Guerra y revolución España 1800-1814

1. La Guerra de la Independencia y los comienzos de la revolución liberal. La Constitución de 1812.

1. INTRODUCCIÓN. REINADO DE CARLOS IV
1. 1. POLÍTICA EXTERIOR.
El comienzo del reinado de Carlos IV coincide con el estallido de la Revolución Francesa, por lo que se hizo imposible el continuismo con el despotismo ilustrado de Carlos III. En un primer momento, el ministro Floridablanca decreta el aislamiento con Francia. Se prohíbe la entrada de noticias (libros, folletos, propaganda) de la Revolución. Una vez calmados los ánimos iniciales y sustituído por Aranda, se pasa a una neutralidad benévola. Hubo en España fieles defensores de la Revolución, como el Abate Marchena que marchó a París con los Girondinos y fieros detractores, como el beato fray Diego José de Cádiz.

Sin embargo, los acontecimientos franceses y españoles cambian de signo de nuevo la política. Godoy intenta un disparatado plan para salvar a los reyes franceses para luego, enfrentarse directamente (1793-95) junto con Inglaterra y Austria. en la Guerra en Cataluña, es cuando el general Castaños intenta la invasión y es respondido y expulsado. Los franceses llegan hasta Miranda de Ebro (Burgos). Se firma el Tratado de Basilea.

Cuando la Convención jacobina es sustituida por el Directorio (1795-1808) se pasa a una alianza mediante el Tratado de San Ildefonso (1796). Después Godoy firmará una con con Napoleón un segundo Tratado de San Ildefonso (1800), por lo que se intentó una invasión de Portugal –la llamada Guerra de las Naranjas (1801)-, que terminó con el Tratado de Badajoz. Godoy se nombró por ello Príncipe de la Paz. La sumisión a los intereses de Francia que trajo la derrota de Trafalgar (1805)

Godoy firma con Napoleón el TRATADO DE FONTAINEBLEAU (1807) por el que planeaban la invasión de Portugal. Se dividiría en tres partes y Godoy se quedaría con una de ellas. Mientras se creaba un partido antigodoyista que preparó una conspiración contra el rey, en la que estaba implicado su hijo, el príncipe Fernando. Es la Conjura de El Escorial. Una vez descubiera el rey perdonó a Fernando.

1.2. POLÍTICA INTERIOR

Fracaso del espíritu reformador por miedo a la Revolución. Godoy comienza algunas tímidas reformas: Censo de Godoy (1797, 1º del mundo), reformas agrarias ataque a los monopolios de los gremios. Liberalización de manufacturas, primera desamortización de bienes eclesiásticos. Con estas medidas se granjeó la enemistad de gran parte de la nobleza y el clero.

Motín de Aranjuez (marzo 1808). Cuando entran las tropas francesas en España, Godoy intenta trasladar la corte a Andalucía para luego embarcarla a América. El pueblo de Madrid, descontento con las tropas francesas, asalta y saquea la residencia de Godoy. Carlos IV destituye a Godoy y abdica en Fernando VII.

Fernando, convertido en Rey, hace su entrada en Madrid. Ya Napoleón tenía en España un ejército de casi 100.000 hombres. Dada la irregularidad de la forma de acceso al trono por parte de Fernando y a la situación política de los tiempos de Godoy, ni el nuevo rey podía ejercer su poder ni dar marcha atrás. Por eso, cuando Napoleón llama a Carlos IV y a Fernando VII para que vayan a Bayona, acepta. Cuando llegó Fernando a Bayona, Napoleón ya había anunciado su intención de que los borbones no reinaran más en España.

Napoleón impuso la sustitución dinástica. Carlos IV protestaría contra el atropello de Aranjuez. Fernando devolvió al trono a su padre y renunció a sus derechos de heredero como príncipe de Asturias. Carlos renunciaría a su corona en Napoleón, que designaría como rey de España a su hermano José Bonaparte, que hasta entonces lo había sido de Nápoles. Son las llamadas Abdicaciones de Bayona

2. LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA.

Al mismo tiempo que la guerra, comienza la Revolución Liberal y los territorios americanos, su independencia.

Ante el nombramiento de José I hay recelos. El Consejo de Castilla duda en aceptarlo. Esto, unido a las confusas noticias de Bayona, provoca la reacción popular. El dos de mayo, el alcalde de Móstoles publica un bando que incita a la rebelión contra el ejército francés. La dura represión francesa hace que el levantamiento se generalice (Fusilamientos del 3 de Mayo): los sectores liberales y el pueblo llano intentan conseguir un Nuevo Régimen. Los militares y el clero, volver al Antiguo Régimen. Colaborando están los funcionarios y propietarios asustados, colaboracionistas, y los ilustrados reformistas (afrancesados).

En todo proceso revolucionario cabe distinguir tres actividades fundamentales (M. Artola):

– Conquista del poder —————————————————— Juntas Provinciales->Cortes
– Creación de un nuevo régimen —————————————– Constitución de Cádiz
– Configuración del la sociedad sobre bases teóricas nuevas ——— Lectura ideológica de la Constitución

La conquista del poder se inició con la formación de las JUNTAS PROVINCIALES y termina con las Cortes de Cádiz. Implica la crisis del sistema anterior. El motín de Aranjuez y las abdicaciones de Bayona son los elementos decisivos en la crisis de la monarquía borbónica. También la pasividad de las autoridades ante la presencia de los franceses. El vacío de poder facilitará las iniciativas de las autoridades inferiores (como el alcalde de Móstoles) y la constitución de instituciones inéditas (Juntas Provinciales, Junta Central). Se traslada el poder a manos de instituciones surgidas del levantamiento popular. No cabe mejor expresión de la soberanía popular.

* PODERES. En la práctica coexisten tres poderes:

1) la Junta de Regencia del Consejo de Castilla, que no ejerce ningún poder
2) las Juntas Provinciales.
Las Juntas organizan la resistencia ante el vacío de poder.
– Juntas ciudadanas en la base, de elección popular
– Juntas provinciales: controladas por militares, clérigos y propietarios locales, actúan como representantes del Estado, despreciando las órdenes de Castilla. Son los mismos privilegiados anteriores.
– Juntas Supremas. Se crean más tarde en 1808, dan lugar a la
– Junta Suprema Central. Se crea en Aranjuez en septiembre de 1808, presidida por Floridablanca. En 1809 se traslada a Sevilla y finalmente a Cádiz. Se trata de la simple gestión, nada revolucionario. En Enero de 1810, se disuelve la Junta Central, pasando el poder a una Regencia, que convocó las Cortes
El 6 de Junio un decreto imperial proclama a José I rey de España, al que acompaña una Junta de Notables en Bayona: 150 personas de los 3 estamentos (sólo llegó el 90%). Elaboran la Constitución de Bayona, aunque en realidad es un estatuto, una Carta Otorgada:

– Estado confesional
– Senado – Consejo de Estado .- Cortes (consultivas)
– Elección indirecta y estamental
– Algo parecido a una declaración de derechos: inviolabilidad del domicilio, libertad de comercio, habeas corpus…

La fidelidad a José I era de funcionarios que no querían perder su puesto, y los ilustrados (Afrancesados). Ven el cambio de dinastía como una posibilidad de realizar las reformas emprendidas. Son “déspotas”, partidarios de la monarquía. Son personajes como Urquijo o Cabarrús. Jovellanos no aceptó. Son más bien mediadores. Después de la guerra serán los primeros emigrantes “políticos. Las reformas emprendidas son:

– Fin de los señoríos
– Instrucción pública.
– Extinción de la deuda pública.
– Traducción del Código Civil napoleónico.

La mayor parte quedó sin aplicación. José I estuvo ocupado luchando contra los mariscales franceses.
2.1 FASES DE LA GUERRA

Oposición y levantamiento. El 2 de Mayo, no es el inicio, pero sí un símbolo. En la 1ª quincena de Mayo los levantamientos se suceden en varios lugares. Las autoridades civiles son pasivas. No había un plan: un ejército profesional frente a la nación en armas (derrota de Medina de Rioseco).
Francia desiste de una rápida conquista por la reacción popular (SITIOS de Zaragoza y Gerona, Valencia). Intenta la invasión de Andalucía para controlar las rutas de la Meseta. La batalla de Bailén (julio 1808) supone la derrota de los franceses por el general Castaños. Los franceses abandonan Madrid y acude Napoleón. Las Juntas declaran la guerra y organizan operaciones militares.

Predominio francés. 1809 ofensiva francesa, la Grande Armée (250.000 hombres). Caen Zaragoza y Madrid. Llega Wellington desde Portugal. Triunfo hispano-inglés en Talavera y derrota en Ocaña. En 1810, salvo Lisboa, algunas zonas gallegas y Cádiz todo está conquistado. Es la época de las guerrillas: Francisco Espoz y Mina, el Empecinado y el cura Merino. Se convierte en una guerra de desgaste

Ofensiva hispano-inglesa: desde Portugal, coincidiendo con la campaña de Napoleón en Rusia. Entran por Ciudad Rodrigo, que es sitiada. Después llega la victoria anglo-española de los Arapiles. Los franceses huyen y José I traslada provisionalmente el gobierno a Valencia. Éxitos en Vitoria y San Marcial (1813), entran en territorio francés. Capitulación francesa por el Tratado de Valençay (diciembre de 1813), por la que cesan las hostilidades y Fernando VII era repuesto en el trono.

2.2 FORMAS DE LUCHA.

– Sitios: Zaragoza, Gerona.
– Batallas “formales”, Bailén, Arapiles (Salamanca), Talavera, San Marcial… Inglaterra aporta su capacidad económica, industrial y eficacia organizativa. Los franceses seguían la máxima de “vivir en el país”, que evitaba el avituallamiento.
– Guerrilla. Máximo exponente del carácter popular de la guerra. La Peninsular War es un término que está en español en todos los idiomas. No necesitan ocupar el territorio, sino hostigar al enemigo. La represión hace que la población sea cada vez más hostil. Guerra revolucionaria, inferioridad propia, beligerancia universal, mucha violencia (Desastres de la Guerra de Goya). Promedio de 100 bajas diarias.

2.3 CONSECUENCIAS DE LA GUERRA

Muy costosa. Pérdida de status internacional. Clima de expectación hacia Fernando VII y su cautiverio en Valençay. Napoleón intenta un tratado de paz y amistad que las cortes no hubieran aceptado. Los liberales quieren asegurarse la Constitución: se condena a muerte a quien propusiera un cambio constitucional y deciden no aceptar al rey hasta que no jure la Constitución.


3. LA CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ.

3.1 LAS CORTES DE CÁDIZ.

Las normas electorales se pusieron en enero de 1810, por sufragio universal indirecto. Había representación de las juntas, de las ciudades y representantes americanos. La apatía por parte del Antiguo Régimen fomentó el ambienta revolucionario. Cádiz, aislada y liberal, con clero también liberal facilitó la convocatoria. Las sesiones comenzaron el 24 de septiembre de1810. Aproximadamente 100 diputados, casi todos suplentes elegidos en la ciudad. No hay estudios exhaustivos de los representantes, pero parece que predominan los de clase media, con formación intelectual, eclesiásticos (casi un tercio), militares, abogados, funcionarios, miembros de la burguesía comercial e industrial. Se reúnen en una sola cámara con voto individual. Podemos distinguir entre diputados absolutistas(serviles) y diputados revolucionarios (jovellanistas o patriotas y revolucionarios o negros). Ni la burguesía llevo a cabo la revolución liberal, ni el clero y la nobleza estaban en su totalidad del lado absolutista, y no podemos considerar que existieran partidos políticos.

El primer decreto lo redacta MUÑOZ TORRERO. Por éste, las Cortes se atribuyen a sí mismas el papel de soberanas y representantes de la nación (hay quien sugirió un juramento como los franceses en la sala del juego de la pelota). Se reconoce a Fernando VII como rey, declarando nula su renuncia. Las Cortes tendrán el poder legislativo y el ejecutivo, una Regencia.

Tradicionalmente se distinguen tres fases: 1) Cambio de régimen político (1810-12); 2) Transformación social (1812-14) y 3) Transformación económica.

3.2. ANÁLISIS Y VALORACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE 1812.

La labor constitucional no se planteó hasta 1810. La comisión encargada de redactar el texto estaba presidida por MUÑOZ TORRERO, el texto fue compuesto por Antonio RANZ ROMANILLO (traductor del texto de Bayona), pero el papel principal lo tuvo Agustín de ARGÜELLES. Fue un largo proceso en lucha con los conservadores.

384 artículos, 4 títulos. Muy larga, especialmente el título dedicado al poder legislativo. Demasiado específica, se pensaba en hacer una constitución perfecta que no hubiera que cambiar. Especialmente interesante es el preámbulo en el que se justifica la constitución desde el inmovilismo, presentándola como consecuencia de la tradición y las instituciones ancestrales. No tiene una declaración específica de derechos, sino que están desperdigados a lo largo del texto.

El Titulo I, de la Nación Española y los Españoles. Se declara la soberanía nacional, la separación de poderes (el poder legislativo en el Rey y las Cortes; ejecutivo en el Rey y no se detiene en el judicial). Se considera la nación española como el conjunto de los españoles de ambos hemisferios. Desaparece, pues la sociedad estamental. Se defiende un estado confesional católico. Las libertades son las de:

– igualdad ante la ley
– libertad civil
– inviolabilidad del domicilio
– garantías penales y procesales
– educación elemental
– libertad de imprenta (libros no religiosos)
– libertad de trabajo (contra los gremios)
– libertad de contratación
– libertad de cerramientos (contra la Mesta)

El sufragio es universal, masculino, para mayores de 25 años. Estos eligen a unos compromisarios (sufragio indirecto). Para ser candidato (sufragio pasivo) se excluye a quienes no tengan una renta anual procedente de bienes propios, para que vivieran de sus bienes. Es también incompatible con cualquier otro cargo de designación real, o con el clero regular por dos años. No pueden estar privados por la justicia de derechos civiles. Se eligen por la provincia natal o habiendo vivido 7 años en otra.

El Poder Legislativo lo tienen las Cortes con el Rey (soberanía compartida). Las Cortes son monocamerales. Se reúnen 3 meses y entre tanto, una Diputación Permanente. Tiene amplios poderes: elabora leyes, aprueba tratados internacionales, toma decisiones sobre la sucesión. Fija las contribuciones (impuestos). El rey no puede suspender las Cortes ni disolverlas. Entre sus atribuciones está la de proponer leyes, decretarlas, derogarlas, controlar las tropas extranjeras…

El Poder Ejecutivo está en manos del Rey y los Secretarios de Estado. Se puede sospechar que su funcionamiento no iba a ser fluido, el rey puede nombrarlos y separarlos libremente, pero son responsables ante las Cortes. Es decir, las órdenes del monarca deben estar suscritas por el ministro del ramo, que es responsable de su gestión. El Rey tiene el veto suspensivo a una ley, pero la última decisión está en las Cortes. El Rey tiene competencias en cuanto a la fiscalidad, ejército (ejército nacional), nombra los secretarios (ministros), magistrados, generales; dirige la política exterior. Es sagrado, inviolable, irresponsable. Entre sus restricciones está la de disolver las cortes, ausentarse, fijar contribuciones, firmar alianzas extranjeras y abdicar. Se propone una burocracia centralizada y una Administración territorial (que no se llevará a cabo). Las reformas de la Hacienda (desamortización para paliar la deuda pública, creación de un mercado libre de aduanas interiores y la sustitución de impuestos indirectos por los directos) no llegarán a finalizar.

Lógicamente es muy parecida a la francesa, puesto que tienen igual propósito. Influye en la italiana y en las de América española.

3.3. OBRA LEGISLATIVA DE LAS CORTES DE CÁDIZ

Entre la obra legislativa de las Cortes de Cádiz están importantes decisiones que no siempre se dictaron después de la Constitución. Por ejemplo, la abolición de los señoríos: los solariegos se convierten en propiedad del señor y los jurisdiccionales se incorporan a la nación. Esta medida también eliminaba el nombramiento de cargos municipales y todo rastro de justicia señorial. Pero en la práctica no supuso tanta importancia, puesto que en los juicios los tribunales tendieron a considerar todos los señoríos como solariegos, por lo que la nobleza siguió manteniendo las tierras.

En cuanto a las reformas económicas, también se abolen los mayorazgos y las pruebas de nobleza para ingresar en las academias militares. Se decreta la libertad de trabajo (se eliminan los gremios) y de contratación. Desaparece también la Mesta. Se dignifica el comercio y se ponen en marcha la venta de comunales. Hay también intentos de unificar y hacer proporcionales las contribuciones. Todos estos son intentos de conseguir que la propiedad sea individual, libre y absoluta. También se fomenta la agricultura y la ganadería.

Sobre la Iglesia se toma la decisión de no devolver las incautaciones de José I, se suprime el voto de Santiago y hay un intento de desamortización. Se abole la Inquisición. También se abole la tortura.

3.4. CONFIGURACIÓN DE LA SOCIEDAD SOBRE UNAS BASES TEÓRICAS NUEVAS.

Seguimos el paso 3 de M. Artola en todo proceso revolucionario (véase más arriba). La nueva ideología mostraba:

1º Una concepción del hombre según la cual el comportamiento de los hombres está determinado por la búsqueda de la felicidad. El hombre es bueno y no malo como decían los absolutistas.
2º Identificación de la felicidad con la riqueza, tanto porque proporciona los medios para satisfacer las necesidades humanas, por ser el único procedimiento que permite la cuantificación de la riqueza.

Si todos aspiran a la felicidad y a la riqueza, todos pretenderán ampliar sus propiedades mediante la aplicación de su tiempo, su capacidad y su trabajo. Buscar la riqueza ya no es considerado malo. En el Antiguo Régimen se tenía una cultura que pensaba que la riqueza era limitada, si alguien se enriquecía significaba que estaba empobreciendo al resto de la comunidad. Los liberales opinan que todos pueden llegar a ser ricos, o que, al menos deben intentarlo. Las diferencias de riqueza responderán a diferencias en el tiempo, la capacidad o al trabajo de cada uno. La diferencia de riqueza serán diferencias entre los individuos.

3º La organización social que los individuos crean entonces, será una sociedad justa si cumplen las reglas del mercado perfecto: libertad, igualdad y propiedad. Los derechos fundamentales de las constituciones liberales.

– Por libertad se entiende la capacidad de todos los individuos para intercambiar bienes sin tener que someterse a norma alguna de carácter positivo (sin que nadie obligue a hacer nada).
– Por igualdad se entiende que todos tienen las mismas posibilidades legales para alcanzar cargos o riquezas –igualdad ante la ley-, de tal modo que las diferencias de riqueza reflejen únicamente las distintas capacidades o dedicaciones de los individuos. Si somos iguales en derechos y oportunidades se hará rico aquel que sea más inteligente o le dedique más tiempo.
– Por propiedad se entiende con unas características para que la distribución de la propiedad sea reflejo exacto de la desigualdad de las condiciones individuales: La propiedad ha de ser:
– Libre: no excluida del comercio por disposiciones legales (ej. no mayorazgos)
– Absoluta: sin limitaciones de uso.
– Individual: no pueden pertenecer a ninguna persona moral: Estado, Iglesia, municipio…

En estas condiciones, la lucha por la felicidad determina una estratificación en clases sociales (grupo social que se caracteriza por una posición económica común, ej. ricos o pobres) que se definen en función de la riqueza en tres grupos caracterizados: ricos, pobres y clase media. A diferencia de la estamental, permite la movilidad social: se puede ascender o descender en el nivel social en la medida en que aumenta o disminuye la riqueza. La pobreza es pues, también necesaria, puesto que es el acicate para que todos busquen la riqueza.

Partiendo de estos supuestos, se llega al reconocimiento institucional de los más ricos con los más capaces, a quienes se reserva la participación en el sistema político, mediante el sufragio censitario o restringiendo la posibilidad de ser candidatos,

El modelo de organización social del liberalismo está en oposición al modelo estamental y en correlación con los intereses de la clase de la burguesía. Tiene su punto de partida en el individuo. La formulación de sus derechos: libertad, igualdad, propiedad, son los que inspiran una sociedad clasista. La realización de tales derechos obliga a destruir la sociedad estamental porque sólo así será posible que el mercado lo regule todo. Hay que destruir los gremios, los señoríos jurisdiccionales, las tierras de los mayorazgos, las manos muertas…

3.5. DIVERSIDAD DE ENFOQUES EN LA HISTORIOGRAFÍA

Básicamente tenemos 3 posturas: una institucionalista, como la representada por Francisco TOMÁS Y VALIENTE, que entiende por revolución burguesa el proceso estructural que transformó las bases de la sociedad del Antiguo Régimen y creó las condiciones jurídicas y políticas necesarias para la constitución de una sociedad dominada por la burguesía, organizada políticamente bajo la forma del Estado liberal y caracterizada por la implantación y desarrollo de unas relaciones capitalistas de producción y cambio.

Otra es la postura de Miguel ARTOLA, que hemos ido siguiendo en los apuntes. La nueva organización social tiene al ciudadano en su punto de partida. Los derechos de libertad, igualdad y propiedad se corresponden con los de la sociedad clasista, lo que obliga a destruir la sociedad estamental, condición esencial para que la burguesía tome el poder. Los problemas económicos derivados de la guerra y del caos financiero del Antiguo Régimen motivan decisiones como la desamortización que beneficia a los liberales porque libera al Estado de una carga financiera y pone en venta una gran masa de bienes de los que se beneficia la burguesía.

Por otro lado, Josep FONTANA, destaca el aspecto de guerra de independencia sobre el de revolución liberal, puesto que tanto los personajes como por las ideas, incluso por su realización práctica, la obra de los legisladores gaditanos no fue en absoluto revolucionaria. Querían cambiar el país, pero no por la violencia, como en Francia, sino proponiendo soluciones moderadas. Argüelles se vanagloriaba de haber dado estabilidad a la realeza y dejar a la nobleza con su propiedad y riqueza, sus distinciones y títulos, respetando al clero sus bienes patrimoniales, los diezmos y la inmunidad temporal

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