España (1788-1868): Ocaso del Antiguo Régimen y Establecimiento del Liberalismo

LA CRISIS DEL ANTIGUO RÉGIMEN

1. La crisis del reinado de Carlos IV

1.1. La monarquía de Carlos IV

Carlos IV apartó del gobierno a los ministros ilustrados y en 1792 confió el poder a un joven militar, Manuel Godoy.

La ejecución de Luis XVI impulsó a Carlos IV a declarar la guerra a Francia, pero la derrota de las tropas españolas y la Paz de Basilea (1795) sometió a España a los intereses franceses. En 1799, Napoleón Bonaparte ascendió al poder y España estrechó alianzas que derivaron en conflicto con Gran Bretaña.

En 1805 se desarrolló la batalla de Trafalgar, donde la armada francoespañola fue destrozada. El desastre naval acentuó la crisis de la Hacienda Real. Ante la situación, Godoy recurrió al aumento de las contribuciones y planteó reformas como la desamortización. Los impuestos sobre el campesinado provocaron el descontento popular, que se vio incrementado por las epidemias, el hambre y la escasez.

Esto ocasionó revueltas y se culpó a Godoy de la grave crisis.

1.2. El motín de Aranjuez

Godoy, con el consentimiento de Carlos IV, firmó con Napoleón el Tratado de Fontainebleau (1807), que autorizaba al ejército napoleónico a entrar en España para poder atacar Portugal (aliado de Gran Bretaña).

El 18 de marzo de 1808 estalló un motín en Aranjuez. Este motín perseguía la destitución de Godoy y la abdicación de Carlos IV en su hijo, Fernando VII. Esto provocó una crisis profunda en la monarquía española. Carlos IV pidió ayuda a Napoleón para recuperar su trono; Napoleón, viendo la debilidad de la monarquía, decidió invadir España.

1.3. La monarquía de José Bonaparte

Carlos IV y Fernando VII cedieron su soberanía a Napoleón Bonaparte en Bayona. Napoleón nombró a su hermano José Bonaparte rey de España. Napoleón convocó Cortes en Bayona para aprobar una constitución que acabase con el Antiguo Régimen y ratificar el nombramiento de José I. El nuevo Código de Bayona reconocía la igualdad de los españoles ante la ley, los impuestos y el acceso a los cargos públicos. La reforma de José Bonaparte incluía la abolición del régimen señorial, la desamortización de tierras de la Iglesia y la desvinculación de mayorazgos. Esta reforma obtuvo escasos apoyos.

2. La Guerra de la Independencia (1808-1814)

2.1. La revuelta popular y la formación de Juntas

El 2 de mayo de 1808, la familia real se preparaba para partir hacia Bayona, donde se creía que Napoleón tenía secuestrado a Fernando VII. Los rumores extendidos entre la población de Madrid provocaron que esta se congregase ante el palacio para impedir su partida y se alzó de forma espontánea contra la presencia francesa. La revuelta fue duramente reprimida por las tropas al mando del general Murat.

La población se alzó contra la invasión francesa y surgieron Juntas de armamento y defensa. Las juntas fueron primero locales y estaban formadas, sobre todo, por personalidades partidarias de Fernando VII. Pronto se organizaron juntas provinciales, que enviaron representantes a Aranjuez, aprovechando la retirada momentánea de los franceses de Madrid tras la derrota de Bailén, para formar una Junta Suprema Central que coordinase la lucha y dirigiese el país.

2.2. La resistencia: sitios y guerrillas

El carácter desorganizado de la resistencia parecía confirmar las previsiones de Napoleón. Sin embargo, la resistencia de ciudades como Girona, Zaragoza o Tarragona, sometidas a los sitios de las tropas francesas (bombardeos y hambre durante meses), la derrota de los invasores en el Bruch y, sobre todo, en Bailén tuvieron un impacto inmediato: Napoleón se desplazó a España al frente de un gran ejército. En cuatro semanas, su avance se hizo imparable. José I entraba de nuevo en Madrid y el dominio francés se extendió por casi todo el territorio español.

Ante el avance de las fuerzas francesas, la resistencia a la invasión se realizó mediante una forma espontánea, popular y más eficaz de lucha armada: las guerrillas. Eran pequeños grupos locales que hostigaban al ejército por sorpresa: destruían sus instalaciones, interferían sus movimientos y sometían a los franceses a una presión y desgaste permanentes.

2.3. Actitudes sociales, políticas e ideológicas

La invasión francesa obligó a las diferentes corrientes ideológicas a tomar partido frente a la presencia francesa y a la nueva monarquía napoleónica.

  • Una minoría de españoles, conocidos como afrancesados (intelectuales, altos funcionarios y una parte de la nobleza), colaboraron con la monarquía de José I.
  • La mayor parte del clero y la nobleza deseaban la vuelta al absolutismo bajo la monarquía de Fernando VII, defendían la tradición y la religión católica y rechazaban todo cambio social.
  • Algunos ilustrados creían que con la vuelta de Fernando VII podrían emprender un programa de reformas y la modernización del país.
  • Los liberales (burguesía, profesionales…) veían en la guerra la oportunidad de realizar un cambio hacia un sistema político liberal, basado en la soberanía nacional, la división de poderes y la abolición de las trabas estamentales y gremiales, a fin de impulsar el desarrollo del capitalismo.

3. Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812

3.1. La convocatoria de Cortes

La Junta Suprema Central se había mostrado incapaz de dirigir la guerra y decidió disolverse en enero de 1810, traspasando sus poderes a una regencia formada por cinco miembros. Previamente, se organizó una “consulta al país” a través de las Juntas provinciales sobre las reformas a realizar. El proceso de elección de diputados a Cortes y su reunión en Cádiz fueron difíciles dado el estado de guerra. En septiembre de 1810 se abrieron las Cortes y el sector liberal consiguió su primer triunfo al forzar la formación de una cámara única, frente a la tradicional representación estamental. Asimismo, en su primera sesión aprobaron el principio de soberanía nacional: el reconocimiento de que el poder reside en el conjunto de los ciudadanos, representados en las Cortes.

3.2. La Constitución de 1812

Las Cortes prepararon el proyecto de Constitución, que se promulgó el 19 de marzo de 1812, día de San José (de ahí el sobrenombre popular de “La Pepa”). Su tramitación se vio afectada por las vicisitudes bélicas y por las diferencias entre absolutistas y liberales.

La Constitución contenía una amplia declaración de derechos del ciudadano: libertad de pensamiento y opinión, igualdad de los españoles ante la ley, derecho de petición, libertad civil, derecho de propiedad y reconocimiento de todos los derechos legítimos de los individuos que componen la nación española. La nación se definía como el conjunto de todos los ciudadanos de ambos hemisferios: los territorios peninsulares y las colonias americanas.

La estructura del Estado correspondía a una monarquía limitada, basada en la división de poderes y no en el derecho divino:

  • El poder legislativo residía en las Cortes unicamerales, que representaban la voluntad nacional y poseían amplios poderes: elaboración de leyes, aprobación de los presupuestos y los tratados internacionales, y mando sobre el ejército. Los diputados eran inviolables. El sufragio era universal masculino indirecto.
  • El monarca era la cabeza del poder ejecutivo, por lo que poseía la dirección del gobierno e intervenía en la elaboración de las leyes a través de la iniciativa y la sanción, poseyendo veto suspensivo. Las decisiones del monarca debían ser refrendadas por los ministros.
  • La administración de justicia era competencia exclusiva de los tribunales. Se establecían los principios básicos de un Estado de derecho: códigos únicos en materia civil, criminal y comercial, inamovilidad de los jueces, garantías de los procesos, etc.

Se planteaba la reforma de los impuestos y la Hacienda, la creación de un ejército nacional con servicio militar obligatorio. El territorio se dividía en provincias, para cuyo gobierno se crearon las diputaciones provinciales. Se preveía la formación de ayuntamientos con cargos electivos para el gobierno de los pueblos y se creaba la Milicia Nacional a nivel local y provincial como cuerpo de ciudadanos armados para defender los preceptos liberales.

El texto constitucional buscaba un consenso entre los sectores de la burguesía liberal y los absolutistas, al afirmar la confesionalidad católica del Estado.

3.3. La acción legislativa de las Cortes

Las Cortes de Cádiz aprobaron una serie de leyes y decretos destinados a eliminar el Antiguo Régimen y a ordenar el Estado como un régimen liberal. Se aprobó una reforma agraria que liquidaba el régimen señorial (abolición de los señoríos jurisdiccionales) y transformaba a los antiguos señores en propietarios de las tierras. Se votó la abolición de la Inquisición, con una fuerte oposición de los absolutistas y del clero, y la libertad de imprenta (aunque limitada por juntas de censura). También se decretó la libertad de trabajo, la anulación de los gremios y la unificación del mercado.

Los legisladores de Cádiz elaboraron un marco legislativo mucho más avanzado para la modernización de España. Sin embargo, la situación de guerra impidió la efectiva aplicación de lo legislado y, al final de la guerra, la vuelta de Fernando VII frustró la experiencia liberal y condujo al retorno del absolutismo.

4. El reinado de Fernando VII (1814-1833)

4.1. La restauración del absolutismo (1814-1820)

Los liberales desconfiaban de la predisposición del monarca para aceptar el nuevo orden constitucional. Fernando VII temió enfrentarse a quienes durante seis años habían resistido al invasor y, en un principio, acató sus condiciones. Pero los absolutistas se organizaron rápidamente para demandar la restauración del absolutismo (Manifiesto de los Persas) y movilizaron al pueblo para que mostrase su adhesión incondicional al monarca.

Fernando VII, seguro de la debilidad del sector liberal, traicionó sus promesas y, mediante el Real Decreto del 4 de mayo de 1814, anuló la Constitución y las leyes de Cádiz y anunció la vuelta al absolutismo. Fueron detenidos o asesinados los principales dirigentes liberales, mientras otros huyeron hacia el exilio.

Se procedió a la restauración de todas las antiguas instituciones y del régimen señorial. Era una vuelta completa al Antiguo Régimen. En el contexto internacional, la derrota de Napoleón y el restablecimiento del viejo orden en Europa, mediante el Congreso de Viena y la creación de la Santa Alianza, favorecían la restauración del absolutismo en España. La Santa Alianza garantizaba la defensa del absolutismo y el derecho de intervención en cualquier país para frenar el avance del liberalismo.

Desde 1814, Fernando VII y su gobierno intentaron un objetivo imposible: rehacer un país destrozado por la guerra, con la agricultura deshecha, el comercio paralizado, las finanzas en bancarrota y todas las colonias americanas luchando por su independencia, con los métodos del Antiguo Régimen. La restauración de este sistema y sus instituciones supuso que los gobiernos fracasaran uno tras otro. Las elevadas pérdidas humanas y materiales arruinaron al campesinado y significaron la paralización del comercio y de la producción manufacturera. La Hacienda Real entró en bancarrota por la falta de recursos, agravada por el inicio de la emancipación de las colonias.

Los acontecimientos sucedieron ante la pretensión de volver a imponer los viejos tributos. El descontento se tradujo en numerosos pronunciamientos militares liberales, que buscaban un cambio hacia el régimen constitucional. La integración de jefes de la guerrilla en el ejército originó un sector liberal y constitucionalista. El futuro estaría marcado por numerosos pronunciamientos militares liberales. La represión fue la única respuesta de la monarquía a las demandas políticas y sociales.

4.2. El Trienio Liberal (1820-1823)

El 1 de enero de 1820, el coronel Rafael del Riego, al frente de una compañía de soldados acantonados en la localidad de Cabezas de San Juan (Sevilla) que debían embarcar para reprimir la sublevación en América, se sublevó y proclamó la Constitución de 1812. La pasividad del ejército, la acción de los liberales en las principales ciudades y la neutralidad de los campesinos obligaron al rey Fernando VII a aceptar la Constitución el 10 de marzo. Se formó un nuevo gobierno que proclamó una amnistía y convocó elecciones a Cortes.

Las nuevas Cortes, con mayoría de diputados liberales, iniciaron una importante obra legislativa: restauración de gran parte de las reformas de Cádiz (abolición de los gremios, supresión de los señoríos jurisdiccionales y mayorazgos, venta de tierras de los monasterios, disminución del diezmo), reformas en el sistema fiscal, el Código Penal y el ejército. Se impulsó la liberalización de la industria y el comercio, eliminando las trabas a la libre circulación de mercancías. Se reconstruyó la Milicia Nacional como cuerpo voluntario de defensa del orden constitucional.

Estas reformas suscitaron rápidamente la oposición:

  • La monarquía: Fernando VII había aceptado el nuevo régimen forzado por las circunstancias. Paralizó cuantas leyes pudo recurriendo al derecho de veto que le otorgaba la Constitución y conspiró contra el gobierno para recuperar su poder mediante la intervención de las potencias absolutistas de la Santa Alianza.
  • El descontento de los campesinos: Las reformas del Trienio abolían los señoríos jurisdiccionales, pero no les facilitaban el acceso a la tierra. Los antiguos señores se convertían en propietarios y los campesinos en arrendatarios que podían ser expulsados si no pagaban. Además, no se produjo una rebaja sustancial de los impuestos y la monetarización de las rentas y de los diezmos (antes pagados con productos agrarios) obligaba a los campesinos a conseguir dinero con la venta de sus productos, en una economía de mercado todavía débil.
  • La nobleza tradicional y la Iglesia: Perjudicadas por la supresión del diezmo y la venta de bienes monacales, impulsaron la revuelta contra los gobernantes del Trienio. Se alzaron partidas absolutistas en Cataluña, Navarra, Galicia y el Maestrazgo.

Las tensiones se produjeron también entre los propios liberales, que se dividieron en dos tendencias:

  • Los moderados (o doceañistas): Partidarios de reformas limitadas que no perjudicasen a las élites sociales (nobleza, burguesía propietaria). Buscaban un compromiso con los poderes del Antiguo Régimen.
  • Los exaltados (o veinteañistas): Planteaban la necesidad de reformas radicales favorables a las clases medias y populares. Defendían la aplicación plena de la Constitución de 1812.

4.3. La Década Ominosa (1823-1833)

No fueron ni los conflictos ni las divisiones internas lo que provocó el fin del régimen liberal, sino la acción de la Santa Alianza. Esta respondió a las peticiones de Fernando VII y encargó a Francia la intervención militar en España. En abril de 1823, un ejército francés (conocido como los Cien Mil Hijos de San Luis), al mando del duque de Angulema, irrumpió en territorio español y repuso a Fernando VII como monarca absoluto.

La vuelta al absolutismo fue acompañada de una feroz represión contra los liberales, muchos de los cuales marcharon hacia el exilio para escapar de la muerte o de la cárcel. Se depuró la administración y el ejército. Pese a la restauración de las instituciones del Antiguo Régimen (salvo la Inquisición, que no fue restablecida), algunas potencias europeas, alarmadas por la constante agitación en España, consideraban necesarias algunas reformas moderadas y una amnistía para dotar de estabilidad a la monarquía.

Fernando VII no se avino a estas peticiones. Otra gran preocupación de la monarquía fue el problema económico. Las dificultades de la Hacienda se vieron agravadas por la pérdida definitiva de las colonias americanas (excepto Cuba y Puerto Rico). A partir de 1825, el rey buscó la colaboración del sector moderado de la burguesía financiera e industrial de Madrid y Barcelona, lo que comportó un cierto reformismo hacendístico y administrativo.

Esta actitud incrementó la desconfianza de los realistas más intransigentes y de los sectores ultramontanos de la corte, ya muy descontentos con el monarca porque no había restablecido la Inquisición y no actuaba de forma más contundente contra los liberales. Estos realistas exaltados o apostólicos empezaron a agruparse en torno al hermano del rey, Carlos María Isidro, posible sucesor al no tener Fernando VII descendencia.

4.4. El conflicto dinástico

En 1830, el nacimiento de una hija del rey, Isabel, parecía garantizar la continuidad borbónica. Sin embargo, dio lugar a un grave conflicto en la sucesión al trono. La Ley Sálica, de origen francés e implantada por Felipe V, impedía el acceso al trono a las mujeres. Fernando VII, influido por su mujer María Cristina, derogó la ley mediante la Pragmática Sanción, que abrió el camino al trono a su hija y heredera.

El sector más ultraconservador de los absolutistas, los llamados carlistas, se negaron a aceptar la nueva situación. Presionaron fuertemente al monarca, gravemente enfermo, para que repusiera la Ley Sálica, que beneficiaba como candidato al trono a su hermano, Don Carlos María Isidro.

Estos enfrentamientos no constituían solo una disputa acerca de si el legítimo monarca era el tío o la sobrina, sino que se trataba de la lucha por imponer un modelo u otro de sociedad. Alrededor de Don Carlos se agrupaban los partidarios del Antiguo Régimen, opuestos al liberalismo. Por su parte, María Cristina comprendió que si quería salvar el trono para su hija debía buscar apoyos en los sectores más cercanos al liberalismo.

Nombrada regente durante la enfermedad del rey (1832), formó un nuevo gobierno de carácter reformista, decretó una amnistía que supuso la vuelta de 10.000 exiliados liberales y se preparó para enfrentarse a los carlistas.

En 1833, Fernando VII murió, reafirmando en su testamento a su hija de tres años de edad, Isabel II, como heredera al trono, y nombrando regente a María Cristina hasta la mayoría de edad de su hija. El mismo día, Don Carlos se proclamó rey. Comenzaba así la Primera Guerra Carlista.


LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO LIBERAL

1. La Primera Guerra Carlista (1833-1840)

1.1. Dos opciones enfrentadas

El mismo día de la muerte de Fernando VII, se produjeron levantamientos armados a favor del pretendiente Carlos. Los sublevados proclamaron rey al infante Carlos María Isidro. En su persona defendían el absolutismo y la sociedad tradicional. Se iniciaba así una larga guerra civil que enfrentó a los defensores del Antiguo Régimen con los partidarios de iniciar un proceso reformista de carácter liberal:

  • El carlismo se presentaba como una ideología tradicionalista y antiliberal, heredera de movimientos similares anteriores como los malcontents y los apostólicos. Bajo el lema “Dios, Patria y Fueros”, defendía la monarquía absolutista de origen divino, la preeminencia social de la Iglesia, el mantenimiento del Antiguo Régimen y la conservación de un sistema foral particularista (los fueros). Los que apoyaban al carlismo figuraban miembros ultraconservadores del clero, una parte de la pequeña nobleza agraria y una amplia base social campesina de las zonas rurales del País Vasco, Navarra y parte de Cataluña, Aragón y Valencia. Los carlistas se identificaban con los valores de la Iglesia, a la que consideraban defensora de la sociedad tradicional.
  • La causa isabelina contó en sus inicios con el apoyo de una parte de la alta nobleza y de los funcionarios, así como de un sector de la jerarquía eclesiástica. Ante la necesidad de ampliar esta base social para hacer frente al carlismo, la regente María Cristina se vio obligada a buscar la adhesión de los liberales. Para ganarse su apoyo, tuvo que acceder a las demandas de los liberales que exigían el fin del absolutismo y del Antiguo Régimen. Así, la causa isabelina acabó atrayendo a la burguesía y a los sectores populares de las ciudades.

2. El proceso de Revolución Liberal (1833-1843)

La guerra carlista aceleró de forma irreversible el proceso de revolución liberal en España. El bando isabelino solo podía ampliar su base social atrayendo a los liberales hacia su causa. Así, entre 1833 y 1843 se llevó a cabo el desmantelamiento jurídico del Antiguo Régimen y la configuración de un Estado liberal.

2.1. Los primeros gobiernos de transición

El testamento de Fernando VII preveía la creación de un Consejo de Gobierno para asesorar a la regente, María Cristina. Este consejo estaba presidido por Francisco Cea Bermúdez y compuesto en su mayoría por absolutistas moderados, con la pretensión de llegar a un acuerdo con los carlistas. La única reforma emprendida por este gobierno fue la nueva división provincial de España (1833), obra de Javier de Burgos. Pero ante la extensión de la insurrección carlista, el trono isabelino empezó a tambalearse por falta de apoyos sólidos.

María Cristina se vio obligada a nombrar un nuevo gobierno capaz de conseguir la adhesión de los liberales. Se escogió para presidirlo a Francisco Martínez de la Rosa, un liberal moderado, que llevó a cabo las primeras reformas, aunque muy limitadas. Su principal medida fue la promulgación de un Estatuto Real (1834), que no era una constitución ni una carta otorgada, sino una convocatoria de Cortes con dos cámaras (Próceres y Procuradores) de carácter consultivo y subordinadas al rey.

Estas reformas eran insuficientes para una buena parte del liberalismo. Se consolidó la división entre los liberales moderados (partidarios de reformas limitadas y de un entendimiento con la Corona y los antiguos privilegiados) y los liberales progresistas (herederos de los exaltados, partidarios de reformas más profundas y de devolver la soberanía a las Cortes). La Corona y los antiguos privilegiados apoyaron a los moderados. Pero la necesidad de conseguir apoyos contra el carlismo forzó a la regente a aceptar un gobierno progresista que impulsase reformas liberales más amplias.

2.2. Los progresistas en el poder

Los progresistas, descontentos con las tímidas reformas iniciadas, tenían su fuerza en el dominio del movimiento popular, expresado a través de las milicias urbanas y las juntas revolucionarias. Durante el verano de 1835, los progresistas protagonizaron una oleada de revueltas urbanas con la formación de juntas. Ante esta presión, María Cristina llamó a formar gobierno a un liberal progresista, Juan Álvarez Mendizábal, que rápidamente inició la reforma del Estatuto Real y decretó la desamortización de bienes del clero (1836).

Sin embargo, los privilegiados apremiaron a María Cristina para que destituyese a Mendizábal. Su destitución en mayo de 1836 provocó nuevas revueltas en muchas ciudades a favor del restablecimiento de la Constitución de 1812. El punto culminante fue el levantamiento de los sargentos de la guarnición de La Granja (residencia real de verano donde se encontraba la regente) en agosto de 1836. Presionada, María Cristina accedió a restablecer la Constitución de Cádiz y entregó el poder al progresista José María Calatrava, con Mendizábal como ministro de Hacienda.

2.3. El desmantelamiento del Antiguo Régimen

Entre 1836 y 1837, los progresistas asumieron la tarea de desmantelar las instituciones del Antiguo Régimen e implantar un sistema liberal, constitucional y de monarquía parlamentaria. Una de las piezas clave fue la llamada reforma agraria liberal, que implicaba la abolición del régimen señorial, la desvinculación de la propiedad y la desamortización de tierras, consagrando los principios de la propiedad privada y de libre disponibilidad de la tierra. La reforma agraria liberal se llevó a cabo a partir de 1837 mediante tres grandes medidas:

  • La disolución del régimen señorial (1837): Implicó la pérdida de las atribuciones jurisdiccionales de los señores, aunque mantuvieron la propiedad de las tierras que los campesinos no pudieron acreditar como propias.
  • La desvinculación (supresión de mayorazgos, 1836-1841): Significó el fin de los patrimonios unidos perpetuamente a una familia o institución, permitiendo a sus titulares venderlos libremente.
  • La desamortización de bienes eclesiásticos: Ya iniciada por Manuel Godoy y en el Trienio Liberal para conseguir recursos para el Estado, fue decretada de nuevo por Mendizábal en 1836. Se disolvieron las órdenes religiosas (excepto las dedicadas a la enseñanza y la asistencia hospitalaria) y su patrimonio fue incautado por el Estado. Los bienes desamortizados fueron puestos a la venta mediante subasta pública, a la que podían acceder todos los particulares interesados en su compra. Se podían adquirir en metálico o a cambio de títulos de la deuda pública. Los objetivos eran conseguir los recursos necesarios para financiar al ejército liberal en la guerra carlista, disminuir la deuda pública y crear una base de propietarios afines al régimen liberal.

Junto a la abolición del régimen señorial y a la transformación del régimen de propiedad, se tomaron medidas encaminadas al libre funcionamiento del mercado, como la abolición de los privilegios de la Mesta, la libertad de arrendamientos agrarios y también la de precios y almacenamiento. Se decretó la libertad de industria y comercio, la abolición de los gremios y la eliminación de las aduanas interiores. Finalmente, se procedió a la abolición de los diezmos eclesiásticos.

2.4. La Constitución de 1837

El gobierno progresista convocó unas Cortes extraordinarias en 1836 para adaptar la Constitución de 1812 a los nuevos tiempos. Sin embargo, las Cortes redactaron un nuevo texto, la Constitución de 1837, con el objetivo de fijar un texto estable que pudiera ser aceptado tanto por progresistas como por moderados.

La Constitución de 1837 recogía los principios básicos del progresismo: la soberanía nacional (aunque no se mencionaba explícitamente en el preámbulo), una amplia declaración de derechos (libertad de prensa, opinión, asociación…), la división de poderes y la aconfesionalidad del Estado (aunque se comprometía a financiar el culto católico).

Pero también recogía elementos moderados: establecía dos cámaras colegisladoras, el Congreso de los Diputados (electivo) y el Senado (designado por el rey entre una terna votada por los electores); concedía amplios poderes a la Corona (convocar y disolver las Cortes, nombrar y cesar ministros, derecho de veto absoluto sobre las leyes). Se remitía a leyes posteriores cuestiones clave como la ley electoral, la ley de imprenta o la cuestión de la desamortización y la supresión del Diezmo.

La Ley de Imprenta posterior (1837) desapareció la censura previa, pero aumentó el control gubernamental. La Ley Electoral (1837) estableció un sufragio censitario muy restringido: solo tenían derecho al voto los españoles varones mayores de 25 años que pagasen un mínimo de contribución directa (aproximadamente el 2,4% de la población).

2.5. La alternancia en el poder (1837-1843)

Aprobada la Constitución, se convocaron elecciones en octubre de 1837, que ganaron los moderados. Se consolidó así un sistema de partidos basado en la alternancia entre los partidos moderado y progresista.

Los moderados en el gobierno (1837-1840)

Los moderados intentaron desvirtuar los elementos más progresistas de la legislación de 1837. Frenaron la desamortización eclesiástica y apoyaron el sostenimiento del clero mediante presupuesto estatal. Reforzaron el poder real y prepararon una ley electoral más restrictiva. En 1840, aprobaron una Ley de Ayuntamientos que dio a la Corona la facultad de nombrar a los alcaldes de las capitales de provincia y jefes políticos, eliminando la elección popular establecida por los progresistas.

La Ley de Ayuntamientos enfrentó a progresistas y moderados. El apoyo de la regente María Cristina a la propuesta moderada provocó la oposición progresista, que impulsó un amplio movimiento insurreccional con la formación de Juntas revolucionarias en muchas ciudades. María Cristina, antes de dar su apoyo a un nuevo gobierno progresista, prefirió dimitir de su cargo y marchar al exilio (octubre de 1840). El poder recayó entonces en el general Espartero, vencedor de la guerra carlista y con un gran soporte popular, que asumió la regencia.

La regencia de Espartero (1840-1843)

Espartero convocó nuevas elecciones (1841) que dieron la mayoría parlamentaria a los progresistas. Durante su regencia, sin embargo, actuó con un marcado autoritarismo, rodeado de su camarilla de militares afines (los “ayacuchos”). Espartero se aisló cada vez más del entorno progresista y perdió la popularidad que lo había llevado al poder.

Una de sus actuaciones más controvertidas fue la aprobación, en 1842, de un arancel librecambista que abría el mercado español a los tejidos de algodón ingleses. La industria textil catalana se sintió gravemente amenazada y esto provocó un levantamiento en Barcelona, en el que estuvieron involucradas la burguesía y las clases populares. Espartero respondió bombardeando la ciudad.

Los moderados aprovecharon la división del progresismo y el aislamiento de Espartero para realizar una serie de conspiraciones encabezadas por los generales Narváez y O’Donnell. En el verano de 1843, una serie de pronunciamientos condujeron a la caída de Espartero, que abandonó la regencia y marchó al exilio. Para evitar una nueva regencia, las Cortes adelantaron la mayoría de edad de Isabel II y la proclamaron reina a los trece años (noviembre de 1843).

3. Las diferentes opciones del liberalismo

3.1. Las agrupaciones políticas

Los partidos políticos del siglo XIX no eran como los actuales. Constituían más bien agrupaciones de personalidades alrededor de algún notable, civil o militar (partidos de notables). Eran corrientes de opinión o “camarillas” vinculadas por relaciones personales o intereses económicos, que se unían para participar en las elecciones y controlar las diferentes parcelas del poder.

Los moderados

Los moderados se definían a sí mismos como “personas de orden”. Representaban a un grupo heterogéneo formado por terratenientes (antigua aristocracia y nueva burguesía propietaria), grandes comerciantes e industriales, altos cargos militares, eclesiásticos y de la administración, e intelectuales conservadores. Defendían el derecho a la propiedad como garantía del orden que querían preservar. Restringían el sufragio según la riqueza de los electores (sufragio censitario muy restringido). Concebían la soberanía compartida entre las Cortes y la Corona, a la que otorgaban amplios poderes de intervención política. Eran partidarios de limitar los derechos individuales, especialmente los colectivos (libertad de prensa, opinión, reunión y asociación). Defendían la confesionalidad católica del Estado y un modelo de organización estatal centralizado. Sus líderes principales fueron Martínez de la Rosa, el general Narváez y Bravo Murillo.

Los progresistas

Los progresistas se consideraban los “defensores de la libertad”. Su base social era la mediana y pequeña burguesía, profesionales liberales, artesanos y empleados, y sectores del ejército. Defendían el principio de soberanía nacional como fuente de legitimidad del poder y el predominio de las Cortes en el sistema político. Eran partidarios de robustecer los poderes locales (ayuntamientos electivos) y de otorgar amplios derechos individuales y colectivos. Mantenían el principio de sufragio censitario, pero eran partidarios de la ampliación del cuerpo electoral. Defendían la necesidad de una reforma agraria (desamortización) y limitación de la influencia de la Iglesia. Apoyaban la Milicia Nacional. Sus líderes más destacados fueron Mendizábal, Calatrava y el general Espartero.

Unión Liberal, Demócratas y Republicanos

En 1854 se formó la Unión Liberal, una escisión de los moderados más abiertos y los progresistas más conservadores. Pretendía constituirse como una opción centrista entre los dos partidos clásicos. Era básicamente una unión política con finalidades de gobierno que agrupaba a los sectores descontentos de ambos partidos. Sus impulsores fueron los generales O’Donnell y Serrano.

A la izquierda de los progresistas, en 1849, surgió el Partido Demócrata, que defendía la soberanía popular y el sufragio universal masculino, la existencia de una única cámara electiva, la ampliación de las libertades públicas y el reconocimiento de los derechos colectivos (reunión, asociación). Exigían la libertad de imprenta sin restricciones, la formación de la Milicia Nacional, la elección democrática de ayuntamientos y diputaciones, y la implicación de la administración en la enseñanza pública. Criticaban el predominio social de la Iglesia Católica y exigían la libertad de culto. Sus bases eran las clases populares urbanas, artesanos, obreros y los grados bajos de la Milicia.

Del Partido Demócrata surgiría posteriormente el republicanismo como opción política que abogaba por la abolición de la monarquía.

4. La Década Moderada (1844-1854)

4.1. La configuración del régimen moderado

En las elecciones de 1844, convocadas tras la caída de Espartero, la mayoría correspondió a los moderados. El general Narváez formó gobierno e impulsó una política basada en los principios del liberalismo moderado. Su pretensión era clausurar la etapa revolucionaria anterior y normalizar el funcionamiento de las instituciones liberales desde una perspectiva conservadora y centralista.

Los primeros gobiernos moderados llevaron a cabo una fuerte represión contra los progresistas, cuyos principales líderes optaron por exiliarse. El nuevo régimen se asentó sobre el predominio social, económico y político de la burguesía terrateniente, fruto de la fusión entre la antigua aristocracia que había aceptado el liberalismo y la nueva burguesía de propietarios rurales enriquecida por la desamortización. Para estos grupos era necesario consolidar un nuevo orden social que garantizase el dominio de la propiedad y las instituciones liberales desde una óptica moderada, y las protegiese tanto de la reacción carlista como de la revolución popular. La Corona y gran parte del ejército se convirtieron en los garantes más fieles de este sistema.

La Constitución de 1845

El gobierno de Narváez preparó una reforma de la Constitución progresista de 1837 y aprobó una nueva Constitución en 1845, que recogía las ideas básicas del moderantismo:

  • Soberanía conjunta entre el Rey y las Cortes.
  • Ampliación de los poderes del ejecutivo (Corona) y disminución de las atribuciones del legislativo (Cortes).
  • Restricción del derecho de voto (sufragio muy censitario).
  • Instauración de un Senado no electivo, de designación real y carácter vitalicio.
  • Supresión de la Milicia Nacional.
  • La religión Católica fue declarada la oficial del Estado y se acordó el mantenimiento del culto y del clero por parte del Estado.

La nueva Constitución mantenía gran parte del articulado de la Constitución de 1837, sobre todo en la declaración de derechos, pero su desarrollo posterior mediante leyes orgánicas los limitó extraordinariamente. Confería enormes atribuciones a la Corona (nombrar ministros, disolver Cortes, vetar leyes). Otorgaba la facultad de designar a los miembros del Senado entre personalidades relevantes y de su confianza. Se restringió la libertad de imprenta y se suprimió el jurado para este tipo de delitos, lo que significaba un mayor control gubernamental sobre la prensa. Se planteó un sufragio censitario muy restringido: solo tenían derecho a voto los mayores contribuyentes de cada localidad y una serie de personalidades destacadas de la cultura, el ejército, la Iglesia y la administración (menos del 1% de la población).

El Concordato con la Santa Sede (1851)

Los moderados intentaron también mejorar sus relaciones con la Iglesia Católica, que se había mostrado contraria al liberalismo y proclive al carlismo, especialmente a raíz de las reformas progresistas (desamortización, abolición del diezmo). En 1851 se firmó un Concordato con la Santa Sede. En él se establecía la suspensión de la venta de los bienes eclesiásticos desamortizados y el retorno de los no vendidos. El Estado reconocía la confesionalidad católica de España y se comprometía al sostenimiento de la Iglesia española (presupuesto de culto y clero). A cambio, la Santa Sede reconocía a Isabel II y aceptaba la obra desamortizadora ya realizada. El Concordato también otorgaba amplias competencias en materia de educación y reconocía el catolicismo como religión oficial.

4.2. La institucionalización del Estado liberal

El moderantismo pretendía consolidar la estructura del nuevo Estado liberal bajo los principios del centralismo, la uniformidad y la jerarquización. Se llevaron a cabo importantes reformas administrativas:

  • Reforma fiscal (Ley Mon-Santillán, 1845): Racionalizó el sistema tributario, estableciendo impuestos directos (contribución territorial e industrial) e indirectos (impuesto de consumos, muy impopular).
  • Aprobación del Código Penal (1848) y proyecto de Código Civil.
  • Reforma de la Administración pública: Se reorganizó la administración territorial. La Ley de Administración Local (1845) dispuso que los alcaldes de los municipios de más de 2.000 habitantes y de las capitales de provincia serían nombrados por la Corona, mientras que el Gobernador Civil designaría a los alcaldes de los municipios menores. Se creó una estructura jerarquizada y piramidal, en la que cada provincia dependía de un poder central fuerte en Madrid a través de la figura del Gobernador Civil. El temor a que una mayor centralización diera lugar a un rebrote del levantamiento carlista hizo que se mantuvieran las Juntas Generales y los Ayuntamientos forales en el País Vasco y Navarra.
  • Se estableció un sistema nacional de instrucción pública (Ley Moyano, 1857, aunque iniciada antes), que regulaba los diferentes niveles de enseñanza (primaria, secundaria, universitaria) y elaboraba los planes de estudio.
  • Se adoptó un único sistema de pesos y medidas, el sistema métrico decimal.
  • Se disolvió la antigua Milicia Nacional, vinculada a los progresistas, y se creó la Guardia Civil (1844), un cuerpo armado con finalidades civiles pero con estructura militar, que se encargaría del mantenimiento del orden público, sobre todo en el medio rural, y la defensa de la propiedad.

4.3. La crisis del gobierno moderado

Los gobiernos moderados no consiguieron dar estabilidad política al Estado. Las divisiones internas del partido y la lucha entre tendencias (Narváez, Puritanos, Polacos) provocaron una gran inestabilidad: en diez años hubo numerosos gobiernos. La vida política no se desarrollaba en las Cortes, sino a partir de la influencia de las distintas camarillas palaciegas que buscaban el favor real o conspiraban contra el gobierno.

El autoritarismo se agudizó durante el último gobierno de la década, presidido por Bravo Murillo (1851-1852). Este propuso una reforma constitucional (1852) que transformaba el Estado en una dictadura tecnocrática: se fortalecía enormemente el poder del ejecutivo en detrimento del Parlamento, se gobernaba por decreto y se restringía aún más el sufragio. En definitiva, esta reforma suponía en la práctica la desaparición del régimen parlamentario y la vuelta a un sistema semejante al del Estatuto Real.

La propuesta fracasó por la oposición de un sector del propio moderantismo (liderado por O’Donnell y Narváez) y de los progresistas. Bravo Murillo fue desplazado del poder. La deriva autoritaria del régimen moderado, la corrupción y el creciente descontento social prepararon el terreno para una nueva revolución en 1854, que permitió que los progresistas regresaran al poder y puso fin a diez años de gobierno moderado.

5. El Bienio Progresista (1854-1856)

5.1. La Revuelta de 1854 y el nuevo gobierno progresista

El autoritarismo del régimen moderado comportó la oposición y el levantamiento de progresistas, demócratas y también de algunos sectores moderados descontentos. Esta unión desembocó en el pronunciamiento de Vicálvaro (junio de 1854), a cuyo frente se colocó un moderado aperturista, el general O’Donnell, que había fundado recientemente un nuevo partido, la Unión Liberal, con la pretensión de cubrir un espacio de centro entre moderados y progresistas.

El pronunciamiento, inicialmente poco exitoso, se transformó en revolución popular cuando los sublevados publicaron el llamado Manifiesto de Manzanares (redactado por Cánovas del Castillo), de carácter progresista. En él se prometía el cumplimiento de la Constitución de 1845 pero reformada, la reforma de la ley electoral y de imprenta, la rebaja de los impuestos y la restauración de la Milicia Nacional. La publicación del manifiesto provocó levantamientos populares en las ciudades, con formación de juntas revolucionarias.

Isabel II, ante la presión, tuvo que aceptar un gobierno presidido por el líder progresista, el general Espartero, y con O’Donnell como ministro de la Guerra. El nuevo gobierno intentó restaurar los principios del progresismo: inmediatamente restauró la Milicia Nacional y los ayuntamientos electivos. Convocó Cortes Constituyentes, que prepararon una nueva Constitución (1856), de carácter progresista, que no llegó a ser promulgada (non nata). También impulsó un ambicioso plan de reformas económicas con el objetivo de impulsar el desarrollo económico y la industrialización del país.

5.2. La legislación económica

Las Cortes del Bienio aprobaron un importante conjunto de leyes económicas:

  • Nueva Ley Desamortizadora (1855), a cargo del ministro de Hacienda, Pascual Madoz. Afectó a los bienes del Estado, de la Iglesia (los que quedaban sin vender), de las órdenes militares, de las cofradías, de las instituciones benéficas y, sobre todo, de los ayuntamientos (bienes de propios y comunales). Con la venta de estas tierras se pretendía conseguir recursos para la Hacienda e impulsar la modernización económica de España.
  • Una parte importante de los ingresos obtenidos por la desamortización fueron invertidos en la construcción de la red de ferrocarriles, considerada clave para facilitar los intercambios y el crecimiento industrial del país. La construcción de las líneas del ferrocarril se inició en 1855 con la Ley General de Ferrocarriles, que regulaba su construcción y ofrecía amplios incentivos a las empresas que intervinieran, lo que atrajo capital extranjero (sobre todo francés).
  • Otras leyes importantes fueron la de creación del Banco de España (1856), la puesta en marcha del sistema de telégrafo, la ampliación de la red de carreteras y el desarrollo de la minería.

5.3. La crisis del Bienio Progresista

Las medidas reformistas del Bienio no remediaron la crisis de subsistencias, que afectaba a las clases populares, generando una grave conflictividad social. En Cataluña, la difícil situación económica produjo importantes huelgas obreras en 1855. Los trabajadores pedían la reducción de los impuestos de consumos, la abolición de las quintas, la mejora de los salarios y la reducción de la jornada laboral. El malestar social condujo también a un importante levantamiento campesino en Castilla y a motines populares en varias ciudades.

El gobierno acabó aprobando una Ley del Trabajo que introducía algunas mejoras laborales y permitía las asociaciones obreras, pero la conflictividad social había provocado una grave crisis política. La irrupción del movimiento obrero en la escena política retrajo y atemorizó a las clases conservadoras (incluida la Unión Liberal de O’Donnell).

Además, surgieron fuertes discrepancias dentro de la coalición gubernamental entre el progresismo más moderado (representado por O’Donnell y la Unión Liberal) y el más radical (vinculado al Partido Demócrata y a Espartero). O’Donnell dio un golpe de Estado en julio de 1856, enfrentándose militarmente a la Milicia Nacional que defendía a Espartero. La reina Isabel II encargó formar gobierno a O’Donnell, poniendo fin al Bienio Progresista.

6. La descomposición del Sistema Isabelino (1856-1868)

La inestabilidad política, la marginación de progresistas y demócratas del juego político, el favoritismo de la reina hacia los moderados más conservadores y la crisis económica condujeron a la descomposición final no solo del proyecto moderado, sino también del propio sistema político isabelino.

6.1. Los gobiernos unionistas (1856-1863)

Tras el golpe de Estado, O’Donnell restableció la Constitución de 1845 con un Acta Adicional que recogía algunos principios progresistas. Se inauguró así un periodo de relativa estabilidad política interior dominado por la Unión Liberal (el»gobierno larg» de O’Donnell, 1858-1863). Se intentó revitalizar el parlamentarismo, aunque bajo un fuerte control gubernamental, y ejercer una política más tolerante con la oposición, fijando incluso una minoría opositora en el Congreso para evitar su marginación total.

Una de las actuaciones más relevantes del gobierno unionista fue su política exterior activa, que buscaba desviar la atención de los problemas internos y recuperar el prestigio internacional de España. Se realizaron tres campañas militares de limitado alcance:

  • Expedición a Indochina (1858-1863) junto a Francia, para castigar una matanza de misioneros.
  • Intervención en México (1862) junto a Francia y Reino Unido, para exigir el pago de la deuda. España se retiró pronto.
  • Las campañas militares de Marruecos (1859-1860), que despertaron un gran fervor patriótico y terminaron con las victorias de Tetuán y Castillejos, aunque con escasos beneficios territoriales (ampliación de Ceuta).

Sin embargo, esta política exterior no logró ocultar el desgaste del gobierno unionista, afectado por divisiones internas y la oposición de moderados y progresistas. En 1863, O’Donnell presentó su dimisión y la reina entregó el poder de nuevo a los moderados.

6.2. Los gobiernos moderados (1863-1868)

El periodo entre 1863 y 1868 supuso el retorno de Narváez al poder y la reposición de los antiguos principios del moderantismo más conservador y autoritario. El moderantismo impuso de nuevo una forma autoritaria de gobierno, al margen de las Cortes y de los grupos políticos opositores, y ejerció una fuerte represión.

Progresistas y demócratas, excluidos del poder, optaron por la vía de la insurrección con el apoyo de sectores del ejército. Hubo varios intentos fallidos (sublevación de los sargentos del cuartel de San Gil en Madrid, 1866, duramente reprimida).

La situación del gobierno empeoró a raíz de la grave crisis económica de 1866 (crisis financiera, industrial y de subsistencias), que provocó el aumento de los precios, el paro y el descontento popular. Progresistas, demócratas y, finalmente, también los unionistas (tras la muerte de O’Donnell en 1867), descontentos con el exclusivismo moderado y el favoritismo de la reina, coincidieron en la necesidad de promover un pronunciamiento que diese un giro radical a la situación y derrocase a Isabel II. En 1866 firmaron el Pacto de Ostende, comprometiéndose a acabar con la monarquía isabelina.

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