, el nuevo presidente expone que “los gobiernos del futuro serán el resultado de la voluntad de los españoles”, iniciándose un proceso de desmantelamiento de la dictadura a partir de la propia legalidad franquista. Para hacer más creíbles sus intenciones concede una amnistía generosa e intensifica los contactos con la oposición, comenzando así una vía política que intenta dar paso a otro sistema de gobierno que ponga fin a la estructura del régimen anterior.
Esta transición es necesaria para deslegitimar cualquier intento de involución política, especialmente de las Fuerzas Armadas. Suárez se entrevista con los principales generales y les tranquiliza sobre sus intenciones, aceptadas con la condición de que no se legalizara el Partido Comunista. El proceso culmina cuando las Cortes dan su aprobación al proyecto de Ley para la Reforma Política, que permite la creación de unas Cortes bicamerales elegidas por sufragio universal. Suárez convoca un referéndum para que el pueblo se pronuncie y el resultado es favorable al gobierno con abrumadora mayoría.
Un paso fundamental para el establecimiento del sistema democrático es la legalización de los partidos políticos que seguían en la clandestinidad. En 1976, el PSOE celebra públicamente su XIII Congreso, legalizándose al finalizar el año. El secretario general del PCE, Santiago Carrillo, provoca su detención y plantea al gobierno de Suárez la incomoda cuestión de la legalización de su partido. La actitud moderada de los comunistas al encajar el asesinato de 5 militantes propios a manos de un comando de extrema derecha (asesinatos de Atocha), su compromiso de no cuestionar la monarquía y la presión ejercida por el conjunto de la oposición llevan a Suárez a legalizarlo en 1977, a pesar del malestar que su decisión iba a provocar en el ejército. Por lo tanto la situación vuelve a crisparse pero Suárez continúa negociando con la oposición medidas como las desapariciones del Tribunal de Orden Público o el Sindicato Vertical, así como la ampliación de la amnistía.
Una vez garantizada la pluralidad política, los partidos se preparan para concurrir a las primeras elecciones democráticas desde el tiempo de la República, convocadas para el 15 de Junio de 1977. En la cita con las urnas, el electorado español opta por la moderación y apoya la estabilidad: UCD obtiene una mayoría relativa, seguida muy de cerca por el PSOE; el PCE sufre un fuerte descalabro que deja perplejos a sus seguidores, mientras que Alianza Popular ve como se penaliza su excesivo apego al franquismo, al tiempo que la extrema derecha desaparece del arco parlamentario; los grupos nacionalistas obtienen unos resultados que pronostican su futuro protagonismo en el ámbito nacional.

La Constitución de 1978


A) El momento histórico:


A diferencia de lo sucedido en épocas anteriores, surge la necesidad política de redactar una constitución con el máximo apoyo de los grupos. Éste consenso se logra después de dieciocho meses y a través de un texto de más de 160 artículos. La duración del debate y la longitud del texto son testimonio de la dificultad del proceso.
La verdadera complejidad se aprecia en la diversidad de puntos de partida de quienes la suscribieron. La UCD hace hincapié en la defensa de la institución monárquica; el PSOE exige que se recoja una larga enumeración de derechos y propósitos; los catalanistas mantienen exigencias en torno a la organización territorial del Estado; o nacionalistas vascos, que se limitan a expresar sus reivindicaciones de soberanía nacional.
Las elecciones de Junio de 1977 suponen, en la práctica, la apertura de un proceso constituyente. La paradoja es que las Cortes Constituyentes se encuentran con la inexistencia de un texto legal supremo que determine las distintas responsabilidades gubernamentales, de modo que la transición se realiza manteniendo en funcionamiento un Estado con fundamentos legales radicalmente opuestos a ella e impuestos en el franquismo.
El Gobierno y el Parlamento hacen frente a un complicado panorama político con problemas de orden público, económicos y regionales al mismo tiempo que se elabora el nuevo texto constitucional. Ante las Cortes, reunidas por primera vez, el Rey, partiendo del reconocimiento de la soberanía nacional allí representada, hace un llamamiento a la colaboración de todos en la empresa colectiva de conseguir la convivencia democrática.
La conflictos sociales acaban tras los Pactos de la Moncloa: sindicatos y fuerzas sociales de izquierda se comprometen a una congelación salarial a cambio de una serie de contrapartidas que integran las promesas de una reforma fiscal, la creación de puestos escolares o la ampliación de las prestaciones de la Seguridad Social.
No obstante, durante los meses en los que se redacta la Constitución, se producen más problemas relacionados con el terrorismo de ETA, al que beneficia el hecho de que quienes colaboraban con ellos son considerados heroicos luchadores antifranquistas. Sólo el paso del tiempo hace patente que el terrorismo también representa una amenaza totalitaria contra la democracia.

B) El proceso constituyente:


Tres corrientes ideológicas influyen en la elaboración de la Constitución:

Liberalismo

Propone la defensa de los derechos individuales, inviolables e irrenunciables, la aceptación del principio del Estado de derecho, la garantía jurídica de los derechos y libertades de los ciudadanos, la división de poderes y la sumisión del poder ejecutivo a la legalidad y al control de la administración.

Socialismo democrático

Acepta el capitalismo como modelo económico, permitiendo al Estado intervenir para corregir las desigualdades.

Humanismo cristiano

Contiene principios de igualdad y participación para establecer el sufragio universal y la responsabilidad de los cargos públicos.
La redacción del texto corresponde a una comisión formada por siete personas: tres de UCD, dos del PSOE, una de CIU, una comunista y la última de Alianza Popular. Todos ofrecen versiones de su Constitución ideal, existiendo discrepancias respecto a las autonomías, educación, cuestiones socioeconómicas o sistema electoral.
Finalmente, la Constitución es aprobada por el Congreso de los Diputados en Julio de 1978 con una gran mayoría. Sólo la extrema izquierda, los nacionalistas vascos y varios diputados de derecha votan en contra o se abstienen.
En Octubre la Constitución es aprobada en una sesíón conjunta de ambas Cámaras y sometida a referéndum nacional el 6 de Diciembre de 1978, participando un 69% de electores y siendo ratificada por un 60%. Como curiosidad, en el País Vasco la Constitución obtuvo sólo un respaldo del 30%. No obstante, el texto obtiene un apoyo superior al que en principio podía esperarse. De todas formas, desde el principio queda claro que en determinadas cuestiones como las autonómicas, resultaría imprescindible recurrir a la interpretación posterior del Tribunal Constitucional para dirimir diferencias.
En cuanto a su proceso de redacción resulta influida por el constitucionalismo histórico, sobre todo por los textos de 1812 y de 1931, incorporando soluciones como el voto de censura, cuestiones innovadoras como el Defensor del Pueblo o la protección de los derechos individuales y las libertades públicas por el Tribunal Constitucional.

C) El contenido

La Constitución de 1978 consta de 11 títulos y 169 artículos a los que hay que añadir las disposiciones adicionales, transitorias y derogatorias.
El Título preliminar avanza las carácterísticas básicas del Estado.
El Título primero es el más discutido pues aborda cuestiones relativas a los derechos y libertades de los españoles. Es significativo que no se plantearan las disputas que se produjeron en otros momentos respecto a la confesionalidad o no del Estado: Hay unanimidad en considerar un Estado aconfesional que reconozca la influencia de la Iglesia católica. En este título hay tres discrepancias: la abolición de la pena de muerte, la legislación sobre el aborto y el artículo relativo a libertad de enseñanza. La primera es abolida, la segunda dejada en la ambigüedad, mientras que en el tercer punto supone la consagración de la libertad de enseñanza, con especial mención a la participación de los sectores implicados en la dirección de los centros educativos y en los requisitos para la concesión de ayudas.
El Título segundo es para la Monarquía, órgano del Estado, definida como parlamentaria, moderadora y arbitral, correspondíéndole ejercer funciones representativas y de carácter simbólico. Se le atribuye un papel inferior al que tiene en otros países europeos.
Los Títulos tercero y cuarto se refieren a los poderes legislativo y el ejecutivo. El sistema podría definirse como de bicameralismo muy atenuado, ya que el Congreso de los Diputados tiene una relevancia mayor que el Senado, que queda reducido a Cámara de segunda lectura. El sistema electoral reconoce el voto a los mayores de 18 años. Así mismo están previstas formulas de democracia directa como el referéndum, sólo con carácter consultivo. Existen leyes orgánicas que exigen un número de votos equivalente a la mayoría absoluta, así como la posibilidad de un voto de censura constructivo para poder hacer caer al Gobierno.
Los Títulos sexto y séptimo tratan cuestiones económicas y sociales.
El Título octavo relativo a la organización territorial es el más discutido. En su redacción se hicieron verdaderos equilibrios para que resultara aceptable para todos. Se alcanzó evidentemente una fórmula ambigua, incluyéndose el nacionalismo catalán, la reivindicación de los derechos históricos del nacionalismo vasco y una fórmula que diera respuesta al sentimiento regionalista.
Para satisfacer a Cataluña, País Vasco y Galicia se utiliza el término nacionalidad al referirse a ellos, lo que no implica la reivindicación de una ruptura política (separatismo). Es preciso recordar que la Constitución española protege el sistema de libertades por un triple procedimiento que incluye al Tribunal Constitucional, al Poder Judicial y al Defensor del Pueblo, elegidos todos por mayoría cualificada. Por último, la Constitución puede calificarse de rígida pues no es nada fácil modificarla.

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