Venta de tierras de labranza en Burgos

Desamortizaciones

Clasificación:

El texto es una fuente primaria de naturaleza jurídica con contenido socioeconómico, ya que es una ley llevada a cabo por Mendizábal y una de las medidas más importantes durante el reinado de Isabel II, especialmente durante el reinado de Mª Cristina. 

 Se redactó el 19/2/1836 en la Gazeta de Madrid, es una medida situada entre las leyes tomadas por Mendizábal entre 1835 en la que se disuelven las órdenes religiosas excepto las destinadas a la educación y al cuidado de enfermos. Y entre 1837 donde se hace extensible la desamortización al clero secular. 

Su autor es Juan Álvarez Mendizábal, que gobierna como presidente progresista y como Ministro de Hacienda. Fue firmado por la regente Mª Cristina. El destinatario de este texto es público, destinado a toda la nacíón española. 

Análisis: 

Este texto recoge un fragmento del decreto de la desamortización en el que se presenta el objetivo de reducir la deuda pública y obtener ventajas en la agricultura y comercio. Declara la venta de los bienes del clero regular exceptuando edificios de servicio público. Por último, se menciona el método de pago que podía ser bien por títulos de deuda pública o bien por metálico.

Este texto se complementa con las siguientes ideas: 

idea: Desarrolla la idea de las causas de la desamortización, entendiendo por desamortización la expropiación por parte del Estado, de tierras eclesiásticas y municipales para su posterior venta.

La primera causa es “disminuir la deuda pública”. La deuda pública acumulada y déficit presupuestario crónico, la hacienda española no tuvo más remedio para financiarse que acudir a la “vía revolucionaria”. Por lo tanto, la agricultura y la minería fueron los sectores afectados. La segunda causa es “entregar al interés individual la masa de bienes, raíces […] a fin de que la agricultura y el comercio saquen de ellos las ventajas”. Uno de los objetivos de las desamortizaciones era crear un campesinado libre y propietario que explotaría las tierras compradas con pretensión de obtener el máximo beneficio. El modelo a seguir era el de Francia revolucionaria pero la verdad no fue así los compradores de las tierras desamortizadas fueron aquellos sectores más privilegiados por lo tanto en España no fue posible construir una clase de campesinos de propiedades medianas. Además otros objetivos de la desamortización de Mendizábal fueron a obtener fondos para financiar la Guerra Civil contra los carlistas, convertir a los nuevos propietarios en adeptos para la causa liberal, castigar a la iglesia por su apoyo mayoritario del bando carlista y por último conseguir el apoyo de la burguésía.

Otras causas hacen referencia a las desamortizaciones de Mendizábal y siguen con la desamortización general de Madoz (1855-1924) que tuvieron similares causas aunque Cabe mencionar que la hacienda pública estuvo más saturada por la guerra carlista que la de Madoz. La desamortización es una de las medidas tomadas por el Estado liberal junto con la supresión de los mayorazgos y la abolición del régimen señorial. 

2ª idea: Se desarrolla el objeto de la desamortización de Mendizábal desamortización las propiedades del clero regular excepto las dedicadas al servicio público en cambio en las desamortizaciones de Madoz incluían las de la iglesia aún no vendidas las de las órdenes militares y las de propiedades municipal, principalmente. Fueron privatizados todas las tierras que hasta entonces eran propiedad colectiva y significó la desaparición definitiva de los bienes de “manos muertas” en España.

3ª idea: Se relaciona con la forma de pago. La quinta parte se abonía antes de la escritura y la otra cuarta parte tiene dos formas de pago, o bien pagar en metálico donde se otorgaba cada uno de los ocho años, la octava parte (10%) O bien pagar en títulos nobiliarios y satisfacer en cada uno de los 16 años siguientes un 5 % del importe total de remate. Esta forma de pago solo fue uno de los efectos de las desamortizaciones que tuvieron lugar como las desamortizaciones no fueron concebidas en ningún momento como una reforma agraria de carácter social ya que muy pocos campesinos sin tierra pudieron acceder a la propiedad de las tierras desamortizadas. Otro efecto fue el aumento de la superficie cultivada, expansión de la superficie cultivada y agricultura más productiva. Otras consecuencias también fueron culturales en relación con la pérdida y expolio de bienes culturales de los antiguos monasterios y el crecimiento interno de la ciudades españolas debido a la circulación de numerosos inmuebles eclesiásticos.



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