La Constitución Española de 1978

Aprobada en referéndum el 6 de diciembre y promulgada el 29 de diciembre de 1978, dentro del periodo histórico conocido como la “Transición”, que supuso para España el paso de la dictadura franquista a un régimen monárquico, democrático y parlamentario. Fue elaborada por representantes de los diversos partidos políticos representados en las Cortes Constituyentes convocadas en las elecciones de 15 de junio de 1977, primeras elecciones libres celebradas en España desde febrero de 1936, que ganó la UCE, partido que lideraba el entonces Presidente del Gobierno Adolfo Suárez. Los redactores del anteproyecto de la constitución llamados los “padres de la Constitución” fueron, Miguel Herrero de Miñón, Gabriel Cisneros y José Pedro Pérez-LLorca de UCD, Gregorio Peces Barba del PSOE, Manuel Fraga de AP, Jordi Solé Tura del PCE, , Miquel Roca de los nacionalistas catalanes. No es una Constitución de partido sino que fue fruto de un amplio consenso político entre las fuerzas de izquierda y de derecha. El contexto histórico en el que se enmarca la publicación del texto constitucional es la llamada Transición Democrática, período de restauración de las instituciones democráticas que tuvo lugar en España entre 1975 y 1982.Esta Transición comenzó con la muerte de Franco en 1975, y se puede dar concluida con la llegada al poder del PSOE en octubre de 1982. Las características de este periodo considerado como ejemplo de madurez política del paso de una dictadura a una democracia son:  Proceder a un cambio de la ley con la ley, una evolución controlada desde el franquismo hacia la democracia, evitando una ruptura política  Resultado del “consenso” entre algunos dirigentes franquistas y la oposición, a la que se facilitó su integración en el sistema a cambio de la supresión de algunos de los aspectos mas radicales de sus respectivos programas, como el independentismo de los nacionalistas vascos y catalanes, así como la difícil aceptación del PCE (legalizado la semana santa de 1977) por los sectores más inmovilistas del Régimen.  Respondió a la presión y movilización popular, así como un amplio deseo de cambio social y económico que quería normalizar España, con el resto de Europa Está Constitución es la ley que ha hecho posible la creación del nuevo estado democrático y diseñado la España de las Autonomías En el preámbulo plantea los elementos esenciales de una democracia, poniendo en valor determinados aspectos que no han podido ejercerse tras casi cuarenta años de régimen autoritario: Los conceptos de soberanía nacional que se afirman en el primer párrafo, así como la primacía de la ley fundamental la Constitución.principios: España es un estado democrático, la soberanía reside esencialmente el la nación, la forma del estado es la monarquía parlamentaria. Una monarquía en la persona del rey Juan Carlos, que fue designado por Franco con plenos poderes políticos y que renunció a ellos a favor de la soberanía nacional (la nación española), también reconoce como esencial en el modelo democrático el pluralismo político, de “todos” los partidos que respeten el juego democrático, habiendo sido especialmente difícil la legalización del PCE unos meses antes. El artículo 2º plantea  el modelo de estado. La unidad de España es compatible con la pluralidad nacional, ya que el estado español no es unitario, pero tampoco federal, sino autonómico, iniciándose a partir de diferentes artículos de la Constitución el modo en que los distintos territorios españoles se acceden a su autogobierno. Entre 1979 y 1983 se llevó a cabo el proceso de creación de las diecisiete Comunidades Autónomas Los artículos 3º y 4º desarrollan dos elementos importantes a la hora de definir cualquier estado-nación: su lengua y sus símbolos nacionales. La constitución intenta permitir el paso de un estado centralista a uno autonómico, reconociendo el castellano como lengua de Estado, con el deber y el derecho de utilizarla, permitiendo en las Comunidades Autónomas con lengua propia (catalán, gallego, y vasco), el bilingüismo oficial. De igual manera que reconoce como símbolo nacional la bandera roja, amarilla y roja, intentando resolver con ello el reconocimiento por parte de ciertos sectores de la izquierda española de esta enseña, frente a la republicana, y también respecto al tema autonómico el asunto del reconocimiento de las banderas autonómicas, con rango de símbolo oficial. Estos temas fueron de más trascendencia en los territorios donde era más polémico el tema de la lengua y de los símbolos, como forma de afirmar sentimientos nacionales y su encaje o no en el sentimiento nacional español. plantea la igualdad de derechos y la no discriminación por cualquier motivo. Hay que destacar que la Constitución de 1978 va a reconocer definitivamente esta no discriminación a las mujeres españolas. Ya el Referéndum para la Reforma política de 1976 y las elecciones de 1977, o el Referéndum de aprobación de la Constitución de 1978 se había celebrado bajo sufragio universal masculino y femenino, pero aún quedaba pendiente de desarrollar una legislación a partir de esta constitución en que las mujeres españolas dejaban de estar “sometidas” a ciertos grados de autoridad de sus maridos, situación esta que se había mantenido durante el régimen franquista manteniendo a las mujer en unas situación de inferioridad legal. Si bien algunos cambios producidos en 1975, sobre las autorizaciones maritales habían cambiado la situación de facto, la constitución y los cambios posteriores en el código civil cambiaron la situación de la mujer.

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