Ley de desamortización de bienes de manos muertas

DECRETO DE DESAMORTIZACIÓN DE Mendizábal (21-02-1836) Se trata de un documento jurídico de contenido económico y político, que constituye una Fuente directa y primaria para el conocimiento de uno de los aspectos fundamentales de la Revolución burguesa en España, la desamortización y transformación de la propiedad.
El autor Del decreto, Mendizábal es un político de ideas liberales progresistas, fue primer ministro y Ministro de Hacienda en los gobiernos de 1835-36, su objetivo al llegar de Londres para Presidir el gobierno fue garantizar la continuidad en el trono de Isabel II, es decir, la del Estado liberal y para ello era necesario triunfar sobre el carlismo. Estamos ante el preámbulo del Decreto de 21 de Febrero de 1836, redactado por Mendizábal y Firmado por la regente María Cristina. Por el que se justifica la venta de los bienes Desamortizados y expropiados por el Estado a las órdenes religiosas salvo las dedicadas a la Educación y la asistencia hospitalaria con el objetivo de conseguir los ideales liberales. En Principio hay una justificación por el interés nacional de poner a la venta la masa de bienes que Han sido declarados bienes nacionales. El fin es sanear la Hacienda pública. También se Pretende convertir esos bienes en propiedad privada y abrir un proceso de creación de Riqueza, al salir al mercado, poder capitalizarse, incrementar la producción etc. La desamortización, junto con la disolución del régimen señorial y la desvinculación de la Propiedad nobiliaria, son los pilares en el proceso de la revolución burguesa. Significó un Cambio esencial en el sistema de propiedad y tenencia de la tierra.
La acción liberal fue Fundamental en la concepción jurídica del derecho de propiedad, esencialmente de la Propiedad agraria (todo régimen liberal no puede entenderse sin el concepto de propiedad Privada). En España se produjo de manera discontinua. Había sido un elemento recurrente desde finales Del Siglo XVIII. Godoy en 1798 como medio de conseguir recursos para el Estado, puso a la Venta algo así como la séptima parte de las tierras eclesiásticas. Napoleón mandó reducir el Número de conventos a 1/3 de los existentes (1808). En 1809 José I suprimíó todas las órdenes Religiosas apoderándose de sus bienes y aplicándolos a la extinción de la deuda. La guerra de la Independencia hace que no tengan efecto las disposiciones de las Cortes de Cádiz, que, en su Decreto de 17 de Junio de 1812 dispónían la enajenación de los bienes de las comunidades Religiosas. Durante el Trienio Liberal, la Ley de monacales confiscaba los bienes de las órdenes Monacales con menos de 24 miembros, varias congregaciones así como los colegios y Conventos de las Órdenes Militares. Pero las más importantes fueron la de Mendizábal (1836) Y la de Madoz (1855).´ Los procesos desamortizadores de la época napoleónica y las Cortes de Cádiz al igual que la del Trienio liberal no tuvieron efectos por el retorno al absolutismo. Fue tras la muerte de Fernando VII, cuando la revolución liberal burguesa se afianza, en 1836, en medio de la guerra Civil (1ª Guerra Carlista) Mendizábal puso en venta todos los bienes del clero regular (frailes y Monjas). Los reformistas ilustrados del Siglo XVIII, preocupados por obtener el máximo rendimiento de La tierra y los recursos naturales, fuente para ellos de la riqueza y fortaleza del Estado, habían Insinuado la necesidad de cambiar el sistema señorial de propiedad de la tierra. En el Antiguo Régimen, una gran parte de la tierra era amortizada (manos muertas), es decir, tierras Vinculadas a dominios monásticos o a municipios y, además de no tributar, no podían ser Vendidas por sus titulares, estaban fuera del mercado y, por ello, no podían ser capitalizadas ni Mejoradas. Si se querían promover la reforma agraria era necesario que pasaran a ser bienes Privados susceptibles de mejoras técnicas. Los ilustrados de finales del XVIII pretendían dar un impulso a la titularidad privada de la Propiedad, pero sobre todo querían enjugar la situación de deuda que vivía el Estado. Para ello Se lanzaron a un proceso que supuso un fuerte enfrentamiento con la institución eclesiástica. El primer paso era la promulgación de leyes para desamortizar los bienes eclesiásticos y Municipales. El proceso supónía dos fases: en primer lugar, el Estado se adueñaba de esos Bienes, por lo que dejaban de ser manos muertas (o de estar fuera del mercado) para Convertirlos en bienes nacionales; después salían a la venta, mediante pública subasta; el Producto de lo obtenido lo aplicaría el Estado a sus necesidades, principalmente, a amortizar la Deuda pública. En el documento, que es fragmento del Decreto redactado por Mendizábal, ministro en esas Fechas del gobierno progresista de José María Calatrava, por el que se ponen en pública Subasta un conjunto de bienes inmuebles que han sido desamortizados y expropiados por el Estado a las órdenes religiosas. Se encuentra una justificación de la desamortización desde la Ideología liberal-burguesa: se afirma el interés nacional de poner a la venta la masa de bienes Que han sido anteriormente declarados bienes nacionales con el fin prioritario de sanear la Hacienda. En segundo lugar, al convertir esos bienes inmuebles –sobre todo la tierra- en Propiedad privada, se abriría un proceso de creación de riqueza, para referirse a esa nueva Situación de los bienes inmuebles que podrán salir al mercado, ser capitalizados, aumentar su Productividad, etc., creando una copiosa familia de propietarios. De esta forma quedaron en manos del Estado y se subastaron no solamente tierras, sino casas, Monasterios y conventos con todos sus enseres. Posteriormente otra ley amplió la acción, al Sacar a la venta los bienes del clero secular. Para lograr el establecimiento del nuevo régimen Liberal en 1836, era necesario ganar la guerra carlista y, para ello, se necesitaban los recursos Económicos que podía proporcionar la desamortización y el apoyo social de la burguésía al Régimen liberal. Además, al amortizar la deuda pública, el Estado aparecía como más solvente, Con lo que podría suscribir nuevos empréstitos en el extranjero en mejores condiciones. La burguésía compradora se convirtió en terrateniente: en conjunto, el proceso de Desamortizaciones no sirvió para que las tierras se repartieran entre los campesinos; es decir, No fue una reforma agraria, sino un medio de conseguir dinero para los planes del Estado. A Medio y largo plazo sí contribuyó a que aumentara el volumen general de la producción Agrícola, al trabajar los nuevos propietarios tierra que hasta entonces no habían sido labradas. La expulsión de campesinos de los nuevos latifundios y la concentración de la propiedad de la Tierra generó, asimismo, una gran masa de campesinos sin tierra, proletariado agrícola, que a Mediados de siglo superaba los dos millones de personas. Se estima que el volumen total de Tierra que cambió de manos llegó hasta el 50% de la tierra cultivable. La desamortización trajo Consigo una expansión de la superficie cultivada. Al liberalizarse la tenencia y la explotación de La tierra, en algunas zonas se produjeron procesos de especialización en los cultivos: así en Levante se explotaciones hortofrutícolas, y en Andalucía se extendieron el olivar y la vid, en Gran parte con destino al mercado exterior. La desamortización tiene sus efectos y consecuencias posteriores. Se abríó una falla en las Relaciones de la Iglesia con Estado, en sus comienzos supuso la ruptura de relaciones Diplomáticas con Roma. A pesar de que el Estado se haría cargo del sostenimiento del culto y Clero. Por otro lado es evidente que hacia el mundo rural se desviaron capitales que podían Haberse canalizado hacia el sector industrial, impidiendo con ello el inicio de la revolución Industrial.

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