Regencia de María Cristina estatuto real

El texto nos sitúa en 1812 en plena Guerra de la Independencia, época en la que España y las provincias vascas se vieron influenciadas por las ideas liberales de los franceses. Estas ideas aceleraron el final del Antiguo Régimen. Tras las abdicaciones en Bayona de Carlos IV  en 1808 y su hijo Fernando VII,  en favor de Napoleón, y el nombramiento de José I  como rey de España, hubo levantamientos contra las tropas francesas iniciándose así la Guerra de la Independencia.  En consecuencia, fueron abolidos los sistemas liberales junto con sus privilegios e instituciones. Napoleón establecíó un gobierno único para Álava, Vizcaya y Guipúzcoa, llamado gobierno de Vizcaya y otro para Navarra. Ambos dirigidos por militares franceses sometidos a las órdenes directas del emperador, y no de José I. 

El vacío de poder que había en España obligó a convocar unas Cortes Generales en Cádiz con la finalidad de crear una Constitución y anular el Estatuto de Bayona,  impuestos por José Bonaparte. Los diputados fueron convocados por el Consejo de Regencia, aquí en la Junta Suprema Central había cedido el poder. Esta reuníón se convocó en Cádiz porque era el único lugar donde no habían llegado los franceses. La mayoría de los diputados pertenecían a la burguésía liberal, había muchos eclesiásticos y algunos nobles;  pero no había ni mujeres ni campesinos. Estos diputados se dividían en dos grupos: por una parte los liberales, quiénes eran partidarios de reformas revolucionarias inspiradas en los principios de la Revolución Francesa y por otra parte, los absolutistas, partidarios del  mantenimiento del Antiguo Régimen . Desde el principio constituyeron una única Asamblea Constituyente en vez de las cortes tradicionales del Antiguo Régimen divididas por estamentos. 

Se declara también la libertad de imprenta para los escritores políticos pero no religiosos;  la abolición de los señoríos jurisdiccionales, anulando así el régimen feudal;  la  la derogación de los gremios para dar paso a un sistema liberal-capitalista; y la supresión del honrado Concejo de Mesta, en relación con la reforma agraria y siguiendo el dictado de Jovellanos. 

La Constitución de Cádiz no aludíó a los regíMenes forales ni confirmandolos ni negándolos, y excepto Bizkaia, todos los demás  territorios prestaron juramento, y durante el breve periodo de tiempo en el que estuvo vigente, se produjo una radical transformación de las instituciones forales. La burguésía se haría  afrancesada, pero la masa del pueblo se opuso a su presencia. También los jauntxos, defendían los fueros y el monopolio político que estaban ofreciendo.

La Constitución de 1812 estuvo en vigor hasta que Fernando VII  la de negó a su regreso a España y 1814 para volver al absolutismo. El alzamiento de riego en 1820 la restauró hasta 1823 y finalmente tendría un tercer periodo de vigencia entre 1836-1837. 


La fecha del texto nos sitúa en el año 1818, tras la Guerra de la Independencia habiendo salido victoriosas las tropas aliadas (británicos, portugueses y españoles) sobre los franceses. Las batallas más destacadas fueron Vitoria-Gasteiz y San Marcial. José I fue expulsado definitivamente de Madrid. Al mismo tiempo, por el Tratado de Valençay Napoleón reconoce a Fernando VII como rey de España. Un año antes, en 1812, en plena guerra de la Independencia se promulgó la Constitución de Cádiz, la cual ponía fin al Antiguo Régimen sentando los principios liberales en España. Sin embargo, muy pocas medidas se pudieron llevar a la práctica a causa de la guerra, y a que parte de la población se resistía porque defendía las viejas tradiciones del Antiguo Régimen. El país estaba dividido entre liberales y absolutistas. 

Fernando VII vuelve a España en 1814, justo con los diputados absolutistas firmantes del manifiesto, autodenominados persas. El monarca comenzó a reinar durante seis años bajo un gobierno absolutista (sexenio absolutista) hasta que el gobierno comenzó los pronunciamientos del ejército para restablecer la Constitución en 1820, debido a que Fernando VII eliminó Los presupuestos del Estado (económicos, previamente elaborados por las cortes de Cádiz) agravando los problemas de hacienda, y se perdieron las colonias.

El pronunciamiento del Coronel Diego restablecíó la Constitución de Cádiz. Los absolutistas tenían un gobierno paralelo (regencia suprema de España en Urgel) al de Madrid, el cual fracasó. Una vez que Napoleón desaparece, los reinos que invadíó se juntaron en Viena donde se hizo un pacto: la Santa Alianza, donde juraron ir en defensa unos reinos de otros en caso de revoluciones liberales o ataques. Fernando VII, en vista de que no consigue recuperar el gobierno de España, no tiene otra opción que pedir ayuda a “Los 100.000 hijos de San Luis” (Ejército formado por los reyes absolutistas en Europa del acuerdo en Viena). El ejército interviene y Fernando VII recupera su posición restableciendo de nuevo el antiguo régimen. Cuando esto ocurre el trienio liberal acaba y comienza la década ominosa. Se anula la Constitución y los decretos del trienio, se restauran los fueros y el país retrocede en ciencia. Durante esta época (política más moderna obligada por el pueblo) hubo una reforma fiscal impulsada por el ministro de hacienda López Ballesteros, diseñando los primeros presupuestos del Estado de la historia de España, hizo posible crear un equilibrio.

Al final de la década ominosa Fernando VII se va viendo influido por los pensamientos liberales, lo que revoluciónó su política porque estos principios seguían vigentes en la población. En 1833 muere Fernando VII dejando problemas para la sucesión del trono.


La fecha del texto nos sitúa en Febrero de 1836, en un momento en el que Mendizábal era jefe del gobierno progresista.
En esta época la Reina Regente era María Cristina debido a la minoría de edad de su hija Isabel II, heredera de Fernando VII, qué murió años atrás.  El hermano de Fernando VII, Carlos, era el que debía haber heredado el trono según la ley sálica,  pero Fernando VII antes de morir establecíó la Pragmática Sanción, que permite a una mujer, su hija, accediera  al trono. España y los territorios vascos se encontraban en plena Guerra Carlista, una guerra iniciada en 1833 que bajo la forma de conflicto dinástico, enfrentaba a los defensores del absolutismo monárquico, quiénes defendían los derechos del infante don Carlos a la Corona,  y los liberales, que apoyaban a Isabel II, y eran favorables a la implantación de un sistema constitucional. En los territorios vascos tuvo una incidencia especial: el absolutismo iba vinculado a la defensa del mantenimiento de los Fueros, unas leyes basadas en costumbres que otorgaban a las provincias vascas privilegios como exención fiscal y militar, hidalguía universal, derecho civil y penal propio y pase Foral. En esta época también se consolidó la separación del liberalismo, iniciada en el trienio liberal, en dos bandos: los moderados, defensores del estatuto real de 1834, y los progresistas, defensores de la Constitución de 1837. El estatuto real de 1834 era una carta otorgada por voluntad de la regente que replanteaba el funcionamiento de las Cortes. Se establecieron por primera vez en España y a semejanza del sistema británico, unas Cortes bicamerales ( procares y senado), con funciones muy limitadas ya que la regente, sin concentrar todos los poderes, censuraba muchas competencias: podían convocar las Cortes cuando quisieran,  y tenían derecho de veto; la soberanía era compartida (Rey y Cortes). Su carácter conservador consolido la división de los liberales en progresistas y moderados. Sin embargo, la Constitución de 1837, es una constitución progresista con concesiones a los moderados, reflejo de un consenso reflejado entre los dos grupos liberales intentando que gobernaran ambos con la Constitución. Lo concluido fue la soberanía nacional, la división de poderes, elección popular de los ayuntamientos elegidos por los vecinos y la formación de la Milicia Nacional (voluntarios que dependían del poder local). Cómo concesión a los moderados, le dan al rey el poder de convocar y disolver las Cortes. El Estado debía mantener económicamente al clero, las Cortes eran bicamerales: se dividían en Congreso de los Diputados y Senado. En los territorios vascos, esta Constitución supuso la supresión de las instituciones forales.


Ambos partidos defendían la monarquía parlamentaria. Sin embargo, los moderados eran partidarios de la soberanía compartida entre Cortes y Coronas. También querían un sufragio censitario restringido, un estado centralista y confesionalmente católico, y la limitación de los derechos individuales. Su base social eran las clases altas del país y sus diligentes eran Martínez de la Rosa y Narváez. Los progresistas eran defensores de la soberanía nacional, un sufragio censitario más amplio, la descentralización estatal y mayores libertades. Su base social eran las clases medias y la burguésía, y sus dirigentes fueron Espartano Mendizábal, Madoz y el general Prim. 

Mendizábal había llegado al gobierno unos meses antes de la publicación del decreto en Septiembre de 1836 y ahí empezó su programa de desamortización de los bienes eclesiásticos. Ante la fuerte presión de los moderados Mendizábal dimitíó en 1836 y la regente nombrado Jefe de Gobierno a Istúriz, mucho más conservador. Los progresistas tomaron entonces la vía de la conspiración y varios meses después se sublevaron varias ciudades y culminaron en el motín de los sargentos de la granja. Ante esta situación, María Cristina restablece la Constitución de 1812, nombrando a Calatrava jefe de gobierno y siendo Mendizábal ministro de Hacienda. En ese momento se ponen en venta los bienes que Mendizábal había expropiado el año anterior a la Iglesia en su primer mandato junto con ellos se inicia una auténtica revolución liberal en España su radicalismo llevó a los moderados al poder tras las elecciones de Octubre de 1837 hasta 1840 se sucedieron varios gobiernos de signo moderado y además se fueron radicalizando las posturas moderados y progresistas. La ley de ayuntamientos que había presentado el gobierno moderado y, según los progresistas, precipitó la caída del gobierno moderado, y el destierro de la reina. 

El general Espartero, que gozaba de gran popularidad por haber firmado la paz de Bergara con los carlistas, aceleró la desamortización de los bienes eclesiásticos y recortó los fueros vasco-navarros (porque teníamos una constitución). El liberalismo establecía un sistema basado en la igualdad jurídica, propiedad privada, defensa de un sistema político-parlamentario, libertad económica y en la unidad del mercado nacional. En definitiva, centralismo y la unificación.

Estos principios eran incompatibles con el sistema tradicional defendido por los fueros, de ahí que desde el primer momento, los liberales iniciarán su proceso abolitorio.

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