Dicen que la historia se repite, lo cierto es que sus lecciones no se aprovechan.
La Restauración Borbónica en España (1874-1902): Sistema Político y Constitución
La Restauración Borbónica (1874-1902): Cánovas del Castillo y el Turno de Partidos. La Constitución de 1876.
A. Reinado de Alfonso XII (1874-1885)
Inestabilidad del período anterior (1868-1874): El viraje conservador de la burguesía aviva los deseos de una restauración monárquica.
1874: Golpe de Estado del General Pavía: Acaba con la Primera República democrática, imponiendo un gobierno militar dirigido por el General Serrano (quien decide mantener el sistema republicano).
Paralelamente, el Partido Alfonsino con Cánovas del Castillo:
Colaboración diplomática (internacional).
Preferencia de Cánovas por una restauración monárquica basada en el deseo popular.
«Manifiesto de Sandhurst» (1874): Firmado por Alfonso XII y redactado por Cánovas.
Propone una monarquía liberal con derechos básicos (libertad, propiedad e igualdad jurídica).
Defiende una España unida (centralismo) y tradicional (católica).
Promete una restauración pacífica.
Pero la crisis económica y la inestabilidad precipitan el Golpe de Estado del General Martínez Campos (Sagunto, 29 de diciembre de 1874).
En enero de 1875 llega Alfonso XII: Se inicia «la Restauración» (hasta 1902 con la mayoría de edad de su hijo Alfonso XIII).
Con el inicio del reinado, Cánovas imprime un giro conservador: Firma un Concordato y suprime la libertad de expresión y cátedra.
Principal objetivo: Conseguir la estabilidad política.
Pacificación de España: Acaba con la Tercera Guerra Carlista en 1876 y suprime los fueros vascos.
Acabar con la guerra de Cuba: Se firma la «Paz de Zanjón» en 1878 (España se compromete a abolir gradualmente la esclavitud y a otorgar mayor autonomía a Cuba).
Integración política: Integra a políticos liberales y demócratas del Sexenio dentro del Partido Liberal-Fusionista de Práxedes Mateo Sagasta.
Alejar al ejército de la vida pública.
Nuevo orden político-jurídico: La Constitución de 1876.
B. El Sistema Canovista
Al nuevo régimen político de la Restauración se le conoce como «Sistema Canovista»: Basado en el modelo británico de alternancia pacífica entre grandes partidos.
Tras promulgar la Constitución de 1876, pacificar España e integrar a políticos, Antonio Cánovas del Castillo idea «el turno de partidos»:
Consistía: Una monarquía parlamentaria en la que los partidos se turnarían en el poder (se harían innecesarios los pronunciamientos).
Sin embargo, era un falso régimen parlamentario: Solo se tenía en cuenta a dos partidos (bipartidismo) que representaban los intereses de la burguesía. Quedaban excluidos en la oposición el resto: republicanos, socialistas y nacionalistas.
Los dos grandes partidos:
Partido Conservador:
Creado por Cánovas del Castillo.
Miembros: Antiguos integrantes del Partido Moderado y Unión Liberal.
Propugnaban: Monarquía parlamentaria controlada por una oligarquía económica.
Ideas:Sufragio restringido, apoyo a la Iglesia, limitación de libertades y proteccionismo económico.
Partido Liberal:
Fundado por Sagasta.
Difería poco del partido anterior (respondía a los intereses de la oligarquía), pero recogía una base social más amplia.
Ideas:Soberanía nacional, Sufragio Universal, más libertades, anticlericales y librecambistas (Adam Smith).
Para garantizarse el turno bipartidista se recurrirá al falseamiento del proceso electoral:
Se pactaba de antemano el cambio de gobierno, se convocaban elecciones y se amañaban recurriendo al «caciquismo».
Ambos partidos tenían una red organizada: Madrid (altos cargos) / Gobernador Civil en las provincias / en pueblos, aldeas o comarcas: cacique local (poder económico e influencias).
Funcionamiento del fraude:
El momento del cambio se pactaba entre partidos y el rey: El rey disuelve las Cortes y convoca elecciones.
Desde Madrid, los «oligarcas» dan instrucciones a los gobernadores civiles: Estos se encargan de elaborar la lista de candidatos que tenían que salir elegidos en cada localidad o reparto de circunscripciones («encasillados»).
Se lo comunican a los caciques: Estos se encargan de la manipulación directa (protecciones, amenazas, extorsiones e incluso «pucherazos»).
C. La Constitución de 1876
El sistema se reguló con la Constitución de 1876, la más duradera de las habidas hasta entonces (estuvo vigente hasta el golpe de Estado de Primo de Rivera el 15/09/1923).
Fue una constitución moderada que incorporaba algunos avances de la Constitución de 1869. Presenta dos rasgos característicos:
Integradora: No excluye a ningún ámbito de la sociedad.
Ambigua: Deja en mano de decretos y leyes posteriores la regulación de cuestiones fundamentales no incluyéndose en la Constitución. Se desarrollarían según la inclinación ideológica de los gobiernos.
Objetivo: Evitar el cambio de constitución cada vez que cambiase el gobierno.
Contenido:
Sistema de monarquía parlamentaria con Soberanía compartida (Rey + Cortes):
Poder ejecutivo: En manos del rey. Nombra ministros y jefe de gobierno al margen de las mayorías parlamentarias. Poder moderador (facultad de convocar o disolver las Cortes y de sancionar las leyes) y Jefatura del Ejército (para evitar pronunciamientos y la intromisión del Ejército en los asuntos políticos).
Poder legislativo en Cortes Bicamerales:
Senado: Designados por el rey (vitalicios y electos).
Congreso de los Diputados: Primero escogidos por Sufragio Censitario / en 1890 por Sufragio Universal (impulsado por Sagasta).
Poder judicial: Jueces.
Declaración de derechos (ambigua):
La mayoría se regularía en decretos posteriores.
Libertad de expresión y propiedad.
Cuestión religiosa: Fórmula de consenso (confesionalidad católica, pero se permite el uso privado de otros cultos o religiones).
Centralismo: Más control sobre ayuntamientos y diputaciones (abolición de fueros vascos).
Otras cuestiones como el tipo de Sufragio y algunas libertades (imprenta…) se regularán ampliándose o recortándose según el gobierno mediante leyes Orgánicas:
Ejemplo: 1883 Ley de Asociación de Sagasta (permite la organización del movimiento sindical).
Reinado de Alfonso XII interrumpido por su temprana muerte (1885, 28 años):
Dominio conservador: Salvo entre 1881-1883 con gobierno del Partido Liberal.
Se consigue la pacificación, acabar con el protagonismo del ejército en la vida pública (limitando su actuación a sus funciones profesionales: defensa e integridad territorial de España) y se beneficia de una coyuntura económica favorable.
D. Regencia de María Cristina de Habsburgo (1885-1902)
Alfonso XII enfermó mortalmente en 1885 (con apenas 28 años) poniendo a prueba el sistema.
Ante el riesgo de que carlistas (la pareja real tenía dos hijas, aunque la reina, María Cristina de Habsburgo, estaba embarazada) y republicanos aprovechasen la muerte del Rey, Cánovas y Sagasta firmaron el «Pacto de El Pardo» (1885) para establecer el turno pacífico en el Gobierno.
Cuando el Monarca murió tres días después, María Cristina (ahora Regente) admitió la dimisión de Cánovas y entregó a Sagasta el Gobierno asegurando la supervivencia del sistema (apuntalada meses después con el nacimiento de Alfonso XIII).
María Cristina actuó como Regente en nombre de su hijo hasta 1902, cuando Alfonso XIII fue declarado mayor de edad (con 16 años) por el Parlamento.
Los principales acontecimientos de la etapa fueron:
Consolidación del sistema: Alternancia del Partido Conservador y del Partido Liberal en el poder.
Reformas sociales: Promovidas por Sagasta durante el conocido como «Gobierno Largo» (1885-1890) con el que comenzó la regencia (derecho de asociación, sufragio universal masculino, etc.).
Proteccionismo económico: Defendido por el Partido Conservador («Ley de Aranceles»), favoreció los intereses de los industriales catalanes y los agricultores cerealistas castellanos.
Inicio de la Guerra de Cuba (1895-1898).
Asesinado Cánovas por un anarquista en 1897, Sagasta fue el último Presidente de la regencia, teniendo que afrontar el «Desastre del 98» y sus consecuencias.