Reinos cristianos en la Edad Media

2.5 LOS REINOS CRISTIANOS EN LA Edad Media: ORGANIZACIÓN POLÍTICA, RÉGIMEN SEÑORIAL Y SOCIEDAD ESTAMENTAL

La organización política:


Los reinos peninsulares tenían una estructura política parecida: el Rey era la máxima autoridad, aunque limitada por la nobleza, la Iglesia y los privilegios (fueros) de las ciudades. Gobernaba asesorado por la Curia Real, el organismo más importante de la administración estatal, consejo integrado por el alto clero y la nobleza. Nacieron Las Cortes, [en el reino de León (desde 1188), y durante el Siglo XIII en el resto de los reinos], cuando se convocó a la Curia incluyendo a los burgueses, en representación de las ciudades más importantes. Las de Castilla y León se fusionaron tras la uníón de ambos reinos, mientras que en la Corona de Aragón se mantuvieron separadas (Aragón, Cataluña y Valencia). Eran convocadas por el rey y sus integrantes se repartían estamentalmente. Las funciones de las Cortes eran: Atender a las consultas del rey en asuntos importantes y votar los subsidios o impuestos extraordinarios, para cubrir los gastos de la monarquía.

Régimen señorial:


fue una organización económica, social y jurídica, basado en relaciones de dependencia personal (vasallaje) entre los habitantes de un territorio y el señor del mismo. Este modelo de sociedad feudal se consolidó creándose señoríos territoriales y jurisdiccionales.
Los señoríos eran territorios (latifundios con siervos) concedidos por el rey a la nobleza o a la Iglesia como pago por algún servicio prestado. Los territoriales o solariegos fueron carácterísticos de las zonas de repoblación por presura. Los señores cobraban los impuestos a los campesinos. Los jurisdiccionales sus dueños ejercían su autoridad con total independencia, administrando justicia o cobrando impuestos.

Sociedad Estamental: La sociedad estaba jerarquizada y organizada en estamentos, grupos cerrados sin movilidad social.
Nobleza y Clero eran grupos privilegiados, (es decir imperaba la desigualdad jurídica)
. La Nobleza, (ocupación: la guerra) eran grandes propietarios de la tierra, grupo heterogéneo (alta nobleza, hidalgos, caballeros villanos).
Clero (ocupación: la oración). También poseen tierra y señorío;
Es un estamento heterogéneo (Alto y bajo clero).
El pueblo llano
(los que trabajaban y pagaban los impuestos), era la mayor parte de la población. El Campesinado, normalmente no son propietarios y están sujetos a la dependencia de sus señores. Desde el Siglo XI, el desarrollo urbano propiciará el desarrollo de las ciudades y de un nuevo grupo social:

La burguésía

consiguieron una cierta autonomía en el gobierno de las urbes (concejos) y participación en Cortes. También nos encontramos con minorías religiosas y étnicas marginadas:
los judíos, mayoritariamente urbanos, y los mudéjares, que viven preferentemente en el campo.

Sociedad agraria, en la que la mayoría vivía en pequeños núcleo rurales. 


2.6.ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE LA CORONA DE Castilla, DE LA CORONA DE ARAGÓN Y DEL REINO DE Navarra AL FINAL DE LA Edad Media

Castilla y Navarra fueron Estados unitarios, mientras que la Corona de Aragón fue una confederación de reinos. Tuvieron instituciones similares aunque con algunas diferencias. Su gobierno se basaba en 3 instituciones:
la monarquía, las Cortes y los municipios.

CORONA DE Castilla:


En Castilla existía una monarquía unitaria que seguirá un modelo autoritario, intentará fortalecer su autoridad frente a los nobles, Las instituciones de Gobierno que existían en la administración Central:
El Consejo Real, principal instrumento de gobierno.
La Audiencia (más tarde Chancillería)
órgano supremo de la Administración de Justicia.

Las Cortes

(origen 1188) Las más antiguas de Europa, órgano de representación estamental (nobleza, clero y ciudades). Podían presentar quejas al rey, pero no tenían facultades legislativas.

La Hacienda

El mayordomo mayor se encargaba del patrimonio real, el chanciller de la burocracia, el condestable de ejército, y el almirante de la armada. En cuanto a la Administración territorial:
el reino estaba dividido en merindades y adelantamientos.
En la Administración Local, destacan los Concejos de las ciudades, en los que se integraban los regidores;
la Corona controló su gobierno a través de los corregidores, nombrados por el rey con carácter vitalicio.

CORONA DE ARAGÓN:


Era una confederación constituida por los reinos de Aragón, Valencia y Mallorca, y el principado de Cataluña.
Con leyes e instituciones distintas. El poder del rey estaba limitado por la nobleza a través de las Cortes, debido al supuesto origen pactista de la monarquía. Instituciones de gobierno: había Cortes en cada reino, sus decisiones eran vinculantes y estaban compuestas por tres brazos, nobleza, clero y patriciado urbano.
Consejo Real, Audiencia, las Diputaciones para organizar y controlar la recaudación de los subsidios concedidos al monarca. La primera que se constituyó fue la Diputación de Cataluña (Generalitat)
en 1359.
Los virreinatos, el virrey era el representante del rey en los territorios en los que no residía.
El Justicia de Aragón, noble designado por las Cortes para interpretar y defender los fueros de Aragón, y juzgar las disputas entre los nobles y el rey. La administración territorial se organizó en honores (Aragón) o veguerías (Cataluña). A nivel local : El órgano de poder en las ciudades fue el municipio que a fines de la Edad Media quedó bajo el control de las oligarquías locales (Concell de Cent de Barcelona), a veces con conflictos internos (La Busca y La Biga, en Cataluña)

REINO DE Navarra


A pesar de ser una Monarquía unitaria, prevalecíó la doctrina pactista, las prerrogativas de las Cortes impidieron el fortalecimiento del poder de la monarquía. En cuanto a las instituciones de la administración estatal existían:
las Cortes que exigían del rey la jura de los fueros del reino antes de aceptarle como monarca, El Consejo Real, que era el órgano asesor del Rey, y la Cámara de Comptos (tribunal de cuentas que fiscalizaba los gastos públicos)

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