Comentario de texto estatuto de autonomía del País Vasco 1979

TEXTO 13: DISCURSO DE LA DIPUTADA CLARA CAMPOAMOR EN LAS CORTES CONSTITUYENTES (1-09-1931)

CLASIFICACIÓN :


El documento a comentar, discurso de la diputada Clara Campoamor en las Cortes Constituyentes, es una fuente primaria de contenido político y social. Se trata de un fragmento del discurso que pronunció Clara Campoamor en las Cortes de la 2ª República el 1 de Septiembre de 1931. El destinatario del texto es público.

El documento se sitúa durante la redacción de la Constitución de 1931, en la 2ª República, gobernando la conjunción republicano-socialista, y siendo jefe de gobierno
Manual Azaña. Será la primera constitución democrática de la historia de España y también la primera que incluye el derecho al sufragio para las mujeres.

Su autora, la propia diputada, es individual. Clara Campoamor fue una de las mayores representantes del movimiento feminista en España. Diputada en las Cortes en 1931, fue una de las tres primeras mujeres diputadas en la historia de España, ferviente defensora de los derechos de la mujer, en especial de su derecho a voto. Militó en el partido de Manuel Azaña y más tarde en el de Alejandro Lerroux. 

Análisis:


Antes de comenzar con el análisis del documento conviene explicar el siguiente concepto para facilitar su comprensión:

Gobierno provisional: este término hace referencia al comité revolucionario creado por el Pacto de San Sebastián, que una vez implantada la República se convirtió en gobierno provisional de la misma hasta las elecciones a Cortes Constituyentes. 

En cuanto al documento, la idea principal es la defensa por parte de Clara Campoamor de los derechos de la mujer, particularmente el derecho a voto, y de la necesidad de plasmar los mismos en una Constitución verdaderamente democrática. Para ello se apoya en diferentes argumentos que podemos considerar como ideas secundarias del texto:

  1. Rechaza principios que avalan la desigualdad indicando que como ser humano, la mujer tiene los mismos derechos que el hombre.

  2. Gracias a la Constitución, España podría convertirse en el primer país latino en aprobar el sufragio femenino. 

  3. La República es el régimen ideal para reconocer los derechos de las mujeres, ya que en pocos días ha hecho más a favor de las mismas que la monarquía en toda la historia.

COMENTARIO:


El documento se sitúa en la 2ª República española (1931-1939), más concretamente en su primera etapa. Tras las elecciones municipales del 12 de Abril, en las que los monárquicos obtuvieron mayoría de votos por el control que los caciques ejercían en las zonas rurales, se hizo evidente la falta de apoyo a la monarquía, pues la conjunción republicano-socialista, triunfó en las grandes ciudades. Como consecuencia, Niceto Alcalá Zamora proclamó la república en Madrid y exigíó al rey Alfonso XIII que abandonara el país. 


En 1931 se celebraron elecciones a Cortes Constituyentes de una sola cámara. Los republicanos y socialistas triunfaron ampliamente en las elecciones y destacaron dos grandes partidos: el de Azaña con 116 diputados y el partido Radical de Lerroux con 90. La derecha apenas obtuvo 50 diputados. Por primera vez en la historia de España hubo 3 mujeres diputadas: las republicanas Victoria Kent y Clara Campoamor y la socialista Margarita Nelken. 

La Constitución definía a España como “una república democrática de trabajadores de toda clase”. También contó con una amplia declaración de derechos y libertades, entre ellos el sufragio femenino, fervientemente defendido por la autora del texto, el matrimonio civil y el divorcio. 

En el proceso de elaboración de la Constitución, se produjeron fuertes debates debidos principalmente a la organización territorial. El texto establecía el derecho de las regiones a constituirse en autonomías. El reparto de competencias generó grandes debates.

Cataluña fue la primera en comenzar el proceso con la aprobación del estatuto de Nuria tras el fallido Golpe de Estado de Sanjurjo en 1932.  Más difícil fue el proceso de aprobación del estatuto vasco que no llegará hasta 1936 en plena guerra civil.

Otro tema que generó intensos debates fue la cuestión religiosa. La constitución pretendía establecer una clara separación entre la iglesia y el estado y finalizar con la financiación estatal de la iglesia. 

Una vez aprobada la Constitución, se decidíó no disolver las cortes y Alcalá Zamora encargó a Azaña que formara gobierno. Así dio comienzo el bienio reformista o republicano-socialista (1931-33) que se caracterizó por una serie de reformas que pretendían solucionar los graves y seculares problemas pendientes del país.

Entre las reformas, la religiosa pretendía terminar con la financiación estatal de la iglesia, establecer una educación laica y gratuita además de promover la coeducación. Los estatutos de autonomía, la reforma del ejército que iba dirigida a la modernización del mismo, las leyes laborales con el ministerio socialista de Largo Caballero cuya finalidad fue la mejora de las condiciones laborales, la regulación del trabajo de mujeres y niños…

Pero sin duda la reforma más importante fue la reforma agraria. Se pretendía la expropiación de tierras a los grandes latifundistas (con su correspondiente indemnización) y el reparto de las mismas entre los campesinos. El intento golpista aceleró la aprobación de la ley pero sus resultados fueron muy limitados. Apenas se produjeron 12000 asentamientos y la lentitud en su aplicación provocó numerosas revueltas en el campo. 

En conclusión, el documento a comentar fue de gran importancia en la historia de España. 

Las primeras elecciones en las que participaron las mujeres fueron las de 1933, e inevitablemente se les echó la culpa de la victoria de la derecha. Era, sin embargo, una conclusión superficial. Aun aceptando que una parte del electorado femenino hubiera podido influir en el resultado favorable a las derechas de los comicios del 33, se trataba sobre todo de un problema de falta de estrategia y unidad en la izquierda, como se encargarían de demostrar las elecciones de Febrero de 1936 con el triunfo del Frente Popular.


TEXTO 14: PROGRAMA DEL FRENTE POPULAR

CLASIFICACIÓN

Se nos presenta para comentar un texto que, con el título de “Fragmento del programa del Frente Popular”, nos muestra algunos de los puntos del programa político de esta coalición de partidos de izquierda para presentarse a las elecciones de 1936. Se trata de una fuente primaria de contenido político y de origen hemerográfico ya que está publicado en “El socialista”.

La 2ª República (1931-1939) atraviesa uno de sus momentos más difíciles. El gobierno de la derecha (1933-36) iba girando a posiciones de extrema derecha, con escándalos de corrupción y la radicalización de las posturas políticas iba en aumento. 

El autor del texto es colectivo (representantes de los partidos de centro izquierda e izquierda que deciden concurrir unidos bajo el nombre de Frente Popular a las elecciones que se celebrarán en Febrero de 1936.). El destinatario es público. 

ANÁLISIS

Para comprender mejor el texto conviene aclarar lo siguiente:

Noviembre DE 1933: fecha en la que se celebraron las segundas elecciones de la República. Fueron las primeras en las que votaron las mujeres. El resultado dio la mayoría al Partido Radical y a la CEDA.

La frase: “los delitos políticos y sociales cometidos después de Noviembre de 1933”, se refiere  a los encarcelados tras la revolución de Octubre de 1934.

La idea principal del texto es presentar el programa de la coalición que forma el Frente Popular para las elecciones de 1936.

El texto se puede dividir en dos partes:

  • Los primeros párrafos agrupan los puntos programáticos comunes a los socios de la coalición. Los aspectos que no suponen discusión son la amnistía de los condenados tras el intento revolucionario de 1934 en Asturias y la proclamación del Estado Catalán y la defensa de la legalidad y el orden republicano basado en la Constitución de 1931, es decir, la vuelta a las reformas del primer bienio.

  • La segunda mitad del texto recoge las diferencias existentes entre los socialistas y los partidos republicanos sobre algunos de esos puntos (la tierra, la banca y el objetivo de la República por ejemplo). Se refleja una concepción diferente de la República: para unos un régimen democrático con progreso social y para otros, una república de clase, socialista.

COMENTARIO

Tras la proclamación de la República y el posterior Gobierno Provisional, en 1931 se convocaron elecciones generales, en las cuales vencíó una coalición de republicanos y socialistas.


Durante el Gobierno republicano-socialista (1931-1933), se nombró presidente de la República a Niceto Alcalá Zamora y se aprobó una nueva Constitución. Entre 1931 y 1933 los republicanos y socialistas llevaron a cabo una serie de reformas para mejorar la situación de España, entre las que destacan las reformas educativas, militares, agrarias, sociales y territoriales. Este Gobierno finalizó tras las elecciones de 1933, ganadas por los radicales y la CEDA.

En las elecciones de 1933 la derecha (CEDA) liderada por José María Gil Robles y el centro (partido Radical) de Alejandro Lerroux lograron el triunfo. Este triunfo trajo consigo una serie de consecuencias. Entre las políticas destacan: la polarización del país (izquierda y derecha), el auge de los fascismos (la extrema derecha), la ralentización o anulación de las reformas llevadas a cabo por el Gobierno republicano- socialista (fundamentalmente la reforma agraria), la amnistía para los detenidos en el intento de Golpe de Estado de Sanjurjo (1932), el enfrentamiento con Cataluña por la ralentización del proceso del estatuto catalán y la paralización del estatuto vasco. 

Otra consecuencia del cambio de gobierno fue la “Revolución de Octubre de 1934” que tuvo gran importancia en la zona minera de Asturias. Los motivos por los cuales se desarrolló esta revolución fueron la entrada en el gobierno de ministros de la CEDA, claramente antirrepublicanos, y la incidencia de la Revolución Rusa. Sus consecuencias fueron el fracaso del levantamiento popular y la posterior represión (fusilamientos, encarcelamientos…). 

Desde el punto de vista político, el gobierno de derechas evolucionaba peligrosamente hacia posiciones ideológicas de extrema derecha, lo que a juicio de muchos, constituía un claro peligro para la supervivencia de la República. Las medidas que iba adoptando desde la revolución de Octubre de 1934: revisión de la constitución, paralización del estatuto de autonomía de Cataluña y de la reforma agraria etc…

Los escándalos de corrupción iban minando al gobierno. Con todo ello, Alejandro Lerroux disuelve las cámaras y convoca elecciones para Febrero de 1936.

En las elecciones de 1936 la derecha (CEDA) y el centro (Partido Radical) se presentan separados y la izquierda se presenta unida bajo el nombre de Frente Popular. El Frente Popular estaba formado por las izquierdas y la mayor parte de las fuerzas progresistas. En su programa destacaba el restablecimiento de la política de reformas del Gobierno republicano-socialista y la amnistía para los encarcelados de la “revolución de Octubre de 1934”.  El texto nos presenta un fragmento de su programa electoral.

El Frente Popular constituye la última etapa de cinco años muy convulsos, sus escasos cinco meses de vida se desarrollaron en medio de un clima que podríamos considerar como prebélico. Vencedor de las elecciones de Febrero de 1936 sus comienzos ya fueron difíciles porque la derecha no aceptó el resultado de las elecciones. 

Algunas de las medidas que toma el nuevo gobierno están recogidas en el manifiesto: amnistía para los presos de la revolución de Octubre, reactivación del estatuto catalán y de la reforma agraria…

Pero las tensiones sociales seguían producíéndose. Por otra parte, un grupo de militares preparaba un Golpe de Estado. 


TEXTO 15: ESTATUTO DE AUTONOMÍA DEL PAÍS VASCO (4-10- 1936)

CLASIFICACIÓN:


El texto nos presenta un fragmento del Estatuto de Autonomía del País Vasco. Se trata de una fuente primaria de naturaleza jurídica y contenido político que fue aprobado en 1936. El documento se redacta con las prisas de la Guerra Civil recién comenzada, tras el Golpe de Estado franquista que estalló en Julio de dicho año. 

Las circunstancias de su promulgación son anómalas, debido a que el gobierno republicano quiere conseguir el apoyo del PNV para facilitar la defensa de la industria vasca frente al avance en el norte de las tropas del General Mola, que ya habían tomado Gipuzkoa en Agosto.

Como autores del texto podemos señalar a José Antonio Aguirre, alcalde de Getxo y dirigente del PNV y a Indalecio Prieto, socialista que formaba parte del gobierno del Frente Popular, ganador de las elecciones de Febrero de 1936.

Análisis:


En el documento se expone la organización política que establece el estatuto para Euskadi: 

  • El País Vasco será autónomo dentro del estado, y estará formado por Bizkaia, Gipuzkoa y Araba.

  • Euskera y castellano serán lenguas oficiales

  • Se establece la posibilidad de crear una policía autónoma…

  • El sistema de sufragio y elección del presidente autonómico serán según lo establecido en la Constitución…

  • Estructura política: división de poderes y funciones de cada uno…

Sin embargo, destacan dos ideas importantes:

  1. Se resalta la necesidad de adaptarse a la Constitución en vigor, en este caso la de 1931. Conviene aquí recordar que el primer proyecto de estatuto vasco, fue rechazado por inconstitucional. 

  2. Otra idea muy importante es la que se refleja en la disposición transitoria primera. En este apartado queda claro que las circunstancias de la guerra suponen una excepcionalidad en el modo de elección del primer gobierno, su presidente y el nombramiento del primer gobierno vasco (no por medio de elecciones sino a través de los concejales electos que pudiesen votar)

    COMENTARIO:

     

En el territorio del País Vasco siempre había estado en vigor el régimen foral pero tras la derrota de los carlistas, Cánovas promulgó la Ley del 21 de Julio de 1876, con la que abolía los fueros en las provincias vascas. 

Apelando al tradicionalismo y reivindicando la recuperación íntegra de los fueros, se creó el Partido Nacionalista Vasco (PNV) en 1895.


Al proclamarse la 2ª República en 1931, la constitución establece la posibilidad de las regiones a solicitar un estatuto de autonomía.  

BIENIO REFORMISTA (1931-33)

En este periodo dentro del PNV existen dos planteamientos ideológicos distintos: uno más tradicionalista y otro más moderno y democrático liderado por José Antonio DE AGIRRE Y LEKUBE, alcalde de Getxo.

Los acontecimientos relativos al tema religioso que se están dando en el Estado (quema de conventos, leyes anticlericales…) provocan una gran indignación entre los nacionalistas y hacen que el PNV llegue a una alianza con los carlistas y los católicos independientes para lograr un Estatuto de Autonomía no anticlerical, triunfando así la línea más tradicional del partido. En estas circunstancias se elaboró el primer proyecto de estatuto.

Fue elaborado por la Sociedad de Estudios Vascos que se lo entregó a la Comisión de Alcaldes para su estudio.  Se fijó en 1931 una Asamblea de ayuntamientos en Estella para su aprobación definitiva. Los alcaldes republicanos rechazan la invitación y los municipios socialistas lo rechazan por clerical y reaccionario. 

La autonomía vasca se declaraba confesional y se reservaba relaciones autónomas con la Santa Sede. Este sería el verdadero problema para la opinión republicana. 

Para defenderlo, PNV, carlistas y católicos forman una coalición electoral que obtuvo una importante representación, mientras en el Estado triunfaron los republicanos y socialistas, que pretendían eliminar el tradicional poder de la Iglesia. 

El proyecto iría recayendo en anticonstitucional a medida que se iba elaborando en las Cortes la Constitución del 31 donde se establecía la separación entre Iglesia y Estado. 

A partir del fracaso del primer proyecto, muchos nacionalistas comienzan a sentirse incómodos junto a los carlistas. Estos reducen su programa a una reacción intransigente a la obra republicana, dejando en segundo plano las reivindicaciones autonomistas. 

El PNV comprueba además, que los partidos de derecha españoles (CEDA) son centralistas, mientras los partidarios de la izquierda no se oponen a un estatuto laico, aconfesional.

Estas circunstancias hacen que dentro del PNV gane terreno la línea más abierta y democrática representada por Aguirre y Leizaola. Carlistas y nacionalistas comienzan a separarse, aceptando estos últimos moverse dentro del marco legal republicano.

El segundo proyecto de estatuto es elaborado por las Gestoras de la Diputaciones. Se suprimen los artículos opuestos a la Constitución. Los carlistas se niegan a aceptarlo y sin embargo los socialistas lo apoyan.

Tras ser elaborado se pasó a su aprobación por los ayuntamientos y también en referéndum. 

  1. EL SEGUNDO BIENIO (1933-Febrero DE 1936): ACCESO DE LA DERECHA AL PODER Y PARALIZACIÓN DEL PROCESO AUTONÓMICO.


TEXTO 16 “Decreto de abolición de los conciertos económicos en Bizkaia y Gipuzkoa” 

CLASIFICACIÓN:


El texto a comentar es una fuente primaria de contenido político. Tras la sublevación  militar contra el gobierno de la 2ª República (18 de Julio de 1936), se inicia en España la Guerra Civil (1936-39). Desde el gobierno provisional instalado en Burgos por el General Franco, se dicta este documento en 1937 tras ser tomada Bizkaia por las tropas franquistas. 

El autor del texto es Franco (1892-1975). Antiguo héroe africanista que participa en el Golpe de Estado contra la República y  se convertirá en líder militar del bando nacional durante la Guerra Civil. El resultado de su victoria supuso una dictadura personal que se prolongó hasta su muerte. El destinatario del texto es público. 

ANÁLISIS


Para una mejor comprensión del documento, podemos explicar los siguientes términos: 

Movimiento Nacional: con este nombre se conoce al régimen dictatorial instaurado por el general Franco tras su victoria en la Guerra Civil. 

Concierto económico: es el pago por parte de los habitantes vascos de sus impuestos a las Diputaciones y no al Gobierno directamente, y  la negociación llevada a cabo por las Diputaciones con el Gobierno central para fijar la cantidad a pagar (el cupo). Creado por Cánovas del Castillo en 1878 tras la ley que suprimíó el sistema foral en 1876.

La idea principal del texto es justificar la abolición de los conciertos económicos de las provincias de Bizkaia y Gipuzkoa.

Otras ideas importantes son:

  • Los argumentos para justificar  la abolición de los conciertos económicos de Bizkaia y Gipuzkoa y de la subsistencia de los mismos en Álava y Navarra. Franco justifica su decisión de abolirlos en el hecho de que se posicionaron en el bando republicano y lucharon contra el franquismo en la guerra. En cambio, destaca la labor de Navarra y Álava en el desarrollo de la guerra ya que ambos territorios se situaron en el bando franquista. Como agradecimiento a su apoyo, Franco decide mantener sus conciertos económicos.

  • La futura situación económica de los cuatro territorios después del 1de Julio de 1937, fecha de entrada en vigor del decreto. Franco dispone que las provincias de Bizkaia y Gipuzkoa paguen todas sus contribuciones, rentas, impuestos ordinarios e impuestos extraordinarios al Estado. De este modo Franco acaba con el régimen concertado con las Diputaciones de estas dos provincias.

COMENTARIO:


La política centralizadora de los Borbones había intentado recortar el sistema foral vasco, pero será en 1876, tras la victoria liberal en la 3ª Guerra carlista, cuando Cánovas del Castillo suprima los fueros. Para evitar tensiones mayores se introduce el primer Concierto económico en 1878, que permite una cierta autonomía fiscal.


Con el triunfo de la 2ª República en 1931, el gobierno de Azaña pone en marcha numerosas reformas que inquietan al ejército y a los grupos más poderosos de la sociedad (militar, educativa, agraria, autonómica). Se producen aquí los primeros proyectos de estatuto vasco, el primero de ellos (Estatuto de Estella) recae en anticonstitucional debido a su confesionalidad y el segundo proyecto queda paralizado ante el triunfo de la derecha en 1933. 

A partir de este año los planteamientos políticos se radicalizan especialmente con motivo de la durísima Revolución de Octubre de 1934. El clima político es de tensión y violencia y en esas circunstancias se producen las elecciones de Febrero de 1936. 

En las elecciones de 1936 vence el Frente Popular, una coalición de partidos de izquierda que arrebata el poder a la derecha. El triunfo de Frente Popular supuso la crispación en la calle fruto de de la polarización de la vida política y la vuelta a las reformas del gobierno republicano-socialista del primer bienio materializada entre otras medidas  en la amnistía a los presos de la Revolución de Octubre de 1934, la reactivación de la reforma agraria, y  la redacción del Estatuto Vasco (finalmente aprobado en 1936). 

El 18 de Julio de 1936 se produce una sublevación militar. Ante el fracaso del levantamiento en las principales ciudades y zonas industriales españolas, el enfrentamiento entre las fuerzas sublevadas y las fuerzas leales al gobierno deriva en una Guerra Civil.

En el País Vasco, Álava y Navarra, con gran influjo carlista, se posicionaron en el bando nacional; mientras que Gipuzkoa y Bizkaia se situaron en el bando republicano. En 1936 las tropas franquistas toman Gipuzkoa cerrando la frontera. Sin embargo, Bizkaia aguanta 9 meses hasta caer en manos franquistas. 

Se había formado la Junta de Defensa de Bizkaia, con mayor participación nacionalista que en Gipuzkoa. El 7 de Octubre, las principales competencias pasaron al recién creado gobierno vasco, constituido al ser aprobado el estatuto de autonomía por las Cortes. 

José Antonio Aguirre, fue proclamado lehendakari de un gobierno mixto de nacionalistas y republicanos de izquierda. El aislamiento del territorio permitíó una independencia “de hecho”, que fue aprovechada por el gobierno vasco para crear moneda propia, una policía (la ertzaintza), una política internacional y la formación del ejército vasco o euzko gudarostea, que tendría 25 batallones anarquistas y del Frente Popular y 20 nacionalistas o gudaris. 

El ejército vasco intentó una ofensiva para tomar Vitoria pero fue derrotado. Se intentó entonces preparar un cinturón defensivo, llamado cinturón de hierro, que protegería Bizkaia. Sin embargo, ante la carencia de medios, se pensó que este sistema cubriera la mayor parte de la zona industrial, y finalmente, solo Bilbao. El General Mola lideraba el ejército del norte, formado sobre todo por navarros, y decidía la conquista de Bizkaia para obtener la riqueza industrial que la España nacional, predominantemente agraria, necesitaba para proseguir la guerra. 

Italianos y alemanes de la Legión Cóndor, bombardearon Ochandiano, Durango y Gernika. En esta última ciudad, el 26 de Abril de 1937 el bombardeo alemán ocasiónó un centenar y medio de muertos.


TEXTO 17: LEY DE RESPONSABILIDADES POLÍTICAS

CLASIFICACIÓN


El texto a comentar es un fragmento de la Ley de Responsabilidades Políticas de Febrero de 1939, es por tanto una fuente histórica primaria de contenido político y carácter jurídico publicada en el Boletín Oficial del Estado del bando Nacional (desde Burgos).

El texto se sitúa a principios de 1939, cuando la guerra estaba llegando a su fin. El gobierno del bando Nacional, situado en Burgos, controlaba ya casi todo el territorio.

El autor del documento es Francisco Franco. Fue uno de los generales que impulsó el Golpe de Estado de Julio de 1936. Pronto fue proclamado Generalísimo de los ejércitos, Jefe de gobierno y de Estado, iniciándose una Guerra Civil y tras su victoria un período de gobierno dictatorial hasta su fallecimiento.

El destinatario es público y se dirige a toda la sociedad española, especialmente a los que han colaborado con la República y que están todavía en guerra contra él.

ANÁLISIS


Para poder analizar el documento es necesario aclarar los siguientes conceptos: 
  • “Subversión roja”: con este término Franco hace referencia a los comunistas (y generaliza el concepto a todo el bando republicano), ideología que intentó combatir por todos los medios.

  • 1º de Octubre de 1934: en esta fecha tuvo lugar la llamada “Revolución de Octubre”, especialmente violenta en Asturias

  • 16 de Febrero de 1936: como indica el texto, en estas elecciones salíó ganador el Frente Popular y durante sus primeros meses de gobierno quedó patente la gran división que existía entre los españoles, con posturas políticas cada vez más extremistas y que no pudieron llegar al entendimiento.

  • 18 de Julio de 1936: esta fecha hace referencia al Golpe de Estado contra el gobierno de la 2ª República protagonizado por Franco y otros generales.

  • Movimiento nacional: es el nombre con el que se conoce al conjunto de fuerzas que formaron parte de la sublevación .

  • Frente popular: coalición electoral para las elecciones de 1936 que engloba a distintas ideologías, desde republicanos moderados a comunistas para hacer frente al fascismo. Ganó las elecciones y gobernó durante la Guerra Civil en los territorios no ocupados por el ejército rebelde.

  • Organizaciones separatistas: con este término Franco hace referencia a los nacionalistas vascos y catalanes que lucharon del lado de la República.

  • Falange española tradicionalista y de las JONS: partido único de la dictadura franquista fundado por José Antonio Primo de Rivera. Recibíó este nombre tras el decreto de unificación de todas las fuerzas integrantes del bando nacional.


La idea fundamental del texto, es la condena y castigo político y económico de todas las personas y asociaciones que se han opuesto al llamado Movimiento Nacional, han apoyado desde 1934 hasta 1939 a la causa republicana y han participado en la guerra con este bando. 

Otras ideas importantes del texto son las siguientes:

  • Paradójicamente, Franco acusa de rebeldía a todos los que, respetando el gobierno legal, no se mostraron partidarios del Golpe de Estado y los acusa de responsables de la guerra. 

  • La ley afecta, con carácter retroactivo, a todos aquéllos que desde Octubre de 1934 tuvieron alguna vinculación política con ideologías contrarias a la de los militares sublevados.

  • Advierte de la represión que van a sufrir los vencidos por parte de la “Nueva España “que el bando Nacional estaba construyendo.

  • La composición de los tribunales del nuevo régimen coincide con algunos de los principios básicos del Franquismo: los militares (el ejército como pilar fundamental del estado), y la Falange, partido único de la dictadura franquista

COMENTARIO:


Con la declaración de la 2ª República (14 de Abril de 1931) dio comienzo la primera etapa verdaderamente democrática de la historia de España. Sin embargo, desde el primer momento, el gobierno de Azaña tuvo problemas para llevar a cabo las reformas necesarias, tanto desde la izquierda revolucionaria para la cual resultaban demasiado moderadas, como desde la derecha, que veía en las leyes reformistas una amenaza para sus principios fundamentales. 

Con la victoria de la derecha (CEDA) en las elecciones de 1933, tiene lugar la llamada “Revolución de Octubre de 1934” (mencionada en el texto). A partir de este hecho, la vida política no conseguía recuperar la normalidad debido a la progresiva radicalización política. La victoria del Frente Popular en Febrero de 1936 hizo aumentar los continuos enfrentamientos entre las izquierdas cada vez más radicalizadas (quema de conventos, proletariado alterando el orden público…) y las derechas cercanas al fascismo (Italia, Alemania). Esta situación desembocó en un Golpe de Estado que dio origen a la Guerra Civil al no triunfar la sublevación en las principales ciudades españolas.

En el momento en que se publica el texto, Juan Negrín era el jefe del gobierno republicano. Su intención era alargar la guerra hasta el comienzo de la ya previsible 2º Guerra Mundial, para que así, los países contrarios al fascismo ayudasen al bando republicano. Sin embargo los sublevados se hacían más fuertes. El texto se sitúa por lo tanto antes de que Franco ganase la guerra, pero los artículos que incluye muestran la convicción por parte de los nacionales de que la guerra la tenían ya ganada y de que ellos solos iban a construir “la paz”.

El triunfo del bando nacional permitiría a Franco instaurar una larga dictadura.


TEXTO 18: LEY DE PROTECCIÓN DE LAS INDUSTRIAS DE INTERÉS NACIONAL (25-10-1939)

CLASIFICACIÓN:


El texto a comentar es una fuente primaria de contenido económico. 

Su cronología corresponde a Octubre de 1939, recién terminada la Guerra Civil que había comenzado con la sublevación del ejército el 18 de Julio de 1936 contra el gobierno de la 2ª República (1931-36).

El intento democratizador de esta etapa, se verá frenado por la creciente radicalización política y la inestabilidad y conflictividad social que llevan al Golpe de Estado del bando autodenominado “nacional”. 

Durante los 3 años de guerra, el bando liderado por Franco se impuso por su superioridad militar y mejor organización, contando también con la ayuda de Italia y Alemania. La guerra finaliza el 1 de Abril de 1939.

 Con su victoria, comenzaba la dictadura de F. Franco (1939-75). Fue uno de los generales que impulsó el Golpe de Estado de Julio del 36. Pronto fue proclamado Generalísimo, Jefe de gobierno y de Estado, iniciándose una Guerra Civil y tras su victoria un período de gobierno dictatorial hasta su fallecimiento.

El destinatario del texto es la sociedad española, especialmente, los grupos económicos con posibilidades e interés en invertir en estas actividades. Aparece publicado en el Boletín Oficial del Estado. 

ANÁLISIS:


Conviene aclarar los siguientes conceptos para una mejor comprensión del documento: 
  • Gloriosa Cruzada: hace referencia a la naturaleza religiosa de la Guerra Civil.

  • Productos exóticos: se refiere a los productos de importación, que no pueden conseguirse debido al aislamiento internacional.

La idea fundamental del texto es la promoción del sector industrial en España, debido a la precaria situación en que se encontraba al acabar la guerra y al aislamiento al que el régimen franquista se veía sometido por parte de Europa occidental ya que había apoyado a las potencias fascistas durante la 2ª Guerra Mundial. 

Se consideran claves las industrias necesarias para la defensa y aquéllas básicas para el desarrollo económico.  

Idea secundaria sería que el gobierno decide intervenir para favorecer la industrialización. Se trata de la etapa autárquica en la que se produce una clara intervención y control del Estado en la economía.

Una vez definidas cuáles serán las “industrias de interés nacional”, afirma que tendrán una serie de privilegios otorgados por el estado, como son la reducción de impuestos, el derecho a expropiación para instalarse o expandirse, el cobro de menos impuestos en las aduanas y la garantía de parte del capital invertido. Como es de prever, muchas industrias querrán ser “de interés nacional” y, seguramente, con medidas como esta, muchos empresarios se hicieron afines al régimen.



COMENTARIO:

Con la declaración de la 2ª República (14 de Abril de 1931) dio comienzo la primera etapa verdaderamente democrática de la historia de España. Sin embargo, desde el primer momento, el gobierno de Azaña tuvo problemas para llevar a cabo las reformas necesarias, tanto desde la izquierda revolucionaria para la cual resultaban demasiado moderadas, como desde la derecha, que veía en las leyes reformistas una amenaza para sus principios fundamentales. 

Tras las reformas del primer bienio (educativa, laboral, territorial, agraria…) con el gobierno republicano-socialista, la victoria de la derecha en 1933 supuso la paralización o anulación de las mismas. En Febrero de 1936, se celebraron las terceras elecciones generales que ganó el Frente Popular, coalición de partidos que se habían unido para defender la democracia y luchar contra el fascismo. Si ya las reformas del primer bienio habían incomodado entre otros al ejército (especialmente los estatutos de autonomía, la ley del ejército, etc). En esta etapa, la situación del país se fue tensando debido a una creciente conflictividad social e inestabilidad política. Los asesinatos del teniente Castillo y Calvo Sotelo en Julio de 1936 fueron el detonante que aprovecharon algunos militares organizados para provocar el levantamiento militar contra el gobierno republicano de 1936.

La falta de respuesta del gobierno presidido por Casares Quiroga, facilita el avance del bando sublevado para el que se intuye un resultado favorable ya que contaba con la ayuda de Alemania e Italia. El 1 de Abril de 1939, la guerra concluye y Franco dirigirá la nueva situación política, una dictadura bajo su mando que se prolongará hasta su muerte en 1975.

Los apoyos sociales al sistema provienen de la Iglesia, que ha declarado la naturaleza religiosa de la guerra, el ejército, la Falange, campesinos católicos, burguésía que es el grupo que podrá salir beneficiado de esta ley. Las bases ideológicas de la dictadura son escasas, pero favorecen a sus apoyos: militarismo, nacionalismo exaltado, nacional-catolicismo y nacional-sindicalismo. También, defensa del capitalismo, como el texto indica “estimular la iniciativa particular”, pero bajo control del Estado.

 El texto se encuadra en la primera etapa de la dictadura franquista, los años 40. El país está devastado y al mismo tiempo aislado debido al rechazo internacional de un régimen que se presentaba como aliado de las potencias fascistas de Europa.  Todo esto provocó la autarquía que Franco defendíó frente a un pueblo maltratado por la guerra y el hambre. El gobierno optó por la política económica autárquica, estatal, intervencionista y proteccionista, aun conociendo la necesidad de importar productos de los que carecía el país.

Esta política económica provocó pobreza, desabastecimiento (cartillas de racionamiento), descenso del nivel de vida y corrupción (mercado negro) pero favorecíó la iniciativa privada con exenciones en sectores “de interés nacional” y beneficios garantizados.

La ley trata de potenciar la creación de industrias para generar riqueza y establece unas normas y condiciones para fomentar aquéllas que se consideraban “de interés nacional”, en general industrias pesadas, básicas para el desarrollo económico.


TEXTO 19: RESOLUCIÓN APROBADA EN EL CONGRESO DEL MOVIMIENTO EUROPEO DE Múnich (7/8-06-1962) A PROPUESTA DE LOS 118 DELEGADOS ESPAÑOLES

CLASIFICACIÓN:

El texto a comentar es un fragmento de la resolución aprobada en el congreso del Movimiento Europeo de Múnich donde se elaboró una declaración de condena al régimen franquista y a favor de la instauración de la democracia en España. 

Se trata de un texto de contenido político, y que, según su origen, es una fuente histórica primaria. Está fechado en 1962, durante la dictadura franquista en España (1939-1975). 

El autor del documento es colectivo ya que es redactado por miembros del Movimiento Europeo que representaban a todas las ideologías de oposición al régimen franquista (excepto comunistas) y el destinatario es público.

ANÁLISIS:

Para una mejor comprensión del texto comenzaremos con la explicación de ciertos conceptos:

  • Convenio Europeo de Derechos del Hombre: convenio que entró en vigor en 1953 y tiene por objeto proteger los Derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas sometidas a la jurisdicción de los Estados miembros. Se inspira expresamente en la Declaración Universal de Derechos Humanos proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

  • Carta social europea: documento firmado en Turín en 1961 por el cual los países miembros del Consejo de Europa se comprometían a la defensa de los Derechos Humanos y libertades Fundamentales. Garantizaban a sus pueblos derechos civiles y políticos sin discriminación por ningún motivo. 

  • Movimiento europeo: asociación para coordinar la construcción de una Europa Federal (1948).

La idea principal del texto es reclamar el establecimiento de una democracia en España para poder ingresar a la CEE. 

Como idea secundaria está la solicitud del reconocimiento de los derechos y libertades (de expresión, sindical e ideológica) de los españoles y de la personalidad de las regiones. 

Otra idea importante es el deseo de que se realice el proceso lo antes posible y de manera pacífica. 

Además, el texto está dividido en 5 puntos principales que entran en contradicción con las Leyes Fundamentales del Franquismo:

El primero consistía en establecer instituciones elegidas por los ciudadanos. No existen instituciones elegidas por los ciudadanos en la España de Franco. (La Ley constitutiva de las Cortes (1942) establecía la existencia de una cámara formada por procuradores elegidos por cargo o indirectamente por corporaciones).


COMENTARIO:

El régimen instaurado tras el levantamiento, el 18 de Julio de 1936, contra el legítimo gobierno de la República fue el que el ganador de la Guerra Civil establecíó. Francisco Franco fue el militar que se impuso sobre los otros sublevados, dirigiendo a fuerzas tradicionalistas, falangistas etc., contando también con el apoyo del Ejército y la Iglesia.

El franquismo fue una verdadera dictadura. No existía división de poderes ni derecho al sufragio universal. Denegaba los derechos de libertad de expresión, asociación, culto, reuníón etc.

Al acabar la guerra se ejecutó y persiguió a los críticos al régimen.  Los miembros de los partidos derrotados sufrieron la cárcel, marginación social o el exilio. El númeo de presos políticos se multiplicó.

Al mismo tiempo, existía una proximidad a los regíMenes fascistas de Hitler y Mussolini. No se puede olvidar el apoyo nazi e italiano a Franco durante la Guerra Civil, ni tampoco la ayuda española a las potencias del Eje en la 2ª G. M. (División Azul).

Todas estas circunstancias hicieron que España quedara marginada en la política exterior: retirada de los embajadores en 1946 o no ingreso en la ONU hasta 1955. 

Sin embargo, la Guerra Fría y la política de bloques permitíó que en 1953 se firmara un Concordato con el Vaticano porque tanto al Estado Español como a la Santa Sede les interesaba regular sus relaciones defendiendo cada parte sus intereses. Este mismo año, EEUU y España firmaron un acuerdo bilateral de ayuda económica y política de defensa que supónía el permiso de establecimiento de bases militares norteamericanas en España a cambio de ayuda económica. Lo mejor de este acuerdo para el régimen fue el reconocimiento internacional sin haber modificado sus carácterísticas políticas. 

La entrada en el gobierno de los tecnócratas en 1956 y el Plan de Estabilización de 1959 fueron el comienzo de una nueva era desarrollista que no se correspondíó con la apertura política demandada por la sociedad. La movilización política, sindical y estudiantil fue en aumento mientras el gobierno impónía estados de excepción. Aprovechando el desarrollo económico, el régimen quiso homologarse con las democracias europeas y solicitó la adhesión de España a la Comunidad Económica Europea en 1962.

En estas circunstancias, el Movimiento Europeo convocó, en Junio de 1962 en Múnich un Congreso. Acuden delegados españoles del interior y el exilio. Son representantes republicanos, monárquicos, democristianos, socialistas, nacionalistas vascos y catalanes (no acudieron representantes comunistas).

Este congreso a instancias de estos delegados aprueba los acuerdos expresados en el texto. Son acuerdos que exigen la democratización del sistema político para todo estado que desee un acercamiento a Europa. Es decir, se exige a España que modifique su estructura política dictatorial si pretende integrarse en la CEE u otro organismo similar.

Como hemos visto en el análisis, España tenía aprobadas 7 leyes fundamentales que imposibilitaban el cumplimiento de estos acuerdos.


TEXTO 20: LEY ORGÁNICA DEL ESTADO

CLASIFICACIÓN:


El documento a analizar es una fuente primaria de contenido político. Se trata de la Ley orgánica del estado, publicada en 1967 en el BOE. El autor es el general Franco, quien, tras el alzamiento contra el gobierno republicano (1931-36), consiguió ganar la Guerra Civil española (1936-39) e implantar una dictadura personal hasta su muerte en 1975.

Promulgada en plena guerra fría y en la etapa del desarrollismo económico español, la ley pretende oficializar la dictadura 28 años después de la victoria culminando así la institucionalización del régimen en un momento en que la oposición antifranquista comenzaba a conseguir repercusión en el exterior.  El destinatario del texto es público.

Análisis:

Cabe destacar el término Movimiento Nacional que se refiere al régimen en sí mismo. Es la ideología única de la nacíón y está basado en el catolicismo integrista, militarismo, nacionalismo español, nacional-sindicalismo y obediencia al general Franco. Asimismo puede entenderse con este término el partido único de la dictadura FET y de las JONS.

Leyes fundamentales: conjunto de 8 leyes que organizaban los poderes del estado durante la dictadura franquista.

La ley está redactada e ideada a modo de constitución, estructurada en artículos que establecen las normas fundamentales del estado. 

En el artículo 1, Franco establece como forma de gobierno la Monarquía, lo cual  demuestra su intención de ser sucedido por un Borbón. 

En el artículo 2º demuestra su nacionalismo centralista y obliga a la indisolubilidad de España. En el artículo 3º, afirma que el estado español se regirá siempre por los principios del Movimiento, ya explicados anteriormente. Es como si el caudillo tratara de aclarar que cuando él ya no esté los principios de su gobierno deberán seguir vigentes.

En el artículo 6, Franco se reafirma en que él personifica la soberanía nacional. Franco creía  que era un enviado de Dios para salvar a España y por lo tanto estaba legitimado ante la sociedad. 

Se define como la máxima institución representativa del Estado, lejos de las Cortes o el Gobierno como pudiera ser en una democracia. Además se atribuye el poder político al ser el máximo dirigente del único partido político. Tiene además la capacidad de redactar y ejecutar las leyes, por decreto sin pasar por las Cortes. También ejerce la tutela sobre el poder judicial y puede influir en los nombramientos de los jueces. Por último ejerce el mando de las Fuerzas Armadas, el ejército será una de los principales apoyos del franquismo.

La ley pretendía separar las funciones del Jefe del Estado y del Jefe de Gobierno, sin embargo no será hasta 1972 cuando se produzca dicha separación con el nombramiento de Carrero Blanco como presidente del Gobierno.


COMENTARIO:


Franco se opuso frontalmente a una constitución que recordase el período liberal. Cuando se decidíó a institucionalizar su gobierno personal, fue en respuesta a acontecimientos externos ya que quería asegurarse la continuidad del franquismo en España. Ello obligó a promulgar un conjunto de leyes complejas, y a veces contradictorias, que aparecían según las necesidades políticas del régimen. 

En la primavera de 1938, Franco decretó el Fuero del  Trabajo, que articulaba las relaciones laborales y establecía los fundamentos sobre los que se organizaría la economía del nuevo Estado. El sindicato único obligatorio, vertical, entregado a la Falange, se encargaba del encuadramiento laboral.

La ley constitutiva de las Cortes fue promulgada en 1942, motivada por la evolución del conflicto europeo (II Guerra Mundial), que ya empezaba a decantarse a favor de las democracias occidentales.

Terminada la Segunda Guerra Mundial, Franco publicó en 1945 el Fuero de los Españoles, como otra operación de maquillaje del régimen ante las exigencias democráticas de los vencedores. Solo en apariencia era una declaración de derechos. En realidad, el texto propónía un sistema político autoritario con derechos limitados y sólo aprovechables por quienes no se opónían al régimen.

En el mismo año, se publicó la Ley del Referéndum, que pretendía dar la impresión de que en España estaba reconocido el sufragio.

Tras diez años de dictadura, la Ley de Sucesión en la jefatura del Estado fue sometida a referéndum y aprobada en uno de los pucherazos de la historia del régimen por más del 93 % de los votantes. La ley declaraba a España  «reino» por su tradición monárquica y reservaba a Franco el derecho de nombrar a su sucesor.

En 1958,  Franco promulgó la Ley de Principios del Movimiento Nacional que supónía el reconocimiento de Falange Española Tradicionalista (FET) como único partido.

En la década de los 60 el gobierno estaba al mando de los tecnócratas, ministros expertos en economía pero muy conservadores en sus principios políticos, venidos del Opus Dei con la intención de reformar el país, al menos en lo económico (López Rodó, López Bravo…). 

Franco comenzaba a mostrar serios problemas de salud, y teniendo en cuenta que su sucesión no sería posible hasta su muerte, era necesario crear una nueva figura, que de cara a la opinión pública ejerciera las funciones de Jefe de Gobierno. 

Después de un  período largo sin leyes fundamentales, a mediados de los años sesenta, el régimen trató de responder al desarrollo económico con un simulacro de actualización de su entramado legislativo. La Ley Orgánica del Estado introdujo algunas novedades funcionales, como la separación de los cargos de jefe del Estado y presidente del Gobierno. Ambos serán designados por Franco, pero suponen  una especie de testamento político. El cargo de jefe de gobierno será ocupado en 1973 por Carrero Blanco, y la jefatura del estado será jurada por Juan Carlos de Borbón en 1969 aunque no ejercerá ninguna de sus funciones hasta la muerte del dictador. 


TEMA 2. Construcción y consolidación del Estado liberal (1834-1874):
1.El triunfo del liberalismo: moderados y progresistas, su legislación económica.
2. El Sexenio Democrático o Revolucionario.

Durante el Siglo XIX se produce el fin del Antiguo Régimen y el inicio del liberalismo en España. 

Revolución liberal→ proceso de sustitución de la sociedad feudo-señorial del Antiguo Régimen por una nueva sociedad liberal burguesa y capitalista, y da lugar a la aparición del Estado Constitucional organizado sobre la libertad política y la igualdad jurídica, la división de poderes y la soberanía nacional. 

El inicio del liberalismo en España se llevó a cabo con la Constitución de 1812 y la labor legislativa de las Cortes de Cádiz. Se pretendía acabar con el Antiguo Régimen y asentar un estado liberal, pero la vuelta de Fernando VII como rey absolutista, supuso la anulación de la obra legislativa de Cádiz y la persecución de los liberales. 

Durante la minoría de edad de Isabel II (1833-43), su reinado (1844-68) y el Sexenio Democrático (1868-74), tienen lugar las tres guerras carlistas. No fueron enfrentamientos tan solo para resolver un problema sucesorio (entre el hermano de Fernando VII, Carlos María Isidro y la hija del rey, Isabel) sino que supusieron la lucha entre el Antiguo Régimen y el Liberalismo. 

Además de absolutistas y liberales, el cuadro de fuerzas políticas se va ampliando durante el reinado de Isabel II. Surgen en este reinado los primeros partidos políticos fruto de las divisiones de los liberales: el partido moderado, el partido progresista, el partido demócrata (del que surgirán los primeros grupos republicanos) y la Uníón Liberal. Estos partidos (excepto el demócrata), se sucedieron en el poder por medio de pronunciamientos. Nunca consensuaron una constitución válida para todos, sino que cada partido redactó una constitución a su medida, lo que provocó que las constituciones se sucedieran a medida que cada partido tomaba el poder. 

Tras la muerte de Fernando VII (1833), ya durante la regencia de María Cristina de Borbón (1833-40), al estallar la primera guerra carlista y buscando el apoyo de los liberales, se elabora el Estatuto Real de 1834, una carta otorgada que resultó un freno para las reformas que se solicitaban. Más tarde, los liberales redactarían la Constitución progresista de 1937, la moderada de 1845 y la de 1856 que no llegó a aprobarse. 

En la primera etapa de su reinado, la Década Moderada (1844-54) con la presidencia de Narváez, se aprueba la constitución moderada de 1845, se firma el Concordato con la Santa Sede en 1851 y se recupera el orden tan ansiado por el liberalismo moderado.

Durante el Bienio progresista (1854-56) tras el pronunciamiento de O^Donell, se inicia la elaboración de una nueva constitución que no llegó a aprobarse. En 1856 la Uníón Liberal y los moderados regresan a la Constitución de 1845 con un acta adicional (con medidas progresistas) que será eliminada posteriormente. El liberalismo moderado vuelve a recuperar el poder y la política progresista tendrá que esperar al Sexenio. 


La corrupción política, las crisis de subsistencia y los escándalos que implicaban a la reina Isabel II, llevarán a Prim y Serrano a dirigir la llamada Revolución Gloriosa en 1868. La reina se exilia y los progresistas llegan al poder durante el Sexenio.

En 1869 la Constitución democrática del Sexenio recogía el principio de soberanía nacional, establecía la separación de poderes, derecho de reuníón y asociación (inicio del movimiento obrero en España) y libertad de cultos. La forma del estado era una monarquía democrática con cortes bicamerales y sufragio universal masculino. 

Esto llevó a buscar un nuevo rey para España, un rey constitucional. Así da comienzo el reinado de Amadeo de Saboyá (1871-73), que llega desde Italia con la colaboración de Prim. Los problemas de España superan a Amadeo (guerra de Cuba, inicio de otra guerra carlista, crisis económica…) falto de apoyos (Prim había sido asesinado, el republicanismo comenzaba su avance, sobre todo el federal, Cánovas crea el Partido Alfonsino para defender el derecho al trono de Alfonso, hijo de Isabel…) renuncia a su cargo y se declara la Primera República. 

Esta experiencia republicana fracasa debido a numerosos factores como la división de los republicanos (federales como Pi y Margall y unitarios como Figueras, Salmerón y Castelar) y el desarrollo del movimiento obrero (movimiento cantonal). Se suceden 4 presidentes en un año escaso y a finales de 1874 el Golpe de Estado de Martínez Campos en Sagunto facilita la llegada de Alfonso XII y el inicio de la Restauración (1875-1923).

Respecto a los cambios económicos, durante esta etapa se desarrolla un nuevo concepto de propiedad que es entendida por la doctrina liberal como fuente de felicidad para el ser humano, se intenta potenciar la libre circulación de capitales y avanzar en la creación de un mercado nacional.

Tanto en los dos periodos de gobierno progresista (regencia de María Cristina y bienio progresista de 1854-56) como durante el Sexenio se suceden leyes y medidas jurídicas encaminadas a iniciar la construcción del ferrocarril, y poner en marcha la industrialización. Las medidas fundamentales son:

  • Desamortizaciones: Mendizábal 1836 y Madoz 1855.

  • Ley general de ferrocarriles 1855. /      Medidas proteccionistas.

  • Legislación sobre minas de 1868 y 1871 (concesión a perpetuidad la primera y venta a compañías sobre todo extranjeras la segunda) 

Desamortizaciones –> herramienta para transformar el concepto de propiedad fundamental en el liberalismo.

La desamortización de Mendizábal (1836) tiene como objetivos ganar la guerra carlista y eliminar la deuda pública para mantener en el trono a Isabel II. También intentaba atraer a las filas liberales a los principales beneficiarios de la desamortización, poder solicitar nuevos préstamos y cambiar la estructura de la propiedad eclesiástica. Se pusieron en venta en subasta pública los bienes del clero secular y regular (tierras, conventos, iglesias, catedrales…). Se permitíó el pago con títulos de deuda pública lo que contribuyó a su reducción.


Respecto a la desamortización de Madoz (1855) se desvinculaban los bienes de la nobleza, se desamortizaban bienes de la iglesia y se ponían en venta también los bienes de los ayuntamientos (comunales y de propios). Las diferencias con la de Mendizábal eran:

  • El estado no era propietario del dinero, sino los ayuntamientos.

  • Lo recaudado se destina a la expansión del ferrocarril.

Las desamortizaciones no sirvieron para el reparto de tierras entre los desfavorecidos, porque no se hizo una verdadera reforma agraria. Sin embargo, a largo plazo, contribuyeron a aumentar la producción agrícola por la extensión de la superficie cultivada, a la aparición de un proletariado agrícola (campesinos sin tierra) y de una burguésía terrateniente. Se produjo además una importante pérdida del patrimonio artístico y cultural de la iglesia.

La ley de ferrocarriles (1855) eliminó los aranceles a las importaciones de material ferroviario y concedíó privilegios de expropiación de tierras a las compañías privadas concesionarias. El ferrocarril se construyó con rapidez gracias a la entrada de capitales franceses, belgas e ingleses. De todas formas, llegó tarde y esto colocó a España en posición de desventaja respecto a otras economías europeas.

Durante el reinado de Isabel II, el Sexenio Democrático y también durante la Restauración términos como librecambismo y proteccionismo aparecían continuamente en los debates económicos. Desde mitad de siglo el librecambismo fue implantándose lentamente, pero en la década final el proteccionismo ganó terreno. 

La ley arancelaria de 1869 rebajaba los impuestos aduaneros para facilitar la importación de bienes de equipo y la exportación de alimentos y materias primas. Se pretendía que la industria española alcanzase el nivel para poder competir con el exterior.

La legislación sobre minas (1868, 1871) fue una autentica desamortización del subsuelo que facilitaría la llegada de capitales y la exportación masiva de minerales en las décadas siguientes. Fueron pasos para permitir la entrada de capitales que pudiesen financiar el crecimiento económico. Destaca la creación del Banco de España 1856 y la implantación de la peseta en 1868.

Todas estas transformaciones hacia la consolidación de un estado liberal se producen bajo la hegemonía de la burguésía. En España, la revolución liberal-burguesa tuvo como carácterísticas:

  • La lentitud y fragilidad de los cambios.

  • La fuerte resistencia de los grupos privilegiados del Antiguo Régimen.

  • La conflictividad e inestabilidad.

  • El retraso en los cambios frente a los países de su entorno.

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